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Una tragedia anunciada: La vida junto a una planta de Pdvsa

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Puertas estremeciéndose, ventanas astillándose y un fuerte olor a humo confirmaban a Luisa que no se trataba de un temblor y mucho menos de un trueno aquel aterrador estallido que escuchó en la sala de su casa en la urbanización El Ingenio de Guatire, ese 23 de octubre.

Rayli Luján / Venezuela al Día

Alrededor de las 9 de la mañana de aquel día, el peor temor de los vecinos de esta pequeña población ubicada en el estado Miranda, a 30 minutos de Caracas, se hacía realidad. Unas siete explosiones en los alrededores del principal río de ese sector, producto de una contaminación de gas y gasolina proveniente de la planta de llenadero de Pdvsa causaban un voraz incendio que rápidamente se dio a conocer en los principales medios del país y las redes sociales.

Planta José – Foto: Rayli Lujan

Fotos y videos se viralizaron en cuestión de minutos, aún así no se produjo en el momento ni tampoco días después una declaración oficial sobre lo ocurrido. Los bomberos que lograron controlar el incendio solo reportaron a los habitantes de la zona que el suceso se había generado cuando un sujeto que hacía vida debajo del elevado encendió un fósforo, ocasionando varias explosiones en el lugar además de quemaduras en su cuerpo, las que le habrían causado la muerte, según versiones extraoficiales.

A pesar de que el hecho no se había producido en las instalaciones de la planta, el miedo a un incidente mayor que provocara una tragedia se hizo presente en cada uno de los residentes de esta urbanización que reúne a 340 familias en 9 bloques exactamente, donde la densidad de población es de 1.815 habitantes, ello sin contar los otros conjuntos residenciales cercanos como La Muralla, Las Lomas, Parque Alto, Los Naranjos de El Ingenio, Vicente Emilio Sojo y Niquitao que agrupa al menos a 25.000 personas.

La urbanización antes que la planta

Luisa Malavé, su esposo Edgar y sus dos hijos Emmanuel y Sarahit conforman una de estas tantas familias. Viven en los populares “bloques grises” de El Ingenio desde el año 1985, cuando el Inavi entregó las primeras viviendas.

“Primero fueron los edificios y luego la planta. En ese entonces habían cochineras, casitas de barrio. Era como alejado de la civilización, no teníamos transporte. Después de 10 años fue que creció”, recuerda Luisa al resaltar que la estructura para la distribución de hidrocarburos se construyó posterior a las urbanizaciones.

Planta José – Foto: Rayli Lujan

Francisco Becerra, representante del Consejo Comunal de los bloques de El Ingenio certifica tal información y asegura que aunque la planta empezó a construirse en 1984, fue terminada en 1989.

Al sistema jurídico nacional de entonces pareció no causarle ninguna alarma la instalación de una planta de gasolina justo al lado de una zona residencial. Según Becerra, en aquel momento no se contemplaban tales normas de restricción.

“La planta está colocada en un área estratégica, desde la planta José se surte a Carenero y Carenero al Ingenio”, expone el líder vecinal, y deja ver cómo la planta de llenadero de Pdvsa se convirtió en un vecino importante de la comunidad de El Ingenio.

“Era un orgullo. Ahora da temor”, así lo describe Luisa desde el momento en que comenzó a percibir olores fuertes a gas y gasolina, desde hace varios meses.

Una bomba de tiempo

Luisa explica que en los más de 30 años que tiene viviendo allí no se habían percibido esos olores, como ha ocurrido en el último año. “No, jamás. Ni siquiera cuando la planta estaba nueva. Ahora yo recuerdo la tragedia de La Guaira, que murió una famosa periodista y siempre lo he pensado, tan cerca que estamos. Uno ve esas esferas, full de gasolinas y de gas, antes se veían nuevas pero con el transcurso del tiempo se ven oxidadas, así como cuando algo está en desidia. Es preocupante, imagínate lo que está allí adentro”, señala.

Un cementerio de gandolas, con posible residuo de hidrocarburo es otra inquietud que hace tic-tac en la cabeza de Luisa.

“Esos transportes que están ahí, ellos adentro cargaban gasolina y gas. Eso debe estar lleno de vapores. Eso es peligroso para la comunidad. Eso no lo apaga agua. Nosotros vemos la desidia. Es preocupante que una comunidad como la nuestra, una planta de esa envergadura no tenga a toda la urbanización militarizada”, exclama la señora Luisa y sostiene que todos estos malestares han sido planteados durante las diversas reuniones que han tenido con las autoridades de Pdvsa tras el incidente.

“Ahí pusieron unos militares alguna vez, pero es como un vaso de leche que le cae una mosca. Malandros o gente con mala intención dan la vuelta. Imagínate la falta de seguridad que tenemos, que por ahí ingrese un loco en esa planta y quiera dársela de no se qué y se meta y haga un desastre allí”, fue uno de los planteamientos que hizo Luisa Malavé junto a otros vecinos, sin respuestas contundentes.

Reuniones oficiales

Becerra estuvo al frente de un informe avalado por la comunidad con 113 firmas, que también fue entregado a la directiva de la planta. En el documento no solo se denunció lo que había venido sucediendo incluso mucho antes del 23 de octubre, también se solicitó la creación de mesas técnicas, se rechazó la falta de información y se exigió restablecer la alianza que una vez existió entre la comunidad y la planta.

El representante de la comunidad de El Ingenio sabía que el deterioro que presenta la industria petrolera a nivel nacional sería la respuesta principal a todos los requerimientos presentados en papel.

Foto: Rayli Lujan

En cada intervención oficial pudo validarlo. “Pdvsa El Ingenio ha venido sufriendo en los últimos 10 años un deterioro importante en la parte de operatividad, en mantenimiento y servicio dentro de las áreas internas. Los trabajadores, los conductores con su mística han venido tratando de solventar los problemas para la distribución de gasolina del área metropolitana y centro del país. Se ha venido incluso deteriorando el salario de ellos mismos, han venido sufriendo un desgaste y deterioro de los repuestos de cauchos, baterías de las gandolas, la parte eléctrica de los equipos y han venido aplicando el canibalismo. Si hay un camión accidentado, se le quita el repuesto a ese camión y lo pones al que este más o menos operativo, pero se tiene un cementerio de chatarra, un cementerio de cisternas, en toda la fachada de la planta que esta a simple vista de toda la comunidad”, destaca de lo que pudo confirmar en aquella primera reunión.

En ese mismo encuentro se pudo conocer específicamente sobre el robo de un motor que daba vida al sistema de reciclaje para el tratamiento de la gasolina. También se habló sobre un incendio en uno de los muros de vegetación dentro de la planta que frenaba los gases.

La desaparición de la pared viviente, la falta de mantenimiento al adecuado proceso de reciclaje y la importación de gasolina con contenido nafta fueron parte de la exposición ofrecida por ingenieros y demás representantes de Pdvsa a los habitantes de El Ingenio, luego de exigir por días una explicación de lo ocurrido aquel 23 de octubre.

“Ellos han venido generando una contaminación ambiental desde hace tiempo y en las noches se nota la niebla, una atmósfera de gas en nuestro urbanismo y alrededores. Eso sucede desde hace aproximadamente un año. Eso penetra directamente a nuestra comunidad. Hay vecinos con garganta y ojos irritados. Es un deterioro total”, agrega Becerra, quien se mantiene a la expectativa de que se genere un cambio drástico en cuanto a las medidas de contingencia que se deben aplicar.

Sin planes de contingencia

Luego de aquella asamblea, al dirigente vecinal no deja de perturbarle un número. En caso de ocurrir un siniestro mayor en la planta de llenado de Pdvsa El Ingenio, la onda expansiva sería de 4 a 5km.

Foto: Rayli Lujan

Cuando Becerra escuchó aquel dato en una de las mesas de trabajo con los trabajadores de la planta, acompañados de la directiva, la Redi, Zodi, PNB y todo lo que respecta a la seguridad, lo primero en lo que pensó fue en que aquel día de las 7 explosiones no hubo ningún plan de contingencia. No hubo plan de evacuación, ni siquiera se acercó algún representante de la planta a establecer contacto con la comunidad.

Los talleres y cursos de riesgos, sistemas de evacuación y de emergencia preventiva no se aplican desde el año 2011. Becerra exclama que esa es una de las prioridades que exige la comunidad luego de ese episodio de hace dos meses que causó pánico.

¿Soluciones?

A Luisa Malavé se le ha ido apagando la esperanza de encontrar una pronta solución. “Voy a ser sincera. Yo no espero nada. Nosotros estamos haciendo todo lo posible. Yo colaboro con el Consejo Comunal, con Francisco, en vista de lo que se ha visto, yo no espero nada. Le contaba a mi hermana lo que estaba pasando y decía que saldría más barato que nos hagan otra urbanización y nos muden de aquí. Yo digo que es lo ideal porque esa planta del llenadero tiene tuberías que atraviesan esos cerros y llegan a Carenero, en Carenero hay un puerto donde llegan los barcos petroleros con gas y gasolina. Esos barcos empujan el hidrocarburo hasta esta planta, donde llegan todos los camiones de Miranda y Caracas a llenar gasolina y gas. Ese es un trabajo de envergadura que hicieron ahí”, comenta.

Foto: Rayli Lujan

La expectativa de una medida para el resguardo de los más de 25.000 habitantes en toda la zona de El Ingenio y alrededores se le desvaneció cuando escuchó como excusaban la presencia de olores fuertes a gasolina con la “guerra económica”.

“Que si no nos quieren dar los insumos por la fulana guerra económica. Nombraron a Rafael Ramírez, a los que han pasado por ahí, que si han robado. Pero la verdad es que ese día no había ni agua en Guatire, los baños de la planta daban pena, si se presenta un incendio no tenían ni agua. Uno no haya con quien hablar. Esto es lo único que yo tengo pero yo preferiría que nos sacaran de aquí”, apunta Malavé.

70% de indisponibilidad

Para Iván Freites, del Sindicato de Trabajadores Petroleros, todas las comunidades que están cercanas a plantas petroleras están propensas a verse afectadas. “Las áreas de seguridad que deberían existir no se cumplen. Pdvsa nunca ha querido cumplir con esas reglas, tiene que haber un mínimo de permisibilidad en cuanto a la ubicación de las comunidades con respecto a las áreas petroleras del país”, alega.

Freites además atribuye los últimos accidentes industriales al éxodo masivo del personal calificado, quienes preocupantemente son remplazados por jóvenes del Plan Chamba Juvenil, un programa del Estado dirigido a jóvenes desempleados con el propósito de incorporarlos a la ocupación laboral y productiva.

Foto: Rayli Lujan

Es la falta de experiencia en el manejo de los paneles de control lo que ha ocasionado incidentes como el de la Planta José, el problema de gases tóxicos saliendo de la refinería de Amuay y el colapso de un tanque en la petroquímica de El Tablazo, de acuerdo a Freites.

“Más del 90% del personal que está ahorita en la industria, en las instalaciones sobre todo, no está capacitado. Los meten por la Misión Chamba Juvenil, pero igual el personal llega y se va. Renuncian, el salario no es atractivo. En el área operativa de producción, refinación y llenaderos, el personal es sustituido por Chamba Juvenil y otros sectores, pero la verdad es que se requiere por lo mínimo 10 años de experiencia para operar en una planta y tener esa responsabilidad”, explica.

Destaca que actualmente se maneja un 70% de indisponibilidad, sobre todo en las refinerías, precisamente por la inexperiencia aunada también a la falta de equipos y repuestos.

“Está desmantelada la industria petrolera nacional. Ha habido saqueos y robos como nadie se imagina. Lo que existe es puro cachivache. Saquea desde el militar hasta el obrero, porque cuando acabas con el salario de un trabajador, cuando no tiene cómo comprar comida, inmediatamente busca la forma de sobrevivir. Igual pasa con los militares. El saqueo es de todo el que tenga involucramiento en la industria, que pueda acceder a los espacios”, indica.

Parece insólito usar la frase “No se consigue ni un tornillo” para describir a la otrora industria petrolera número uno en Latinoamérica. No obstante, en la actualidad no se consigue mejor retrato.

Todas las áreas operativas de Pdvsa presentaban un presupuesto adecuado a las condiciones de las plantas. Con el ingreso de políticos y militares a la estatal petrolera, los recursos fueron redestinados.

“Unos la agarraron para hacer campaña política, negocios con supuestos empresarios, los trabajadores no se realizan, compran materiales o equipos ya usados, todo eso hace Pdvsa. También dejó de tener relaciones comerciales con los proveedores y esos proveedores exigían pagos adelantados para poderle surtirles repuestos y como no tiene, Pdvsa dejó eso así”, denuncia Freites.

El líder sindical reclama también la presencia de otras nacionalidades dentro de la industria. “Más que todo hay cubanos. Es muy notorio. Sobretodo donde se maneja la industria petrolera a nivel nacional e internacional, en el piso 24 de la torre La Campiña. Según lo que comentan compañeros es que los cubanos dicen: ‘Con mis 20 mil millones de dólares anuales no te metas’.  Eso es lo de nosotros”,  expresa al insistir en el sacrificio que le aplican al pueblo venezolano para convertir a Cuba en un país exportador.

Freites recomienda a la población de El Ingenio que exija y proteste por mayor seguridad o el cierre de la planta. “De lo contrario sucederá cualquier tragedia”, exclama.

La tragedia llegó

Dos muertos y 7 heridos fue el resultado de una segunda y más fuerte explosión, esta vez en la parte interna de la planta de llenadero de Pdvsa El Ingenio el pasado 13 de diciembre, a solo un mes y 20 días de las explosiones en los alrededores del río.

Foto: Rayli Lujan

En los reportes de vecinos se informó sobre la presencia de efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB), Protección Civil, Faes y hasta funcionarios del Sebin que impedían el acceso a la zona residencial haciendo referencia a la investigación de un supuesto “sabotaje”.

Se confirmó igualmente que en el río del sector se había drenado gasolina para evitar que se extendiera el fuego y que hasta altas horas de la noche, desde algunos puntos de la localidad, se percibían las columnas de humo que produjeron picor corporal en los habitantes.

Para este reportaje, se intentó establecer un enlace con los trabajadores. Uno de los ingenieros alcanzó a decir que estaban en “emergencia”. Otra superior solo le comentó vía telefónica a una de las vecinas de los bloques de El Ingenio que “siguieran rezando”.

Hasta el momento de la publicación de este material, la directiva de Petróleos de Venezuela ni el Ministerio de Energía y Petróleo habían emitido un pronunciamiento oficial.

 

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Parque termoeléctrico de PDVSA sin instalar contribuiría a recuperar el Sistema Eléctrico Nacional

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En 20016 se le advirtió al entonces presidente de la estatal petrolera que una inversión de USD 1.573,9 millones se requería para instalar y activar una serie de equipos y plantas termoeléctricas ya adquiridos, los cuales aportarían 2.227,3 MW de generación eléctrica al país.

Maibort Petit / Venezuela al Día

Un punto de cuenta emitido en junio de 2016, revela que el expresidente de Petróleos de Venezuela S.A. y exministro del Poder Popular para el Petróleo, Eulogio Del Pino, aprobó buscar financiamiento por USD 1.573,9 millones para instalar parque termoeléctrico de PDVSA ya adquirido por PDVSA y que sólo aguarda por ser instalado. Se buscaba con esto culminar al denominado Plan de Autosuficiencia Eléctrica (PAE) de la petrolera y, de esta manera, apalancar el Sistema Eléctrico Nacional (SEN).

La propuesta presentada por la Dirección de Enlace del Sector Eléctrico destacaba que los 2.227,3 MW que estos equipos tenían capacidad de regenerar, podían incorporarse al SEN en un lapso de tres años. Desde el citado despacho se instó al ministro y presidente de PDVSA a buscar los recursos para proceder a la instalación e instruir a los entes de la empresa pertinentes, a que establecieran en sus presupuestos partidas dirigidas a la preservación de dichos equipos.

Sin embargo pocas o nulas son las noticias que acerca de la concreción de tales planes y, muestra de ello, es la grave crisis eléctrica que atraviesa en la actualidad Venezuela, sin que las medidas paliativas anunciadas por las autoridades competentes y el gobierno, vislumbren una solución definitiva a este problema que amenaza con agudizarse día a día.

El informe final de la Comisión Mixta para el estudio de la crisis eléctrica en el país de la Asamblea Nacional advierte que los proyectos contratados por PDVSA entre los años 2004 y 2016 para proveer el servicio responsabilidad de Corpoelec, así como los trabajos adelantados para cubrir las necesidades de energía propias de la empresa a través del PAE, no se reflejan con exactitud de costos e inversión en los informes financieros de la estatal petrolera.

El informe cita que el periodista César Batiz, quien presentó ante el Poder Legislativo Nacional los resultados de un trabajo de investigación que se publicó en el diario Últimas Noticias el 18 de septiembre de 2011 sobre la compra de equipos eléctricos por parte de Bariven, informó que PDVSA colocó órdenes de compra para la compra de equipos eléctricos por USD 767 millones “con claros indicios de sobreprecio”.

Los parlamentarios, en virtud de la opacidad de los informes financieros de PDVSA y ante la presunción de la existencia de contratos con sobreprecios recomendó a la Comisión Permanente de Contraloría de la AN investigar exhaustivamente los contratos suscritos entre PDVSA y todas las empresas que suministraron equipamiento eléctrico en el lapso 2009-2016.

En trabajo anterior informamos que “las plantas termoeléctricas administradas por Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), con capacidad de generar nominalmente un total de 2.871 MW, solamente generan en la actualidad 775 MW, quedando indisponibles 2.096 MW. En manos de la empresa petrolera se encuentran 31 plantas, de las cuales sólo once tienen a la fecha capacidad de generación, quedando las restantes 20 indisponibles para prestar el servicio a la colectividad venezolana. La reactivación del parque termoeléctrico solamente en la región central del país conllevaría una inversión de USD 1.423 millones que permitirían recuperar 3.140 MW de generación eléctrica en cinco años”.

El punto de cuenta

El 27 de julio de 2016, Antón Castillo, director de Enlace del Sector Eléctrico Petróleos de Venezuela S.A. remitió al para la fecha ministro del Poder Popular de Petróleo y presidente de la corporación, Eulogio Del Pino, el punto de cuenta identificado con el N° DESE-PC-2016-006, para informarle acerca del parque de generación termoeléctrica adquirido por PDVSA, el cual requería de recursos financieros, bien para instalarse o para concluir su instalación, de manera de dar por concluido el Proyecto de Autosuficiencia Eléctrica de la empresa y así apalancar el Sistema Eléctrico Nacional.

Foto: Maibort Petit

Los antecedentes y la situación al momento

En el documento se explica que Pdvsa cuenta con un parque termoeléctrico de generación en ciclos combinados y ciclos abiertos que al momento de dirigir la comunicación, se encontraban unos en proceso de instalación y otros por instalar.

Se indicó que la situación parálisis de dichos procesos de instalación se debía a la situación financiera que atravesaba la corporación debido a la caída de los precios del petróleo, requiriéndose gestionar el financiamiento necesario para su culminación.

Castillo explicó a Del Pino que parte de estos equipos se habían utilizado como repuestos para mantener la operatividad de máquinas en PDVSA y de la Corporación Eléctrica Nacional, Corpoelec.

Se recordó en el punto de cuenta que en el objetivo 3.1.13.2 del Plan de La Patria se establece “Diversificar la matriz de insumos para la Generación Eléctrica favoreciendo el uso del gas natural”, mientras que en el 3.1.13.4 se llama a “Impulsar el uso de tecnologías más eficientes para la generación eléctrica, a través de los cierres de los ciclos combinados en las plantas térmicas”.

El documento expone la situación reinante al momento en que Antón Castillo se comunicaba con Eulogio Del Pino, detallando que no se había completado el Plan de Autosuficiencia Eléctrica de PDVSA en razón de la situación financiera antes descrita.

Agregaba que, para la fecha, el país enfrentaba el peor periodo de sequía de los últimos años, llevando la cota del embalse del Guri de la Central Hidroeléctrica “Simón Bolívar” en el estado homónimo a su nivel mínimo histórico de 241,5 MSNM, llegando a 1,5 metros de la zona de colapso.

En razón de que PDVSA poseía equipos con una capacidad generadora de 2.227,3 MW que solamente estaba pendiente por instalar y de que la recuperación del Guri tomaría entre dos y tres años dependiendo de la hidrología, de la administración del embalse, así como de la capacidad termoeléctrica disponible para el momento, se podía proceder a instalar en dicho periodo el parque termoeléctrico de la estatal.

Se advertía que la “creciente demanda de energía eléctrica producto de la democratización de bienes y servicios, así como la creación de los 14 motores estratégicos para diversificar el aparato productivo”, debía ser servida.

Foto: Maibort Petit

Los proyectos en ejecución

Se remitió a Del Pino una tabla que mostraban los proyectos en ejecución para la fecha y el estado en el que se encontraban, subrayándose una vez más que los mismos estaban en capacidad aportar, a través de las serie de turbogeneradores de que se disponía, 2.227,3 MW ISO al Sistema Eléctrico Nacional.

Se especificó que la culminación de estos trabajos —instalación de los equipos— requería una inversión que se estimaba en USD 1.573,9 millones, es decir USD 0,707 MMUS$/MW.

Así, para el Ciclo Combinado Alberto Lovera, ubicado en el estado Anzoátegui, con capacidad de generación de 150 MW ISO, la cual no requería combustible y cuyos trabajos presentaban un 29 por ciento de avance, se precisaba financiamiento para completar la Ingeniería, Procura y Construcción (IPC), la cantidad de USD 220. Se estimaban 24 meses para culminar la obra.

Para el Centro de Generación Jose, también en el estado Anzoátegui, con capacidad de generación de 232 MW ISO, que requería gas para su funcionamiento y que presentaba un 71 por ciento de avance, se necesitaba financiamiento por el orden de los USD 90 millones para completar el IPC. Se estimaban 24 meses para culminar la obra.

Entretanto, el Centro de Generación Bare (Anzoátegui), con capacidad para generar 128 MW ISO a base de gas, la cual presentaba un 24 por ciento de avance, requería una inversión de USD 30 millones para completar el IPC. Se estimaban 24 meses para culminar la obra.

Para la Planta Guanapa (Barinas 1), ubicada en el estado Barinas, con capacidad de generación de 50 MW ISO, la cual requiere para su funcionamiento combustible diésel, con un avance 96 por ciento, se necesitaba financiamiento para concluir actividades pendientes en paquete 2 por USD 12,2 millones. Se estimaban 4 meses para culminar los trabajos.

Para el Ciclo Abierto de Planta del Este (3×32.6 MW), ubicada en el estado Carabobo, con capacidad para generar 97,8 MW ISO a base de gas, con un 40 por ciento de avance en las obras, se requerían USD 68 millones para culminar el contrato financiado por Bandes. Se calculaba que la obra podía ser terminada en 12 meses.

Para el Ciclo Abierto Segunda Maquina de Ezequiel Zamora, ubicada en el estado Guárico, con capacidad generadora de 175 MW ISO a base de gas, con un 62 por ciento de avance en la obra, se requerían USD 60 millones. Se calculaba que la obra podía terminar en 16 meses.

Para el Ciclo Abierto Juan Manuel Valdez en el estado Sucre, con capacidad para generar 350 MW ISO a base de gas, con un 80 por ciento de avance en los trabajos, se necesitaban USD 65 millones, Estos trabajos estaban requiriendo financiamiento parcial. Se estimaba que los trabajos podían terminarse en 8 meses.

Para el Ciclo Abierto de Bachaquero y la Red de Transmisión asociada, ubicado en el estado Zulia, con capacidad para generar 350 MW ISO, a base de gas, con 39 por ciento de avance en las obras, se requerían USD 285 millones. Esta era una obra otorgada pendiente por financiamiento que se estimaba podía culminarse en agosto de 2018.

Para el Cierre del Ciclo Combinado de la Planta Bachaquero en el estado Zulia, con capacidad para generar 160 MW ISO, la cual no requería combustible para su funcionamiento, y que presentaba un 43 por ciento de avance en la obra, había que conseguir financiamiento por USD 200 millones. Se estimaban 24 meses para culminar la obra.

Para las Turbinas de Gas en Punta Gorda (4 x 32,5 MW) en el estado Zulia, con capacidad de generación de 130 MW ISO a base de gas, con 14 por ciento de avance en los trabajos, se requería conseguir financiamiento por USD 143,4 millones. Se estimaban 24 meses para terminar los trabajos.

Para las Turbinas de Gas en Pueblo Viejo (5 x 32,5 MW), ubicadas en el estado Zulia, con capacidad para generar 162,5 MW ISO a base de gas, con 19 por ciento de avance en los trabajos, se requería conseguir el financiamiento por USD 179,3 millones. Se estimaba que en 24 meses podía terminarse la obra.

Para la Ampliación de la Planta Bajo Grande (2×58 Mw) en el estado Zulia, con capacidad para generar 126 MW ISO, la cual requiere diésel para funcionar, con 18 por ciento de avance. Es una obra otorgada que está pendiente por un financiamiento de USD 115 millones. Se estimaba podía culminarse en 18 meses.

Para la ampliación de la Planta San Timoteo (2×58 Mw) en el estado Zulia, con capacidad para generar 126 MW ISO a partir de diésel, con 16 por ciento de avance en los trabajo. Obra otorgada pendiente por financiamiento por USD 106 millones. Se estimaba que podía culminarse en 18 meses.

Foto: Maibort Petit

Las conclusiones del punto de cuenta

La exposición del punto de cuenta presentado a Eulogio Del Pino destacaba la disposición de PDVSA de equipos con capacidad para generar 2.227,3 MW que requieren de una inversión estimada de USD 1.573,9 millones para culminar la instalación de los mismos en un periodo estimado de 30 meses.

De estos equipos, una parte está en capacidad de generar 300 MW sin necesidad de consumir combustible, por cuanto utilizan los gases de escape de las turbinas de ciclo abierto. Esto representa un ahorro de 10.000,00 BD de diésel o de 80 MMPCND de gas.

De los equipos, otro grupo es capaz de generar 1.625,3 MW utilizado gas como combustible. Otra parte de los equipo puede generar 302 MW utilizando Diésel como combustible para luego migrar a gas cuando esté disponible, por ser equipos de generación duales.

Se precisa que la instalación del equipamiento existente se complete el Plan de Autosuficiencia de PDVSA y el excedente apalancará el Sistema Eléctrico Nacional, con lo cual se minimiza el uso de la energía hidroeléctrica. Esto coadyuvaría a recuperación del embalse del Guri, el cual llegó en el año 2016 a la cota más baja en su historia como consecuencia del fenómeno climático El Niño.

Se le informó a Del Pino que se necesitaba elaborar un Plan de Ejecución Jerarquizado conjuntamente con los negocios, con un período de ejecución de tres años, cuya implementación sería ajustada de acuerdo a como concrete el financiamiento.

La propuesta presentada por Antón Castillo resultó aprobada por el presidente de PDVSA Eulogio Del Pino.

Foto: Maibort Petit

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Conozca los términos del acuerdo entre PDV Caribe y Dominica Electricity Services Limited

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Un acuerdo firmado entre PDV Caribe y la empresa  Dominica Electricity Services Limited para la venta de de gasoil  permite constatar los desfavorables términos del mismo con respecto a Venezuela, toda vez que todas las prerrogativas en el estipuladas están, prácticamente, destinadas a favorecer sólo a una de las partes. En la evidencia anexa, se puede ver la firma de Henry Blanco representando a la compañía venezolana y por la caribeña la responsable es Bertilia Mckenzie.

Maibort Petit / Venezuela al Día

El acuerdo

El 18 de septiembre de 2015, PDV Caribe S.A. y PDV Caribe Dominica Ltd, por una parte, y Dominica Electricity Services Limited (Domlec), por la otra, suscribieron un Acuerdo de suministro de combustible.

Tanto PDV Caribe S.A como PDV Caribe Dominica Ltd son empresas venezolanas, la primera constituida según las leyes de Venezuela y la segunda instituida de acuerdo a las disposiciones de las leyes del Estado Libre Asociado de Dominica. Entretanto, Dominica Electricity Services Limited (Domlec) es una empresa también regida por la legislación de Dominica domiciliada en el 18 Castle Street, Roseau, Dominica.

Cortesia: Maibort Petit

Se preveía Dominica Electricity Services Limited —la empresa compradora— la cual es la única empresa de electricidad en Dominica, comprara a las empresas proveedoras 2.400.000 galones imperiales, equivalente a unos 68.616 barriles de gasoil anualmente de los proveedores durante los primeros dos años del acuerdo, así como 800.000 galones imperiales equivalentes a 22.872 barriles durante el tercer año del acuerdo.

El suministro de gasoil se entregaría a la principal estación de generación de energía eléctrica de Dominica Electricity Services Limited en la parroquia de St. George, en el Estado de Dominica y también en la estación de generación de energía eléctrica ubicada en Sugar Loaf en la parroquia de St. John en la Mancomunidad de Dominica, denominadas en el acuerdo “estaciones de energía”.

El propósito del acuerdo

El propósito e intención del acuerdo se estableció en la Sección 1 que establecía que PDV Caribe reconocía que Dominica Electricity Services Limited era la única empresa eléctrica en Dominica, que proporciona energía eléctrica a los clientes de la isla. Domlec y su clientela confiarían en el funcionamiento continuo de las centrales eléctricas, como fuente de electricidad para sus diversas necesidades.

Cortesia: Maibort Petit

Las partes acordaron que la fuente primaria de combustible de las estaciones de energía, para cumplir con los requisitos operacionales era para el momento de la firma y así sería durante los primeros dos años del acuerdo, los combustibles fósiles. Reconocían las partes que a partir del tercer año del acuerdo la producción de electricidad podría ser de energía geotérmica, razón por la cual podría reducirse la producción de los motores diésel de la empresa compradora y, en consecuencia, también bajarían los volúmenes de gasoil requeridos por la compradora al proveedor.

Dominica Electricity Services Limited confiaba en que PDV Caribe suministraría gasoil para permitirle cumplir con sus obligaciones para con sus clientes.

Las partes reconocían que los intereses antes descritos del comprador eran disposiciones materiales del acuerdo.

Inicio y duración del acuerdo

Se estableció que la vigencia del acuerdo comenzaría a correr a partir del 1° de enero de 2015 y duraría tres años a menos que las partes decidieran algo en contrario, lo que requería la debida notificación de terminación estipulada en la sección 9.

Entretanto, queda entendido que las partes podían renovar el acuerdo por el mismo período u otro, según las condiciones acordadas. La notificación por escrito de la renovación se le daría 90 días antes de la expiración del término del acuerdo.

Las representaciones

La sección 3 del acuerdo hacía referencia a la representación y garantías del comprador, estableciéndose que la ejecución y entrega del acuerdo por parte de Dominica Electricity Services Limited estaba autorizada por todas las acciones corporativas necesarias y el acuerdo constituía una obligación legal, válida y vinculante exigible por parte del proveedor.

Domlec declaró que tenía suficientes recursos disponibles para cumplir con sus obligaciones en virtud de los términos del acuerdo.

Entretanto, PDV Caribe garantizó al comprador que era una compañía que está en el negocio de distribuir y la venta de gasoil, organizada como una corporación debidamente constituida, con validez y en buen estado de conformidad con las leyes de Venezuela y el Commonwealth de Dominica, agregando que estaba completamente calificada para hacer negocios en este último.

Se indicó que el acuerdo estaba debidamente autorizado por todas las acciones corporativas necesarias de PDV Caribe y que el acuerdo constituía una obligación legal, válida y vinculante por parte del comprador contra ella.

PDV Caribe garantizó que contaba con la aprobación de los organismos reguladores y también que proporcionaría el gasoil de la calidad y cantidades suficientes para satisfacer los requisitos del acuerdo. Se comprometió a notificar al comprador de manera oportuna, cualquier cambio importante que pudiera afectar la entrega del combustible.

Asimismo, PDV Caribe dejó sentado que el gasoil a ser provisto bajo el acuerdo sería entregado al comprador de forma gratuita y clara de todos los convenios, restricciones, gravámenes u otros gravámenes de cualquier naturaleza.

Cortesia: Maibort Petit

El compromiso de las partes

PDV Caribe se comprometió a entregar con un Impuesto de Entrega Base pagada (DDP) (Incoterms 2010) en los tanques de almacenamiento del Comprador en Dominica.

Igualmente PDV Caribe  debería vender y entregar, mientras el Domlec debía comprar y aceptar del proveedor, las cantidades solicitadas de gasoil de acuerdo con la operación de las centrales eléctricas al precio y según los términos y condiciones establecidos en el acuerdo. El proveedor debía entregar el gasoil en los tanques receptores ubicados en las centrales eléctricas.

Si PDV Caribe no podía entregar el gasoil a Domlec en los términos establecidos en el acuerdo, incluso por motivos de causa mayor, el comprador podía adquirir el combustible en otras fuentes sin perjuicio de cualquier otro derecho y recurso que pudiera tener.

PDV Caribe mantendría para el suministro exclusivamente al Domlec, un mínimo nivel de inventario de 4.700 barriles de gasoil. Asimismo, debía declarar al comprador mensualmente el nivel del inventario en su sitio de almacenamiento. El comprador se reservaba el derecho de inspeccionar las instalaciones del proveedor para verificar los montos mínimos de inventario en cualquier momento, previa notificación razonable. Las cantidades mínimas de inventario serían revisadas anualmente.

Si PDV Caribe no mantuviera el inventario mínimo requerido según lo estipulado, Domlec notificaría inmediatamente al proveedor de la condición y si después de siete días el inventario aún estuviera por debajo del nivel mínimo establecido el comprador podía optar por dejar de comprar al proveedor hasta que los niveles de inventario se restablecieran al menos a 5.500 barriles.

Si PDV Caribe no se hubiere manifestado impedido por causa mayor, Domllec recibiría del proveedor pago por cualquier costo adicional incurrido al adquirir la cantidad alternativa de gasoil de otra fuente y no del proveedor.

Entrega y medición

La sección 5 definía los aspectos referidos a la entrega y medición.

Así, se previó la entrega en camiones cisterna como método de entrega del gasóleo conforme al acuerdo. Se consideraría la entrega del gasoil como realizada cuando el combustible pasara a través del medidor de flujo ubicado en la entrada a los tanques de almacenamiento del comprador.

Todas estas mediciones debían realizarse a temperatura ambiente y se realizarían en presencia del comprador o sus agentes debidamente autorizados.

El proveedor debía proporcionar un comprobante de carga que certificara la cantidad de combustible cargado en el camión cisterna para su entrega a las centrales eléctricas.

Las lecturas del medidor se tomarían antes y después de la entrega de gasóleo en el punto de descarga en la planta de almacenamiento del comprador. Los medidores serían calibrados al menos cada seis meses al año por el proveedor para asegurar un registro preciso del volumen de gasoil.

Calidad y especificaciones del suministro de gasoil

El gasóleo debía cumplir con las especificaciones contratadas con respecto a la calidad, la consistencia y otras características físicas para que la carga y el manejo en las centrales eléctricas pudiera realizarse de manera consistente y sin dificultad. Cada entrega al comprador debía ser sustancialmente uniforme en calidad y características físicas.

Al momento de cada entrega en las instalaciones del comprador, el proveedor debía proporcionar una certificación que confirmara que el gasoil entregado cumplía con las especificaciones establecidas en el acuerdo y sus anexos.

En cada envío PDV Caribe debía proporcionar una certificación de que el gasoil entregado cumplía o excedía las especificaciones establecidas en el acuerdo y sus anexos.

Cada trimestre, PDV Caribe debía, a su costa, probar el gasóleo almacenado en su instalación de almacenamiento a granel para garantizar que cumplía con las especificaciones establecidas. La prueba se haría en un laboratorio independiente acordado previamente por las partes.

Cualquier gasoil que no cumpliera con lo contratado permitía a Domlec reservarse el derecho de rechazarlo.

Si Domlec determinaba que el gasoil no era conforme podía aceptar o rechazar el combustible. Si el comprador aceptaba el gasóleo no conforme tenía el derecho a un ajuste en el Precio del Índice Base. Si se rechazaba antes de ser entregado en los tanques del comprador en las centrales eléctricas, el comprador podía ejercer su derecho de cobertura.

En caso de que el comprador experimentara problemas u otras dificultades para quemar el gasoil, o determinara a través de un muestreo posterior que el combustible aceptado anteriormente no cumplía con las especificaciones y dicho gasoil no conforme se encontraba en cantidades significativas, Domlec debía notificarlo de inmediato al proveedor y tenía derecho de detener las entregas hasta que cumpliera con los términos del acuerdo.

En el caso de que PDV Caribe no proporcionara el gasoil a conformidad, Domlec podía comprar una cantidad equivalente a otro proveedor y si la falta no hubiere sido por causa mayor, el proveedor debía pagar al comprador por cualquier costo adicional incurrido al comprar el combustible a otra fuente. Estos pagos debían producirse dentro de los 30 días posteriores a la recepción de la factura del comprador, quien debía hacer todo lo posible para obtener el precio más bajo para el gasoil de las fuentes alternativas disponibles.

Se estableció un periodo de 30 días para que si la calidad del gasoil entregado no se encontraba en los límites pautados, Domlec tenía derecho a suspender las entregas hasta que el proveedor pudiera demostrar y documentar, a la razonable satisfacción del comprador, que las desviaciones se habían corregido. Si en 10 días hábiles siguientes a la notificación de la tercera entrega no conforme, no podía demostrar a la satisfacción razonable del comprador su capacidad para proporcionar gasoil conforme, se consideraría que dicha falla es un incumplimiento importante del acuerdo que daría derecho a Domlec a rescindir.

Una renuncia de este derecho durante cualquier período por parte del comprador no constituiría una renuncia para períodos posteriores. Si el proveedor proporcionaba tales garantías a la satisfacción razonable de Domlec se reanudarían las entregas. Si el proveedor, después de tales garantías, no proporcionaba gasoil conforme para 2 entregas por día realizadas durante un período de 30 días durante los próximos 6 meses posteriores a la reanudación de entregas, dicha falla constituirá una Incumplimiento material del acuerdo.

El precio del acuerdo

El precio que Dominica Electricity  Services Limited pagaría a PDV Caribe por gasoil debía ser calculado por la siguiente fórmula, en dólares del Caribe Oriental por galón imperial, a saber:

(EC $ / IG): Precio del índice base más (+) Margen fijo más (+) Impuesto al consumo.

Cortesia: Maibort Petit

Se explicaba que el precio base del índice se calculaba utilizando la media de los precios publicados en el Informe de precios de Platts Oilgram en la sección Evaluaciones de precios de productos, Costa del Golfo de EE. UU., N° 2, Waterbone.

El Precio del Índice Base para el gasóleo entregado a continuación sería calculado como el promedio de las 3 cotizaciones efectivas inmediatamente después de la fecha de conocimiento de embarque de entrega del barco, donde la fecha de conocimiento de embarque era igual a cero.

El precio base del índice se aplicaría a todas las entregas de camiones cisterna que se realizaran dentro de la fecha de descarga del buque y el día anterior a la próxima fecha de descarga del buque.

En el caso de que Platts dejara de hacer la publicación, las partes acordarían un precio de índice alternativo, que se ajustara para que se correspondiera con el índice anterior. Sería responsabilidad del proveedor proporcionar un historial, si estuviera disponible, o al menos dos años de precios diarios para que el nuevo índice pudiera correlacionarse con la publicación de USGC.

El margen fijo (gastos generales, ganancias, envío, flete, etc.) sería igual a EC $ 1.24 por galón imperial.

El impuesto al consumo sería el vigente para le época, equivalente a EC $ 1.19 por galón imperial y está sujeto a modificaciones basadas en cualquier aumento (o disminución) en los impuestos, gravámenes y aranceles cobrados por el gobierno de Dominica para la importación o venta de gasoil al comprador en Dominica.

En el caso de un ajuste de precio por la calidad del gasóleo, cada ajuste debe incorporarse en el índice de base de acuerdo con los requisitos de los anexos al acuerdo.

Habría revisión si se produjera algún cambio en el tipo de cambio del dólar del Caribe Oriental al dólar estadounidense.

Facturas, facturación y pago

Por cada entrega de gasoil, PDV Caribe debía entregar una factura a Dominica Electricity Services Limited que debía incluir la cantidad entregada, el precio y el monto adeudado al proveedor.

Para la primera entrega de gasoil al comprador, después de la fecha de descarga del buque de entrega, PDV Caribe debía entregar la factura al Domlec dentro de los 3 días hábiles a partir de la fecha de dicha entrega y, posteriormente, dentro de un día hábil desde el fecha de entrega de gasoil al comprador en camión cisterna. El Proveedor deberá entregar el estado de cuenta mensual al comprador dentro de un día hábil después del final del mes.

Dominica Electricity Services Limited pagaría a PDV Caribe la cantidad facturada total 45 días después del final del mes. Los pagos se harán en dólares del Caribe Oriental. El pago de cada factura se realizaría mediante cheque, giro bancario o transferencia bancaria. En el caso de que el comprador no pagara a tiempo, el saldo vencido estaba sujeto a un cargo financiero del 1% mensual.

Domlec tenía el derecho a retener el pago de cualquier factura o porción de la misma que impugnara. En caso de que así sucediera, debía notificar al proveedor tan pronto como fuera posible de dicha decisión, pero a más tardar en la fecha de vencimiento del pago, notificaría al PDV Caribe de su intención de retener el pago y demorar el pago.

Cortesia: Maibort Petit

Si esto sucediera, las partes iniciarían negociaciones de buena fe en un esfuerzo por resolver la disputa. De no llegar a un acuerdo dentro de los 30 días, la disputa se resolvería de acuerdo con la sección 14 del acuerdo.

Terminación del acuerdo

Cualquiera de las partes tenía derecho a poner fin al acuerdo si la otra incumpliera lo establecido en él y la infracción no se resolviera dentro de los 45 días posteriores a que la otra parte hubiera recibido un aviso especificando la infracción y solicitando su reparación.

Igualmente, si la otra parte se declarara insolvente, o se emitiera una orden o aprobara una resolución para la liquidación de la otra parte que no sea voluntariamente con el propósito de la fusión o reconstrucción, o si se designara un administrador, un administrador o un receptor con respecto a de la totalidad o parte de los activos o negocios de la otra parte, o si la otra parte hiciera alguna composición con sus acreedores o tomara cualquier acción similar o análoga como consecuencia de una deuda.

También, si la otra parte estuviera en incumplimiento de una disposición material del acuerdo.

Se estableció que no más de un año después de la fecha de inicio del acuerdo, cualquiera de las partes podía rescindirlo sin causa, dando aviso por escrito a los otros 3 meses anteriores.

Cualquiera de las partes podía rescindir el contrato al vencimiento del plazo establecido en la Sección 2 mediante notificación por escrito con al menos con 3 meses de antelación a la otra parte.

Del mismo modo, si una condición de fuerza mayor continuara por más de 60 días posteriores a la fecha de la notificación de su ocurrencia, la otra parte podía a su discreción, rescindir el acuerdo en cualquier momento posterior mediante la notificación por escrito con al menos 30 días de antelación a la parte perjudicada.

Fuerza mayor

La fuerza mayor a la que se ha hecho referencia en varias ocasiones, se define en el acuerdo como cualquier demora o falla de cualquiera de las partes en el cumplimiento de sus respectivas obligaciones y no se tendría como una infracción o incumplimiento.

Se entiende por fuerza mayor cualquier evento o causa más allá del control razonable de una parte que no se pudiera prevenir o eliminar mediante el ejercicio de la diligencia debida, incluidos, entre otros, los actos de Dios, huracanes, tormentas, tifones u otras condiciones climáticas extremas, inundaciones , deslizamientos de tierra, tsunamis, terremotos, erupciones volcánicas y relámpagos; actos de guerra (declarados o no declarados); actos de enemigo público; rebelión; terrorismo u otras hostilidades o preparativos para ello; bloqueo; revolución; insurrecciones; guerra civil; conmoción civil, sabotaje o disturbios; huelgas generales, desaceleraciones, salidas u otros disturbios laborales nacionales; incendio, explosiones, colisiones, cambio de ley; restricción por orden judicial o acción de la autoridad pública; expropiación o confiscación de bienes por ley o acción de la autoridad pública.

Nada en esta sección excusaría al comprador de pagarle al proveedor cuando se le debieran todas las sumas a las que tuviera derecho por el gasoil entregado al comprador.

La parte afectada por fuerza mayor debía comunicar a la otra y debía notificar inmediatamente la naturaleza, la causa y la duración prevista de dicha condición de fuerza mayor, debiendo actuar diligentemente para superar, eliminar y/o mitigar los efectos de dicha condición y mantener informada a la otra parte sobre sus esfuerzos para resolver la situación.

A lo largo de la duración de una condición de fuerza mayor, el comprador sería libre de hacer arreglos alternativos relacionados con la compra de gasoil a uno o más terceros en las cantidades no suministradas por el proveedor.

El acuerdo preveía el resto de las cláusulas que este tipo de acuerdo suelen establecer relativas a los seguros resolución de conflictos, impuestos, confidencialidad y notificaciones.

Cortesia: Maibort Petit

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Las fórmulas del chavismo para arrebatar a gobiernos de oposición el control de sus activos

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Un punto de cuenta suscrito por Jesús Figueroa, presidente de PDVSA Servicios del cual desconocemos la fecha exacta de emisión, pero que debió remitirse a la presidencia de Petróleos de Venezuela S.A. entre enero y primeros días de febrero de 2009, da cuenta de los manejos que desde la estatal petrolera y, en general, de las distintas instancias del poder ejecutivo nacional, se hacían para arrebatar las pocas atribuciones que aún mantenían para la época, algunas instancias de gobierno en manos de la oposición venezolana. En específico, el documento hacía referencia a la manera cómo la consultoría jurídica de PDVSA estimaba que la Planta de Asfalto “Generalísimo Francisco de Miranda” podía ser traspasada al Ministerio de Infraestructura (MINFRA) obviando la normativa que otorgaba tal derecho a la Gobernación de Miranda, ostentada por entonces por Henrique Capriles.

 Por Maibort Petit/VAD

La parte del documento de que disponemos refiere que el 17 de enero de 2009, Rafael Reiter, Gerente de Cooperativo de Prevención y Control de Pérdidas (PCP), por vía telefónica notificó que se debía hacer la entrega formal de la planta de asfalto al personal de MINFRA, toda vez que hasta el día 27 de enero de 2009, Néstor Palma —director general de  vialidad— había sido designado por Diosdado Cabello, ministro del Poder Popular para la Infraestructura, para que recibiera la citada planta.

En tal sentido, ese mismo 17 de enero se reunieron para tratar el asunto representantes de PDVSA Servicios y el Minfra en la sede del segundo. Allí, Palma dijo que el procedería a recibir la planta de asfalto para ponerla en producción para el 2 de febrero de 2009, pero advirtió que de acuerdo a la información por él manejada, PDVSA Servicios asumiría los gastos generados en la Planta, tal como se venía realizando hasta la fecha.

La respuesta de Marcos Reyes, en representación de PDVSA Servicios, fue que si el MINFRA asumía el control también debía encargarse de cubrir los gastos referidos al pago del personal, el mantenimiento de los equipos y la compra de la materia prima para producir el asfalto.

Palma dijo que tal posición debía discutirse a otro nivel, pues él no estaba facultado para aprobar dicha propuesta.

En el punto de cuenta se indicaba que el 28 de enero de 2009, Palma durante un nuevo encuentro en el que se hizo entrega del borrador del acta de entrega de la planta de asfalto, se comprometió a someter el documento a la revisión por parte de la consultoría jurídica del MINFRA.

Posteriormente, el 3 de febrero de 2009, Néstor Palma hizo saber a PDVSA Servicios que no se había concluido el documento de entendimiento para operar la planta de asfalto, advirtiendo que sería Diosdado Cabello quien asumiría la firma del mismo. Jesús Figueroa refirió que a la fecha en que remitía el punto de cuenta, no había recibido el documento definitivo.

Dada esta situación, en el punto de cuenta se somete a la consideración de la presidencia de Petróleos de Venezuela S.A. la recomendación de la consultoría jurídica que permitiría obviar lo establecido en la cláusula quinta del comodato firmado entre PDVSA Servicios y la Corporación de Servicios y Mantenimiento del Estado Miranda, que expresaba textualmente que “…El Comodatario (PDVSA Servicios) se compromete a utilizar los bienes objeto de este contrato preferentemente para el cumplimiento del objeto señalado en la cláusula tercera. La cesión por parte del comodatario o cualquier filial de Petróleos de Venezuela S.A. a terceros, requerirá de la previa autorización del comodante (Gobernación de Miranda)” en manos de la oposición.

Bajo la advertencia de que violar esta norma se traduciría en la resolución del contrato, la fórmula recomendada fue negociar y suscribir un acuerdo de servicios con el MINFRA, para que este despacho operara y produjera asfalto mientras que PDVSA Servicios seguiría manteniendo el control de la Planta de Asfalto “Generalísimo Francisco de Miranda”.

PDVSA aprueba la estrategia

El 13 de febrero de 2009, Betty Guevara, quien para la fecha cumplía funciones de asistente de la presidencia de PDVSA, dirigió una comunicación al presidente de PDVSA Servicios, Jesús Figueroa, siguiendo instrucciones de Rafael Ramírez, quien también ejercía como ministro del Poder Popular para la Energía y Petróleo, para informar de la aprobación del Punto de Cuenta que trataba sobre la “Situación actual Planta de Asfalto Generalísimo Francisco de Miranda”, ubicada en el estado Miranda.

La correspondencia se remitió con copia al consultor jurídico de la estatal, Armando Giraud, y al director ejecutivo de producción, José Luis Parada.

Los trabajadores afectados

Cabe destacar que tal actuación afectó no solamente al gobierno mirandino, sino también a los trabajadores de la planta de asfalto, quienes ante el constante traspaso de la empresa a distintas entidades, veían vulnerados sus derechos laborales.

Ante este panorama los trabajadores protestaron insistentemente por los perjuicios que el cambio de patronos les ocasionaba.

Una nota del portal La Clase que replicaba una reseña de un periódico local, informaba de esta situación y en ella “José Gregorio Pérez Herrera, presidente del Sindicato Nacional Sinasoica, explicó a La Voz que esta planta ha venido cambiando de ente regidor, pues ha pasado de Pdvsa, a manos de la Gobernación y ahora al Minfra, y ello ha provocado que los trabajadores cambien de patrono y no gocen de estabilidad laboral. ‘Actualmente estos obreros dependen de la empresa Ducolsa, adscrita a Pdvsa, pero es el caso que los representantes legales de la misma quieren botar a este personal y no discutir lo que les adeuda’, señaló Pérez Herrera, añadiendo que además de pagarle salario mínimo, les deben cesta tickets y dotación de uniformes”[1].

Planta paralizada

Las acciones de despojo a la gobernación de Miranda tampoco no se tradujeron en una mejora de la producción, toda vez que en manos del oficialismo la Planta de Asfalto “Generalísimo Francisco de Miranda” terminó paralizada, como lo refiere una nota de prensa de Primero Justicia en la que el coordinador de las Casas del Pueblo de Valles del Tuy, Roger Delgado, exigía al gobierno la reactivación de la misma

Conozca los términos del acuerdo entre PDV Caribe y Dominica Electricity Services Limited

“Le quitaron al Ejecutivo regional la planta de asfalto Francisco de Miranda ¿para qué? sino hacen nada ni dejan hacer nada. Me pregunto ¿para qué se la quitaron al Gobierno de Miranda? ¿Para tenerla de adorno?, mientras el pueblo necesita con urgencia la reparación de las vías, que deberían ser seguras para todos. Con esa planta era para que tanto Pdvsa como el Ministerio de Transporte y Comunicaciones y las alcaldías del Tuy tuvieran la vialidad en buenas condiciones. La planta está diseñada para suministrar hasta 800 toneladas diarias de asfalto; podemos decir que produciendo esto se puede repavimentar en un mes, una pista de la Cota Mil de punta a punta que equivale a 20 kilómetros”, advertía Delgado[2].

Desmantelada

Además de la violación a las leyes, la inestabilidad laboral y la paralización de planta, se sumó, supuestamente, el desmantelamiento de la planta, hecho este que fue denunciado en 2012 por el entonces candidato a diputado al Consejo Regional Legislativo de Miranda, Carlos Mejías, quien “recordó que estas instalaciones fueron adquiridas con recursos de la gobernación del estado Miranda en la ‘nefasta gestión de Diosdado Cabello y luego fue tomada a la fuerza por el exalcalde Elio Serrano cuando ganó Henrique Capriles, impidiendo que éste resolviera el grave problema de vialidad que tenemos en la región’”.

Mijares pidió que los administradores de la planta explicarán a la opinión pública dónde estaban los camiones y maquinarias pesadas que se encontraban “operativos al inicio de la producción” y agregó que “No se justifica que esta planta del Estado, el gobierno la tenga inoperativa por incapacidad o simplemente por burocracia, lo que perjudica a los conductores del transporte público y particulares (…) Dijo además que en el patio central de la planta de asfalto están aparcados varios vehículos pesados ‘parcialmente desvalijados’”[3].


[1] La Clase. “Trabajadores protestan a las puertas de planta de asfalto en estado Miranda”. 5 de agosto de 2009. https://laclase.info/content/trabajadores-protestan-las-puertas-de-planta-de-asfalto-en-estado-miranda/

[3] La Voz. “Denuncian desmantelamiento de la planta de asfalto de Paz Castillo”. 28 de octubre de 2012. https://diariolavoz.net/2012/10/28/denuncian-desmantelamiento-de-la-planta-de-asfalto-de-paz-castillo/

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Estados financieros de PDVSA muestran ventas de exportación que no entraron de manera efectiva en las arcas de la petrolera en 2017

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Una evaluación de los estados financieros consolidados de PDVSA del año 2017 muestran ventas de exportación y sus productos por USD 50.861 millones, mientras que el año anterior, 2016, había sido de USD 41.361 millones, dichos recursos no tuvieron efectiva entrada a las arcas de la estatal según lo revela un informe emitido por el Comisario Principal de Petroleros de Venezuela, PDVSA.

Maibort Petit / Venezuela al Día

El documento en nuestro poder revela que solamente una porción de dichos ingresos fueron captados oportunamente por la tesorería corporativa, por lo que pueden apreciarse los resultados operacionales alcanzados con limitados presupuestos reales de divisas, en atención a las cifras de ingresos totales que estuvieron disponibles en caja durante el año 2017, y que han sido mostrados por la Vicepresidencia de Finanzas de PDVSA, de efectivamente USD 16.549 millones, obtenidos con un precio diario promedio de realización de exportaciones de USD 46,66 por barril.

El informe formula una serie de advertencias respecto al desempeño de la estatal que dan cuenta de la baja producción petrolera, caída en picada en los ingresos, corrupción y la situación de la fuerza laboral de la industria que ha desembocado en la progresiva fuga de profesionales altamente preparados del seno de la más importante empresa del país.

El 7 de diciembre de 2018, el Comisario Principal de Petróleos de Venezuela, Silvestre Molero Torres, dirigió la comunicación identificada con el número COM-2018-0046 al ministro del Poder Popular de Petróleo y presidente de PDVSA, para remitirle el informe del año 2017 de manera que este fuera considerado por la Asamblea de Accionistas de las estatal de modo de analizar los resultados de las evaluaciones, observaciones y recomendaciones sobre la gestión general de los administradores, el nivel de cumplimiento de los lineamientos estratégicos y las políticas en materia de hidrocarburos e instrucciones que le fueron dictadas por el Ejecutivo Nacional.

El comisario principal instó a la asamblea de accionistas proceder a aprobar o improbar los estados financieros consolidados de PDVSA, preparados por la Gerencia Corporativa de Contraloría Financiera y revisados por la Oficina de Apoyo al Comisario, una vez los auditores externos emitieran su dictamen.

Foto: Maibort Petit

En dicho reporte, Molero Torres resaltó que el carácter independiente del Comisario Mercantil animado en representar los más sentidos intereses del accionista —el estado venezolano— encargado de practicar una evaluación profesional objetiva respecto a la gestión general cumplida por los administradores. La designación de este funcionario tiene lugar durante la primera asamblea ordinaria anual de accionistas.

Se indica que se trata del segundo informe anual que Molero Torres emitía y se explicó que desarrolló su labor en compañía de un equipo reducido de profesionales de alta experiencia que conforman la Oficina de Apoyo al Comisario (OAC).

La preparación del Informe Anual del Comisario, incluye la coordinación de esfuerzos con todas las organizaciones que se despliegan a lo largo de la cadena de valor del negocio, así como con los órganos de control y de auditoría interna; igualmente, se apoya en la actuación de los auditores externos, básicamente en la evaluación de la razonabilidad de cifras que integran los estados financieros consolidados; ello obliga a coincidir la emisión del Informe Anual del Comisario, con el dictamen de los citados auditores externos, a saber, la firma Rodríguez Velázquez & Asociados KPMG.

Se precisa que 2017 fue un caso excepcional, toda vez que concurrieron efectos adversos para el trabajo de la auditoría externa, dado los numerosos casos de investigación que en su mayoría correspondían a ejercicios pasados que al haberse revelado exigían el cumplimiento del protocolo establecido por normas internacionales que imponen la actuación de auditores forenses. Se subraya que el Informe Anual del Comisario coincide con el dictamen de los auditores externos.

Estos últimos —explicaba la comunicación— debían profundizar en las múltiples implicaciones con los que se relacionan, así como delimitar el impacto material del daño patrimonial sufrido y demostrar o descartar el carácter sistémico de la vulneración al control interno infligida a la corporación. Para llevar a cabo la labor, se coordinaron acciones con la Dirección Ejecutiva de Auditoría Interna Corporativa para que los auditores externos examinaran informes, papeles de trabajo y archivos relacionados con los casos que revistieran mayor incertidumbre, de modo que sirvieran para apreciar el impacto financiero ocasionado.

Asimismo, la comunicación refería que al momento de producirse la entrega el informe del comisario, aún estaba pendiente el reporte de dichos auditores externos.

El informe

Para la elaboración del informe como lo refiere la comunicación mostrada líneas arriba, Silvestre Molero Torres hizo una evaluación general de la gestión administrativa llevada a cabo por la junta directiva de PDVSA, así como de la información preparada por la Gerencia Corporativa de Contraloría Financiera, la cual incluía el examen de las actas de Asambleas de Accionistas, resoluciones de la junta directiva y comité ejecutivo de la estatal e informes de gestión de los administradores.

Foto: Maibort Petit

También se revisaron los principales casos de investigación incluyendo el alcance y delimitación de pérdidas, vulneraciones al control, modalidades operativas, identificación de posiciones organizativas y funcionarios con responsabilidades, judicialización, registros contables aprovisionados y acciones de resarcimiento patrimonial emprendidas. El comisario adjudica la trascendencia de las investigaciones al supuesto impulso judicial que el Ministerio Público le imprimió a las averiguaciones.

Explica en el informe que le corresponde evaluar el cumplimiento oportuno y eficiente de las políticas y lineamientos estratégicos en materia de hidrocarburos que son definidos durante la primera asamblea anual ordinaria de accionistas de la estatal. Vigila que las instrucciones dictadas desde el gobierno nacional sean acatadas, en concordancia con la Ley del Plan de la Patria, Proyecto Nacional Simón Bolívar, Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019”, así como el Plan Estratégico Socialista 2016-2026 durante el ejercicio a analizar, en este caso el correspondiente al año 2017.

Elevado rendimiento frente a la producción

Entre las primeras conclusiones emitidas por Silvestre Molero Torres está el afirmar que los resultados del año 2017 “revelan un elevado rendimiento, considerando los recursos aplicados. La producción de 2.220 MBD durante el año 2017 es un dato relevante dada la acción de las acumuladas restricciones en divisas y del boicot financiero internacional”.

A juicio del Comisario Principal de PDVSA, los resultados operacionales y financieros expresados al cierre del año 2017, los cuales fueron preparados por la Gerencia Corporativa de Contraloría Financiera, “reivindican los esfuerzos cumplidos por los trabajadores, el equipo gerencial de PDVSA y el Ministerio del Poder Popular de Petróleo, que durante el ejercicio lograron mantener un nivel promedio diario de producción de hidrocarburos líquidos de 2.220 MBD”.

Sin embargo admite que estos logros se obtuvieron, “no obstante, la obsolescencia y grado de deterioro de infraestructuras de operaciones, a causa de la pronunciada desinversión y limitados mantenimientos de una industria intensiva en capital de componente externo, asediada por el manifiesto boicot para el acceso al sistema financiero internacional y la acusada pérdida de pericias críticas con motivo del fenómeno de la deserción del personal”.

Ingresos en papel pero no en la caja

Inmediatamente de la afirmación anterior, Molero Torres hace referencia al hecho de que los estudios preliminares de los estados financieros consolidados de PDVSA del año 2017 que para el momento de la emisión del informe se encontraban en proceso de auditoría externa, mostraban ventas de exportación y sus productos por USD 50.861 millones, mientras que el año anterior, 2016, había sido de USD 41.361 millones, dichos recursos no tienen efectiva entrada a las arcas de la estatal.

El alerta revela que solamente una porción de dichos ingresos son captados oportunamente por la tesorería corporativa, por lo que pueden apreciarse los resultados operacionales alcanzados con limitados presupuestos reales de divisas, en atención a las cifras de ingresos totales que estuvieron disponibles en caja durante el año 2017, y que han sido mostrados por la Vicepresidencia de Finanzas de PDVSA, de efectivamente USD 16.549 millones, obtenidos con un precio diario promedio de realización de exportaciones de USD 46,66 por barril.

Advierte que cuando a este monto de ingresos de caja, se aplicaron a los egresos de PDVSA —a saber USD 8.507 millones— así como USD 5.198 millones correspondientes a pagarés vendidos al Banco Central de Venezuela (BCV) para la obtención de los bolívares necesarios en el financiamiento de operaciones locales, se tiene una disponibilidad efectiva en divisas de USD 3.309 durante 2017 para el pago del componente externo a proveedores y contratistas.

Molero Torres destaca el caso de Bariven, S.A., filial que presenta altos pasivos de vieja data que en 2017 solamente registró compras internacionales por un valor de USD 191,09 millones supuestamente debidas al restringido escenario financiero.

La filial registró obligaciones por USD 655,31 millones que no fueron contabilizadas por obras y servicios en las operaciones de la Faja Petrolífera del Orinoco, que representan aportes de contratistas, pero que no satisfacen la plenitud del financiamiento requerido.

Es por ello que aun cuando los resultados operacionales de PDVSA en sí mismos podrían ser calificables de relevantes, es necesario compararlos con los abundantes recursos históricos disponibles para inversiones y gastos operativos, que sustentaron la producción de los tres millones de barriles diarios tradicionales de la Industria.

Refiere, en tal sentido, los egresos efectivos en divisas reportados en los informes financieros operacionales durante los últimos años, los cuales serían en 2009, de USD 5.182 millones; en 2010 de USD 14.517 millones; de USD 33.117 millones en 2011; USD 20.051 millones en 2012; USD 21.520 millones durante 2013; USD 22.598 millones en 2014; de USD 15.532 millones 2015; USD 6.058 en 2016 y de USD 8.507 en 2017.

Comenta el informe que si se consideran los niveles de producción alcanzados con recursos insuficientes es posible entrever explicaciones sobre la dimensión de la crisis sobrevenida a PDVSA y al país, el cual presenta un aparato productivo severamente debilitado, pese a que en 2017 cerró con un precio diario promedio que subió en USD 11,51 dólares por encima de los 35,15 dólares por barril del año 2016. Un repunte quede acuerdo a la apreciación del comisario no pudo aprovecharse durante el citado ejercicio 2017 “a causa de la ineficiencia de los activos productivos que se encuentran en espera de financiamiento; en consecuencia puede concluirse que los resultados operacionales del año 2017 están significativamente afectados por la falta de disponibilidad de recursos financieros expresados en divisas, siendo esta carencia la primera y principal causa que ha impedido la completa ejecución de los proyectos de inversiones, programas operacionales y de mantenimientos periódicos de plantas, y por ende ha limitado el alcance de las metas volumétricas previstas durante el año 2017, de PDVSA y sus empresas filiales”.

Merma en la producción petrolera

El informe se remite al plan de producción de PDVSA 2017 que contemplaba crudos, condensados y LGN (líquidos del gas natural), por el orden de los 2.606 MBD, de los cuales se produjeron efectivamente —según asegura el reporte— 2.220 MBD, cifra que constituye el 85 por ciento de la meta prevista.

Se explica que la producción de 2.116 MBD de crudo se distribuyó de la siguiente manera:

a) Faja Petrolífera del Orinoco (1.157 MBD);

b) Occidente (470 MBD);

c) Oriente (441,5 MBD);

d) Costa afuera (34,8 MBD);

e) PDVSA Gas, S.A. (12,6 MBD).

A estas cifras hay que adicionar la producción de 104 MBD de LGN.

Foto: Maibort Petit

Molero Torres indica en el informe que la producción por gestión propia alcanzó los 1.086 MBD, equivalente al 51 por ciento, lo que constituyó una disminución de 17 por ciento respecto a 2016 cuando la producción fue de 1.313 MBD.

La producción proveniente de la gestión de las empresas mixtas de la CVP, produjeron 1.037 MBD (49 por ciento), lo que se traduce en una merma del 9 por ciento respecto a 2016 cuando la producción fue de 1.141 MBD.

Números en picada

El reporte del comisario principal de PDVSA dice que al cierre de 2017 las exportaciones fueron de 1.581 MBD de petróleo crudo y 326 MBD de productos, que totalizaban 1.907 MBD. Una cifra que representó sólo el cumplimiento del 78,8 por ciento con relación al plan original que contemplaba 2.421 MBD.

Igualmente, se observó una disminución de 282 MBD (12,9 por ciento) en comparación con las exportaciones de 2016.

Se indica que los 904 MBD de crudo y productos exportados al continente asiático en 2017, 472 MBD correspondieron a compromisos derivados del Fondo Chino, mientras que los 646 MBD exportados a Norteamérica, apenas 158 MBD correspondieron a exportaciones dirigidas a CITGO.

La caída también se observó en lo procesado por las refinerías de PDVSA en 2017, cuando el volumen fue de 1.343 MBD de crudo, lo que significó una sostenida reducción de 1.098 MBD (45 por ciento), respecto al nivel reportado en 2008. Esta disminución fue de 46 por ciento en el Sistema de Refinación Nacional (SRN), y de 44 por ciento en el sector internacional que, en la visión del comisario se debió a la venta durante ese lapso de la participación accionaria en varias refinerías en el exterior, equivalente a 345 MBD, el resto lo adjudica a la disminución en el procesamiento de crudo en la Refinería ISLA.

Poco dinero, poca producción

El comisario principal de PDVSA estima que la marcada y sostenida declinación de la producción petrolera deriva de la tendencia decreciente de la confiabilidad operacional, la cual está caracterizada por la baja eficiencia de instalaciones los insuficientes recursos en divisa de que dispone la estatal.

Se remite nuevamente al año 2008, tenido como referencia por su nivel producción ubicado en 3.422 MBD para hacer la comparación con los volúmenes de otros ejercicios y así tenemos que en 2009 la producción fue de 3.170 MBD; en 2010 se ubicó en 3.122 MBD) durante 2011 se produjeron 3.129 MBD; en 2012 fue de 3.034 MBD; en 2013 de 3.015 MBD; en 2014 de 2.899 MBD; para 2015 la producción fue de 2.863 MBD; en 2016 fue de 2.571 MBD; y en 2017 la cifra fue de 2.220 MBD.

Sostiene que la alta desinversión en 2017, determinó la merma en la producción de hidrocarburos y que para 2018 apuntaba a un mayor descenso.

Dicha desinversión en los procesos medulares de la Industria, principalmente en las Direcciones Ejecutivas de Producción Oriente y Occidente —observa Molero Torres— profundiza el descenso de la producción petrolera que comenzó a acentuarse a partir de 2014, “a instancias de la caída de los precios del petróleo, a un mayor servicio de deuda externa durante el período 2014-2017, y a la alta deuda comercial que mantiene PDVSA con los proveedores de bienes, empresas constructoras de obras y prestadoras de servicios para la Corporación; esto es un asunto inmediatamente vinculado al financiamiento del flujo de caja en divisas necesario para operar adecuadamente; insuficiencia financiera que ha incidido en forma notable en la baja del nivel de ejecución de la actividad de perforación, mantenimientos de infraestructuras, rehabilitación y servicios a pozos; asimismo, ha precipitado un incremento en la producción diferida, (crudo que no fluye al negocio por pozos inactivos, esperando reparación), por la baja confiabili
dad de las instalaciones incluyendo los mejoradores de crudos y mantenimientos en plantas e infraestructuras en general”.

Se hace referencia a lo que considera un dato emblemático de la insuficiencia de recursos durante el año 2017, a saber, el Centro de Refinación Paraguaná (CRP), para el cual se había previsto un presupuesto en divisas de USD 1.226 millones para paradas de plantas a los fines del respectivo mantenimiento, pero cuyos desembolsos se difirieron a causa de la baja disponibilidad del flujo de caja en divisas.

Formula un llamado a diseñar y desarrollar estrategias gerenciales que permitan dotar a PDVSA de los recursos en divisas requeridos de modo que se pueda recuperar la capacidad operativa de la empresa y así garantizar el cumplimiento de las metas volumétricas previstas.

Del mismo modo alerta acerca de la necesidad imprescindible de “promoción de políticas y acciones efectivas dirigidas a revertir la tendencia creciente a la deserción del talento humano”.

Pago responsable de la deuda financiera

Silvestre Molero Torres destaca el reconocimiento sobre la responsabilidad de la gerencia de PDVSA, “al actuar con diligencia a pesar de las dificultades, para honrar la deuda externa de la Corporación”.

Esto lo refiere por haberse realizado pagos durante el año 2017 para cubrir los servicios de dicha por USD 7.672 millones, tanto de la casa matriz como de las filiales por operaciones en el país, “lo cual revela la importancia de promover un agudo ejercicio de jerarquización de estrategias con base en los recursos percibidos, considerando renegociaciones del endeudamiento, en función de acopiar flujo de caja suficiente para financiar el incremento de la producción y con estas acciones potenciar el rendimiento de variables y factores que realmente están al alcance de la Nación y que igualmente permitan cumplir con el lineamiento N° 28, dictado por la Asamblea de Accionistas, el cual establece que PDVSA debe mantener un flujo de caja que garantice las operaciones, las inversiones, los recursos fiscales y la inversión social en el territorio nacional”.

Foto: Maibort Petit

Producción diferida en pozos inactivos

Prosigue el informe indicando que en 2017 se confirmó la tendencia de PDVSA de declinar unos 3.000 pozos por año que pasaron de estado productivo a la condición de pozos inactivos con producción diferida, clase “2” o clase “3”.

Tal circunstancia se debió a la falta de reparaciones con taladros o la necesidad de restitución de repuestos o partes en deterioro y técnicamente con oportunidad de reactivación productiva inmediata.

Es así como el área de Occidente mostró al cierre de 2017, un total de 4.932 pozos bajo la categoría “2”, equivalente al 76 por ciento de la producción diferida en la corporación.

Estima el comisario que “estos pozos con oportunidad de reactivación productiva, de mediar el esfuerzo remediador diligente y la atención regular de oficio que debe acompañar a los procesos de producción diferida, programada o no programada”.

Deterioro de infraestructuras para el manejo del gas

Apunta el informe el bajo aprovechamiento comercial que PDVSA hace del gas natural en Venezuela, toda vez que del volumen total producido de 7.439 MMPCD, 4.849 MMPCD se destina a inyección a yacimientos, combustible, quema, venteo y mermas, lo que equivale al 65 por ciento de dicho total.

Al mercado interno se entregan 2.444 MMPCD, es decir el 33 por ciento, mientras que 2 por ciento, a saber, 146 MMPCD es transformado en LGN.

Rendimiento desigual de la fuerza laboral

Por otra parte, el comisario acusa un rendimiento desigual de la fuerza laboral de PDVSA Petróleo, S.A y de las empresas mixtas de la CVP.

Explica que dicha fuerza laboral de PDVSA al cierre de 2017 totalizaba 132.559 trabajadores, mientras las contratistas petroleras reportaban 7.836 personas.

La estatal tenía para la fecha 106.894 trabajadores en Venezuela, 4.576 personas en el exterior y 21.039 trabajadores que laboraban en actividades no petroleras.

Destaca que la filial CVP contaba con 774 trabajadores y sus empresas mixtas con 18.576 trabajadores, totalizando así 19.350 personas que al cierre de 2017 producían el 49 por ciento de los 2.116 MBD correspondiente a crudo, con los que oficialmente cerró el ejercicio la corporación. A esta cifra se suman 104 MBD de LGN, para completar la producción global de 2.220 MBD de hidrocarburos líquidos.

En tal sentido, el informe invita a hacer una reflexión sobre estas cifras para reorganizar y reestructurar la industria.

Añade que en la fuerza laboral propia petrolera, 76 por ciento es del género masculino y 24 por ciento es femenino, una proporción que se mantiene en el contexto de la fuerza laboral no petrolera.

Sostiene el reporte que las capacidades de la fuerza laboral de PDVSA han mermado “históricamente”, debido al paro petrolero de 2002, a la deserción del personal y a la reciente progresiva fuga de profesionales altamente preparados.

Riesgos revelados por las reservas de hidrocarburos

El informe hace referencia al hecho de que Venezuela posea las mayores reservas de hidrocarburos líquidos del planeta proyectando la sustentabilidad del negocio para los próximos cuatro siglos.

Foto: Maibort Petit

A juicio de Molero Torres esto es una razón para estar alerta dado que es una situación que “contrasta y hace deslucir a la poderosa Nación de los EE. UU., en su desventajosa e incómoda posición con un índice Reserva/Producción (RPR) de apenas 10 años, esto es sus reservas solo alcanzan para un breve período, con el agravante de ser un país voraz consumidor de combustibles, en una sociedad basada en el automóvil, cuyas estrategias para asegurar el abastecimiento del recurso energético, le impulsan a actuar en el escenario internacional ejecutando planes desestabilizadores y desintegradores en contra de los países con grandes reservorios de hidrocarburos; una característica histórica del intercambio desigual impuesto en la dinámica del desarrollo de los países élites, es la obtención barata de materias primas, como base del financiamiento de su sociedad de confort; ello pone en contexto el implacable boicot, ejercido sobre los procesos económicos de cualquier tipo emprendidos, tanto por el Estado venezolano como por el sector privado nacional, y constituye un reto a la acción gerencial para recuperar la regularidad operativa de la Industria, haciendo valer el principio de plena soberanía sobre sus recursos energéticos”.

Impulso al control interno

Por último, el comisario principal de PDVSA reconoce el impulso de control desplegado por las autoridades de la estatal el Ministerio del Poder Popular de Petróleo durante 2017 para mejorar las actividades relacionadas con el balance, fiscalización y medición de hidrocarburos y otros procesos de Control Interno.

Molero Torres considera que esto último promovió la ejecución de subsiguientes investigaciones, con demostradas consecuencias judiciales permitiendo la mejoría del ambiente de control en fases sensibles y estratégicas del negocio. En su criterio, estas acciones de control complementan la que igualmente estima una “eficiente actuación del Ministerio Público con su vigoroso impulso judicial, a los fines de no tolerar la corrupción, evitar la dilación procesal, e impedir casos de impunidad”.

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Crónica de un secuestro: “Escuché cómo mataban a un hombre en la habitación de al lado”

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Fernando estaba en medio de una acera, tratando de abrir la puerta de copiloto de su camioneta para poder subir el botellón de agua que había adquirido segundos antes, cuando sintió ese calor que solo recorre al cuerpo en un momento de riesgo.

Raylí Luján/Venezuela Al Día

No recuerda qué hora exacta de la noche era, aunque sí reconoce que una bastante insegura para el lugar de la ciudad de Caracas en el que se encontraba.

“Realmente no me tocaba a mí. Fue una cuestión de mala suerte. Si hubiese logrado abrir la puerta del carro unos segundos antes de que ellos llegarán, no habría pasado nada de esto”, afirma.

Como si se tratase de una película, así exactamente lo relata el joven de 34 años, quien fue abordado por cuatro sujetos que se desplazaban en una camioneta Toyota, en la que lo subieron para dar inicio a la semana más desesperante de su vida.

La Cota 905, uno de los barrios más peligrosos al oeste de la ciudad capital, se convirtió en su lugar de estadía durante 5 días. Los dos primeros, amordazado en un vehículo, en el que veía pasar a los vecinos de la punta más alta del populoso sector, sin siquiera inmutarse.

Dos arepas durante esos 2 intensos días fue lo que pudo comer. Los delincuentes colocaron par de botellitas de plástico en el interior del vehículo, esperando que Fernando las usara como baño improvisado. Claro que, estando de manos atadas y sin poder hablar, no le quedaba más opción que orinarse encima.

Los antisociales suministraron al secuestrado solo dos arepas, y botellas de plástico para que hiciera sus necesidades. Imagen de VAD

“No me atrevía a pedirles ayuda. Ni siquiera a la gente que caminaba a mi alrededor. Era como si el carro donde yo estaba era invisible para ellos. ‘Nadie vio ni escuchó nada’, es lo que seguramente se dicen los vecinos entre ellos. Y es normal, la banda los tiene controlados. Yo sinceramente pensé que no salía de esta”, cuenta Fernando, quien estaba seguro que la suma de dinero que pedirían por él no iba a poder ser alcanzada por sus padres.

Lo que desconocía en el momento y pudo saber después, es que sus familiares -asesorados por una comitiva del Cicpc- negociaban con los representantes de lo que ha sido calificada como una mega banda criminal.

“Te volveremos a llamar mañana. Si el monto que nos ofreces no nos gusta, hablamos en un mes”, era la frase que se hacía repetitiva por parte de los secuestradores, antes de establecer un acuerdo.

Fernando fue trasladado a una casa desamueblada en la misma zona. Un tobo que recogía goteras en una de las esquinas, unas paredes a medio frisar y el piso sin siquiera una cerámica es lo que recuerda con claridad, aunque eso pasara a convertirse en un gran túnel oscuro, justo en el momento en que escuchó cuando le disparaban a alguien en la habitación conjunta.

Fernando estuvo días secuestrado en una casa nevera. Habitaciones donde suelen esconder a sus víctimas los delincuentes. Imagen VAD

Era una casa “nevera”. Así le llaman a viviendas que anteriormente eran habitadas por familias, que luego fueron expulsadas a la fuerza por integrantes de la banda, quienes se apoderaron del espacio para utilizarlo como núcleos delictivos y mantener a personas en cautiverio. Están ubicadas en lugares estratégicos, de difícil acceso, donde puedan visualizarse las entradas y salidas del barrio.

Fernando estuvo allí 3 días. Fue liberado tras un acuerdo final entre su familia y los secuestradores. Le hicieron caminar desde el punto más alto de la Cota 905 con las manos atadas y unos cuantos fusiles apuntándole por la espalda. En su recorrido se percató de cómo el lugar, declarado “zona de paz” por el gobierno venezolano a mediados de 2017, estaba plenamente custodiado por sujetos con armas largas en su poder, mientras señoras y niños de la comunidad continuaban con sus rutinas y sus miradas esquivas.

Amarrado y amordazado, Fernando esperó horas en una camioneta de los delincuentes, mientras era observado por la mirada indiferente de vecinos de la zona. Imagen VAD

Estos hombres, de los cuales muy pocos se preocupaban por usar capuchas en los rincones más profundos de la barriada, serían integrantes de la mayor banda que opera en la Cota 905, la cual ya tiene la connotación de mega banda criminal.

Poder territorial

De acuerdo a expertos como el criminólogo Fermín Mármol García, esta es una banda que cuenta con más de 40 integrantes, que poseen armas tipo fusil, artefactos tipo granadas, comisión de delitos variados y que incluso ya han podido enviar a algunos de sus integrantes a otros estados del país.

“Es muy cuesta arriba que hayan otros delincuentes operando en la misma zona, que funciona con control territorial. No es posible que otra banda criminal esté haciendo las mismas operaciones, no es lógico, se proyectaría que su vida sería muy corta si trataran de invadir ese espacio”, explica Mármol.

La Cota 905 es el hogar de una de las mega bandas criminales más peligrosas del país. Imagen VAD

Anteriormente, el Coqui y el Galvis -enfrentados por un largo tiempo- eran reconocidos como los líderes de la zona. Al establecerse el decreto de las zonas de paz, ambos dividieron la comisión de delitos. En la actualidad, habitantes de la Cota 905 aseguran que la banda del Coqui es la que cuenta con mayor poder territorial.

“La banda del Coqui, al igual que otras tantas en el país han mutado el secuestro breve (menor a 24 horas del día) a un secuestro clásico (varios días), producto de que saben que las autoridades tienen limitaciones para entrar a determinadas zonas, lo que ha sido un error”, comenta el abogado Fermín Mármol García.

La delincuencia en Caracas se ha desbordado en los últimos años.

Este no era el primer secuestro que sufría Fernando. Hace un par de años vivió un primer encuentro cercano con la delincuencia, que no pasó a mayores por la denuncia que se hizo en los medios de comunicación.

Creía que esta vez se trataría de un secuestro exprés, sin embargo se terminó transformando en uno de larga duración. La tranquilidad que había sentido Fernando los primeros meses del año, había quedado fulminada por la realidad que nuevamente estaba tocando a su puerta.

Sus familiares reunidos en un comando estratégico, ubicado a las afueras de Caracas, en el que los efectivos policiales atendían otros 10 secuestros simultáneos, conocían de primera mano esta alteración de las cifras de secuestro en los últimos meses.

La calma y percepción de seguridad que pudieron haber sentido meses atrás no había sido tan irreal. Se estima que en los 8 primeros meses de 2018, hubo un balance importante de disminución de secuestros, sobre todo en la Gran Caracas. No obstante, un cambio repentino se dio a pocos meses del cierre de año.

“Podemos estimar que por percepción, empírica, el secuestro tuvo que haber disminuido en esos meses, en comparación con el año anterior, al menos un 30%. Sin embargo, lo que fue la segunda quincena de septiembre y el mes de octubre, la tendencia no siguió disminuyendo. Ni siquiera se mantuvo. Hubo un rebote, hubo una tendencia al alza. Recuperó al menos unos 15 puntos”, explica Mármol García, quien junto a un grupo de especialistas y asesores de riesgos especiales se dedica a intercambiar estadísticas combinadas con denuncias formales para lograr establecer proyecciones.

Para el criminólogo, son varios los factores que generaron el nuevo repunte. El reagrupamiento de la banda criminal que hace vida en la Cota 905 sumado al regreso de organizaciones criminales ubicadas al oeste de la ciudad bajo el presunto paraguas de colectivos armados y violentos, podría considerarse como la principal causa del aumento.

Considera además que el país no atraviesa su mejor momento institucional y ello repercute en la lucha contra la delincuencia organizada. “En Venezuela, ni el propio gobierno nacional sabe la realidad de lo que está ocurriendo, tampoco los estudios sobre el crimen, tampoco los institutos que pertenecen a la universidad, porque no se tiene a ciencia cierta el consolidado de denuncias ciudadanas conjuntamente con la encuesta de victimización que no se realiza en Venezuela desde el año 2011”, señala.

Mármol también ve con preocupación la atomización de los esfuerzos por combatir el secuestro u otros delitos organizados. Le preocupa que no se respete el principio de especialidad. “En seguridad ciudadana, vemos a una PNB que está inserta en el artículo 332 de la Carta Magna, que iba a ser una policía preventiva, siendo ahora una policía de investigación. Después vemos a un Cicpc, policía científica, patrullando calles y cuidando las estaciones del metro”, denuncia.

La falta de confianza en las instituciones es un hecho que va creciendo mientras las autoridades tampoco reconocen los fracasos en políticas públicas o no aceptan las recomendaciones de organizaciones independientes y de universidades autónomas en esta materia.

“No se ha hecho lo suficiente. No se hace nada para rescatar la denuncia ciudadana y que estos confíen en sus instituciones. Se debe reconocer políticamente además que el plan de pacificación fracasó. La responsabilidad del ejercicio público debe ser transparente, se debe admitir que fue un plan romántico desde el punto de vista criminológico, pero falló en Centroamérica, falló en Venezuela, debemos desmontarlo y retirar cualquier orden de que las fuerzas policiales y militares no puedan desplazarse a donde ellos deseen”, expone el abogado criminalista.

Destaca la necesidad de revisar todos los aspectos mencionados en un futuro cercano, en el que cada institución no intente invadir el espacio de otra y en ese intento deje de cumplir sus funciones específicas.

En medio de la disyuntiva se encuentran ciudadanos que no han corrido con la misma suerte de sobrevivir a un secuestro en Venezuela y otros como Fernando, quien pese a que logró ser liberado, tuvo que lidiar al final de este oscuro episodio con una discusión entre la GNB y el Cicpc sobre “quién se tomaba la foto con el ‘rescatado’”.

Para sorpresa de muchos y hasta de él mismo, Fernando sigue creyendo en Venezuela. Su segundo secuestro no se convirtió en un impulso para emigrar. Sus familiares no piensan lo mismo. Ellos, que aún sufren su secuestro, le insisten a diario que abandone el país. Aún así, estas súplicas no son escuchadas.

“¿Qué me cuesta dormir? Claro. ¿Qué he dejado de hacer mi rutina? También. Pero estoy seguro que en cualquier momento la retomaré. Volver a levantarse es una forma de resistencia y yo estoy dispuesto a seguir resistiendo hasta que esta pesadilla acabe y volvamos a ser un país normal”, sentencia.

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El plan de financiamiento del PAE Occidente con empresa del Consorcio KCT involucrada en lavado de dinero

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A continuación presentamos los detalles del plan diseñado por técnicos de la estatal petrolera para financiar el Proyecto de Autosuficiencia Eléctrica en la zona occidental del país y cuyas obras estaban en manos de una empresa integrante de un grupo que se relacionó con la compañía que permitió a Luis Díaz Jr. y Luis Javier Díaz blanquear millones de dólares provenientes de contratos fraudulentos suscritos con el estado venezolano en Miami. Ambos sujetos fueron declarados culpables y pagan sus condenas en la Florida.

Maibort Petit/Venezuela Al Día

Un documento elaborado por la Dirección Ejecutiva de Finanzas de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) en el año 2015, revela el plan de financiamiento del Proyecto de autosuficiencia eléctrica de Occidente contratado por la estatal con Consorcio Internacional Cielemca-Elencor (CICE), una empresa que forma parte del Consorcio KCT Cumaná Internacional III, una contratista vinculada a la empresa Miami Equipment & Export Company de Luis Díaz Jr. y Luis Javier Díaz, declarados culpables en la corte del Distrito Sur de Nueva York por el delito de lavado de dinero proveniente de contratos públicos del estado venezolano[1].

El citado documento llegado a nuestras manos es una presentación elaborada por técnicos de la estatal para ser considerado por la junta directiva de PDVSA para su aprobación y en el que se detallaba el esquema de financiamiento del PAE Occidente en sus distintas fases, pero con énfasis en la primera, a cargo del Consorcio Internacional Cielemca-Elencor —conformado por las compañías Cielmeca, Consorcio KCT Cumaná II Internacional INC y Elencor S.A.— cuyo contrato estaba identificado con el número 4620010547 autorizado por el comité ejecutivo de PDVSA y finalmente suscrito el 12 de febrero de 2014, por un precio de USD 1.425.571.322,24 y Bs. 8,143.574.064,16.

La negociación con CICE era para la ejecución de los trabajos de la Planta Termoeléctrica Bachaquero, Bajo Grande y San Timoteo II, en el contexto del PAE Occidente, un proyecto programado en tres fases por un monto que oscilaba entre USD 2.400 y 2.800 millones que PDVSA esperaba financiar con recursos provenientes de un crédito comercial con el Deutsche Bankque que se ejecutaría en un periodo de cinco años, como veremos más adelante.

Estados financieros de PDVSA muestran ventas de exportación que no entraron de manera efectiva en las arcas de la petrolera en 2017

Los especialistas de la petrolera realizaron una serie de ajustes y modificaciones que ubicaron el costo total del proyecto en USD 2.323,2 millones que sería ejecutado en su fase I en USD 600 millones, en la fase II en USD 998,6 millones y en la fase III en USD 724,6 millones.

El Proyecto de Autosuficiencia Eléctrica fue un plan diseñado y presentado en 2014 por el exdirecdtor ejecutivo de producción de PDVSA Occidente, José Luis Parada[2], acusado por peculado doloso propio en grado de continuidad y quien se encuentra prófugo de la justicia en la actualidad[3].

El plan de financiamiento

La Dirección Ejecutiva de Finanzas de PDVSA elaboró en mayo de 2015 el esquema de financiamiento (Fase I) del Proyecto de autosuficiencia eléctrica de Occidente.

Se trataba de un plan para iniciar la ejecución de las obras prioritarias que requería el referido proyecto, IPC (Ingeniería, Procura y Construcción) y el cual, en su Fase I, estaría a cargo del Consorcio Cielemca-Elencor. El proyecto había sufrido modificaciones y ajustes para adaptarlo al nuevo financiamiento planteado por PDVSA por USD 600 millones.

Tales cambios comprendían, en primer lugar, obras en Bachaquero consistentes en la instalación y puesta en marcha de dos turbogeneradores Siemens de 175 MW cada uno, así como trabajos de interconexión asociados.

En segundo lugar, obras en la Costa Occidental (IPC) para la construcción de Subestación Zulia 7 y una línea de transmisión doble terna entre la Planta Termoeléctrica Bajo Grande y la Subestación Zulia 7. Asimismo, se preveía una red de distribución de 24 kV.

En tercer lugar, obras en el Sur del Lago y Trujillo, que comprendían la Ingeniería, Procura y Construcción de la Subestación Q y una línea de transmisión simple terna entre la Planta Termoeléctrica San Timoteo y la Subestación O. Igualmente se instalaría una red de distribución de 34,5 kV.

Los antecedentes

El Comité Ejecutivo de PDVSA en su reunión N° 2013-10 había autorizado la contratación del Consorcio Internacional Cielemnca-Elencor para la ejecución de las obras de la Planta Termoeléctrica Bachaquero, Bajo Grande y San Timoteo II, por un monto comprendido entre USD 2.400 millones y 2.800 millones que se requerían para para las fases I, II y III del Proyecto de autosuficiencia eléctrica de Occidente.

Se estableció que para la Fase I se requerían USD 994,9 millones, de los cuales USD 600 millones provendrían de un crédito comercial con el Deutsche Bank y USD 394,9 millones se obtendrían de un esquema de venta de productos (Petcoke) cuyo importe de la venta se ingresaría por el comprador (offtaker) en la cuenta del proyecto abierta en Deutsche Bank.

Se explicaba que el crédito comercial establecía que el ente deudor era Petróleos de Venezuela, S.A. y el garante PDVSA Petróleo S.A.

El crédito sería por USD 600 millones pagaderos a 5 años con una tasa de interés Libor (3M) + 7,30 por ciento y una comisión de estructuración de 0,5 por ciento.

La negociación se regiría por la ley inglesa, la forma de pago sería en efectivo y el costo total del financiamiento al momento regiría por Libor (3M) + 7,6 por ciento.

Para la Fase II se preveía que USD 998,6 millones serían instrumentados por el Deutsche Bank replicando el esquema anterior.

Esta fase se haría efectiva en función de la curva de ejecución del PAE-Occidente.

Entretanto, la Fase III con un costo de USD 724,6 millones, se establecía que sería instrumentado igualmente por el Deutsche Bank también replicando el esquema anterior y se haría efectiva en función de la curva de ejecución del PAE-Occidente.

Los planificadores graficaron la ejecución de la Fase I modificada de la siguiente manera:

Situación al momento de la presentación del plan

La presentación indica que para la fase 1 del proyecto se tenía previsto una inversión de USD 994,9 millones los cuales —argumentaban— con entrada en vigencia del Sistema Marginal de Divisas (Simadi) permitía que el monto en bolívares previsto en la inversión se redujera significativamente, permitiendo esto rebajar el costo de esta primera fase a USD 600 millones.

Se advertía que debido a la caída de los precios petroleros afectó la curva de endeudamiento de PDVSA lo que a los ojos de los inversionistas le quitó atractivo para que estos participaran en las condiciones inicialmente pautadas para el proyecto.

Igualmente alertaban que a pesar de la recuperación de los precios petroleros que el mercado experimento en abril de ese año 2015 y de que la curva PDVSA había mejorado, no se lograba aún llegar a los niveles originales negociados con los inversionistas.

Dado este panorama y en razón de la importancia del proyecto para el sector eléctrico nacional y las áreas de desarrollo económico para el país, que representaban la Planta Termoeléctrica Bachaquero, Bajo Grande y San Timoteo II, decidieron desarrollar una estrategia de financiamiento con el Fondo de Pensiones de los Trabajadores de PDVSA y con aportes propios de la estatal, para lo que era necesario entonces modificar el contrato comercial suscrito entre PDVSA y el Consorcio Cielemca-Elencor.

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Explicaban que la estrategia de financiamiento consistía en emitir un pagaré al Fondo de Pensiones de los trabajadores de Petróleos de Venezuela por USD 244 millones.

También se precisaba autorizar USD 356 millones mediante un esquema de venta de productos cuyo importe de la venta se ingresaría por el comprador (offtaker) en una cuenta fideicomiso del proyecto o aportar este monto en efectivo a través de un cronograma de ejecución.

Del mismo modo, se tenía que negociar con Chevron su participación de inversión por USD 130 millones, la cual sería utilizada para construir las obras necesarias que permitieran mejorar la confiabilidad de la red eléctrica de alimentación de Petroboscan (109,1 MBD). Esta acción permitiría a PDVSA reducir su inversión en el monto negociado.

Lo requerido

Dirección Ejecutiva de Finanzas de PDVSA precisa en la presentación que era necesario entonces solicitar a la junta directiva de PDVSA que aprobara la ejecución de la Fase 1 modificada del Proyecto de Autosuficiencia Eléctrica de Occidente por USD 600 millones.

En tal sentido, el directorio debía considerar negociar con el Fondo de los Trabajadores de PDVSA la emisión de un pagaré por USD 244 millones con el objeto de invertirlo en el proyecto.

Igualmente debía autorizar USD 356 millones mediante un esquema de venta de productos cuyo importe ingresaría por el comprador (offtaker) en una cuenta fideicomiso del proyecto o aportar este monto en efectivo a través de un cronograma de ejecución.

Era preciso negociar con Chevron su participación de inversión por USD 130 millones, la cual estaría dirigida a construir las obras necesarias que permitieran mejorar la confiabilidad de la red eléctrica de alimentación de Petroboscan (109,1 MBD). Esto iba a permitir a PDVSA reducir su inversión en el monto negociado.

Había que autorizar al director de finanzas, Carlos Erick Malpica; al director ejecutivo de planificación financiera, Abraham Ortega; y al director ejecutivo de tesorería, Pío González, para que de manera conjunta o separada, suscribieran en representación de Petróleos de Venezuela, S.A., todos los documentos necesarios para materializar la decisión.

También había que aprobar las modificaciones requeridas en el contrato original suscrito entre las partes, ajustando el mismo al nuevo esquema de financiamiento y alcance requerido en la Fase 1 modificada.

La propuesta inicial

La presentación incluía una copia de un documento con carácter confidencial emitido el 21 de mayo de 2013 suscrito por Álvaro Ledo Nass, dirigido al presidente de PDVSA, Rafael Ramírez, en el que le exponía el Proyecto PAE Occidente y la propuesta de financiamiento.

Se le informaba a Ramírez que el de PDVSA en su reunión N° 2013-10 celebrada el 21 de mayo de 2013 había acordado darle inicio al proceso de contratación directa con acto motivado al Consorcio Internacional Cielemca-Elencor conformado por las empresas Cilemca, Elencor S.A. y Consorcio KCT Cumaná II Internacional Inc., para la ejecución de la Planta Termoeléctrica Bachaquero, Bajo Grande y San Timoteo II, bajo la modalidad de IPC Fast Track, por un rango entre USD 2.400 y 2.800, requerido para las fases I, II y II del PAE Occidente. Se advertía que los contratos debían establecer que la ejecución de las obras estaba sujeta a la obtención de financiamiento.

Se explicaba lo que cada una de las fases del proyecto contemplaba y el costo de las mismas, a saber para la Fase I USD 900 millones, para la Fase II USD 900 millones y para la Fase III USD 800 millones.

El Deutsche Bank era la entidad de financiamiento a través de un crédito comercial.

Se pedía autorizar a la Gerencia Corporativa de Planificación Financiera para trabajar en los acuerdos necesarios para instrumentar el esquema de financiamiento propuesto por el Deutsche Bank.

Igualmente se solicitaba delegar el Nivel de Autorización Financiera NAF y la suscripción de los documentos relativos a las obras requeridas para las fases I, II y II del PAE Occidente, de manera conjunta o separada, al director de enlace del sector eléctrico y al director ejecutivo de sistema eléctrico.

Las obras

La presentación pormenorizaba las obras a ejecutar en casa una de las fases y locaciones.

Así, en Bachaquero eran:

1. Trabajos para completar isla de potencia y balance de planta (350 MW Ciclo Simple). USD 66,4 millones.

2. Línea de transmisión 2x 1T 230 kV. entre la Subestación N y la Subestación SP (Fase 1). USD 56,6 millones.

3. Construcción de la Subestación N 230/115 kV y la adecuación de la Subestación SP 230/115 kV (Fase 1). USD 105,2 millones.

En la Costa Occidental los trabajos eran:

1. Línea de transmisión 2T 138 kV. entre la Planta Bajo Grande y la Subestación Zulia 7. USD 73,8 millones.

2. Subestación Zulia 7. Instalación que alimenta a su vez a la Subestación 54 y 46 (Urdaneta Lago) y permite respaldar la nueva Subestación Zulia 8 y Zulia 9 desde la Planta Termoeléctrica Bajo Grande. USD 43,5 millones.

3. Red de distribución eléctrica 24 kV (Fase 1). USD 16,4 millones

En el Sur del Lago Trujillo las obras eran:

1. Línea de transmisión 1T 115 kV. Entre la Planta San Timoteo y la Subestación Q. USD 31,8 millones.

2. Subestación Q 115/34,5 kV. Instalación que alimenta la carga de los campos Franquera, Moporo y La Ceiba, así como la Estación de Flujo Moporo y la Planta Compresora Moporo. USD 42,3 millones.

3. Red de distribución 34,5 kV Subestaciones P, Q y San Timoteo (Fase 1). USD 52,6 millones.

En Bachaquero:

1. Línea de transmisión 2x 1T 230 kV. entre la Subestación N y la Subestación SP (Fase 2).

2. Línea de transmisión 2T 230 kV. entre la Subestación N y la Subestación P.

3. Línea de transmisión 2T 115 kV. entre la Subestación N y la Subestación F.

4. Construcción de la Subestación P 230/115 kV.

5. Adecuación de la Subestación SP 230/115 kV (Fase 2).

6. Adecuación de la Subestación F 115/34,5 kV.

En la Costa Occidental:

1. Expansión de la Planta Eléctrica Bajo Grande para el incremento en capacidad de 100 MW generaba a la fecha hasta 220 MW necesarios para cubrir la demanda y esquema de operación N-1. (PDVSA disponía de 2 turbogeneradores RR TRENT-60).

2. Línea de transmisión 1T 138 kV. entre la Planta Bajo Grande y la Subestación Zulia 10. 3 Línea de transmisión 1T 138 KV entre la Subestación Zulia 9 y Zulia 10.

4. Interconexión 2T 138 kV. entre la Planta Eléctrica Bajo Grande y la Subestación Urdaneta de CORPOELEC. Acción que blindaba el sistema de generación en caso de pérdida de la Generación en Bajo Grande.

5. Red de distribución eléctrica 24 kV (Fase 2).

Sur del Lago Trujillo

1. Expansión de la Planta Eléctrica San Timoteo para el incremento en capacidad de 100 MW para la fecha generaba hasta 220 MW necesarios para cubrir la demanda y esquema de operación N-1. (PDVSA disponía de dos turbogeneradores Rolls Royce Trent-60).

2. Línea de transmisión 1T 115 kV. Entre la Planta San Timoteo y la Subestación P.

3. Línea de transmisión 1T 115 kV. entre la Subestación P y la Subestación Q.

4. Línea de transmisión 2T 115 kV. entre la Subestación San Timoteo y Líneas Ceuta 1 y 2.

5. Ampliación de la Subestación San Timoteo 115/34,5 kV.

6. Adecuación de las subestaciones Área Ceuta (L, 36M y 37M)

7. Adecuación de las subestaciones 23 y 10M (San Lorenzo y Mene Grande)

8. Red de distribución 34,5 kV Subestaciones P, Q y San Timoteo (Fase 2).

Ajustes al contrato antes de la ejecución

Se plantearon una serie de ajustes que era necesario implementar al contrato original identificado con N° 4620010547 en lo relativo a la Fase I, los que comprendían, en primer lugar, establecer una nueva condición para la entrada en vigencia del contrato que tenía que ver con el aporte inicial de la compañía de los fondos necesarios para la ejecución de la fase I del proyecto (Punto 6.2.1 de la cláusula 6 relativa al plazo de ejecución y vigencia).

Había que indicar el mecanismo de pago y manejo de los fondos aportados por la compañía (Sub-punto 1.3.1. relativo a la ejecución de la fase I y punto 1.3. del anexo C del contrato).

Era necesario establecer la estructura de la fuente de financiamiento de la fase I del proyecto y el manejo de las cuentas asociadas a los pagos inherentes a la ejecución de las actividades, costos del proyecto y gastos reembolsables (Sub-puntos 1.1 y 1.2 del anexo C del contrato).

Se requería determinar como tasa de cambio vigente para el pago de los conceptos en moneda local contemplados en la fase I del proyecto en el anexo C del contrato, la prevista para el momento de la transacción en el Sistema Marginal de Divisas (SIMADI), de conformidad con la entrada en vigencia de los convenios cambiarios N° 32 y 33.

Había que ajustar el programa de ejecución previsto en el anexo D del contrato, conforme a las prioridades y la disponibilidad de recursos.

Se tenía que ajustar el calendario de terminación e hitos de avance para la fase I del proyecto previsto en el anexo I del contrato, de acuerdo con el nuevo programa de ejecución.

Ajustes al contrato luego del inicio del proyecto

Asimismo, era necesario hacer algunas modificaciones y cambios de alcance luego de aprobado el ajuste en el alcance de la Fase I y de haberse suscrito el cambio de alcance al contrato comercial original.

A saber se planteaba incluir el alcance de la Planta Termoeléctrica de Occidente (Bach), el sistema de alimentación con gas natural y el sistema de transmisión 230/115 kV (Interconexión con SIE catea en 115 kV y S/E SP en 230 kV), así como los costos de aceleración (reducción del tiempo de ejecución vs. rendimiento) de las obras de Bachaquero, Bajo Grande y del sistema de transmisión 115 kV asociado a la S/E Q (Estación de Flujo Moporo) como parte del alcance de la fase I del proyecto.

Había que definir el alcance de los costos del proyecto (complementarios) y gastos reembolsables previstos en los puntos 5.1.1.4 y 5.1.1.5, de la cláusula 5 del contrato, e incorporar un procedimiento para el uso, manejo y actualización de dichos costos.

Se debía aplicar las fórmulas de ajustes previstas en el contrato sobre el componente local inherente a la Fase I del proyecto, conforme a lo indicado en el anexo B1 del contrato.


[1] Venezuela Política. “Jurado declaró culpable a dos empresarios que ayudaron a lavar millones de dólares a funcionarios chavistas en Miami”. 16 de noviembre de 2017. https://maibortpetit.blogspot.com/2017/11/jurado-declaro-culpable-dos-empresarios.html

[2] PDVSA. “PDVSA presentó oportunidades para aumentar la producción de crudo en occidente”. 2 de julio de 2014. http://www.pdvsa.com/index.php?option=com_content&view=article&id=5991:pdvsa-presento-oportunidades-para-aumentar-la-produccion-de-crudo-en-occidente&catid=10&Itemid=589&lang=es

[3] RunRun.es. “Ordenan captura de ex directivo de Pdvsa que se fugó”. 3 de marzo de 2018. http://runrun.es/nacional/340803/ordenan-captura-de-ex-directivo-de-pdvsa-que-se-fugo/

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Conozca los casos de investigación de irregularidades denunciados por el comisario principal de PDVSA (Parte I)

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La corrupción e irregularidades cometidas en el seno de Petróleos de Venezuela son objeto de la investigación e instrucción de expedientes por parte del Comisión Principal de la estatal, sin que de estas averiguaciones poco o nada se sepa fuera de los muros de la principal empresa venezolana.

Maibort Petit / Venezuela al Día

Las cargos efectuados por Bariven, Citgo y las empresas mixtas de Petróleos de Venezuela por concepto de compra de insumos, materiales y equipos deben ser monitoreadas y evaluados para certificar que las cantidades y precios imputados por los contratistas se ajusten a los costos reales de operaciones e inversiones, ya que existen muchos casos de procesos de compra que han revelado sobreprecios y otras irregularidades, y donde ha permanecido la impunidad como regla. Tal conclusión se deriva de las opiniones expresadas por el Comisario Principal de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), Silvestre Molero Torres en el informe relativo al año 2017.

El documentos de más de 600 páginas da cuenta de una serie de investigaciones llevadas a cabo por Molero Torres sobre irregularidades y casos de corrupción de las que la opinión pública tiene poco o nulo conocimiento. En esta primera entrega haremos referencia al endeudamiento de la filial de la corporación en los Estados Unidos, Citgo, la adulteración intencional de los resultados mostrados en los procesos de medición y fiscalización de hidrocarburos, los sobreprecios en la procura de Bariven y la detención de su presidente.

Una copia del informe fue entregado al presidente de PDVSA, Manuel Quevedo el 7 de diciembre de 2018 para que el mismo fuera considerado por la alta gerencia en aras de tomar las decisiones pertinentes para corregir las irregularidad y seguir las recomendaciones realizadas por esa la referida Comisionaduría.

Explica el comisario en su informe que los casos de investigación de hechos irregulares, denuncias y situaciones de fraudes a los cuales les hace seguimiento su despacho, así como la Dirección Ejecutiva de Seguridad Integral, la Consultoría Jurídica Corporativa, la Dirección Ejecutiva de Auditoría Interna y la Contraloría Financiera reciben aportes de cada uno de estas dependencias para asegurarse de que se sigue el protocolo interno de acuerdo a las normas internacionales en el tratamiento de situaciones irregulares y fraudes.

Tal verificación comprende la confirmación del evento de fraude y su modalidad operativa para establecer si las prácticas son sistémicas y continuadas o son eventos episódicos. De esto dependerá el diagnóstico adecuado y poder determinar el impacto financiero y la identificación de las áreas vulneradas en el control interno, hacer propuestas para remediar y mitigar las causas, identificar a los responsables y relaciones para asegurarse que no haya otras áreas contaminadas con las prácticas y protagonistas identificados. Igualmente, el comisario trabaja —según refiere su informe— en la preparación y judicialización del expediente del caso y emprende acciones de resarcimiento patrimonial.

Foto: Maibort Petit

Silvestre Molero Torres refiere que recibió información del Ministerio Público sobre las investigaciones llevadas a cabo por esa instancia judicial en PDVSA y sus filiales durante el último trimestre del año 2017, conformadas por nueve casos principales que permitieron imputar y detener hasta el momento de elaboración del reporte, a 69 funcionarios de los niveles gerenciales medios y altos.

Dichas detenciones tenían que ver sobre los casos de investigación de CITGO, donde los implicados son 7 personas; por Petrozamora S.A. son 17 funcionarios; por Puerto Miranda, 15 funcionarios; por el caso de Producción Oriente, 10 detenciones; Petropiar S.A. 5 funcionarios detenidos; por Bariven S.A. tres detenciones; PDVSA Corporativa arrojó 5 funcionarios detenidos; el Caso de Vehículos, 6 detenciones; el caso Petrosaudí S.A., una detención.

Pero la Oficina de Apoyo al Comisario de PDVSA, además de los casos señalados, le hace seguimiento a otras situaciones en las cuales se trabaja para establecer su impacto material y así reconocer pérdidas y otros efectos contra los resultados financieros de la empresa estatal.

Molero Torres pasa a enumerar dichos casos de investigación y refiere su estatus, las acciones pendientes por acometer de acuerdo con las normas internacionales para el tratamiento de situaciones irregulares y fraudes.

Operaciones de endeudamiento de Citgo

En primer término, el comisario principal de PDVSA hace referencia al caso de investigación acerca de las operaciones de endeudamiento de la filial de la estatal en los Estados Unidos, Citgo, el cual es manejado por Ministerio Público a través de la Fiscalía Quincuagésima Quinta, identificado con el número MP-508382-2017 y que cursa en el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal de área Metropolitana del Distrito Capital, vertido en el Expediente N° 3C-18.500-2017.

Foto: Maibort Petit

Imputados por los delitos de Peculado Doloso Propio, Concierto de Funcionario con Contratista, Legitimación de Capitales, y Asociación para Delinquir aparecen un exministro de Petróleo y expresidente de PDVSA —Nelson Martínez, quien falleció el 12 de diciembre de 2018 mientras estaba en reclusión en la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim) y desde donde fue trasladado al Hospital Militar—, así como seis trabajadores de la filial.

El reporte indica que este caso versa sobre el hecho de que las autoridades de Citgo obviaron obtener la debida aprobación por parte de las autoridades de Petróleos de Venezuela, así como de la república, que le diera la autorización legal a los términos y condiciones de una relevante transacción de endeudamiento. Se explica que la operación financiera estaba en curso de negociación cuando se produjeron las detenciones, razón por la cual se imputa un delito en grado de frustración.

El comisario Molero Torres formuló una serie de recomendaciones a través del memorando COM-2018-0022, de fecha 17 de abril de 2018, las cuales surgieron de discusiones en mesas de trabajo, las cuales apuntan a la necesidad de que los directores, presidentes de empresas y gerentes, actúen con el “marco del rigor que imponen los niveles de autoridad, competencias, y delegaciones financieras establecidas por tipo de transacciones, esto es los actos administrativos deben cumplirse en el estricto marco del principio de legalidad”.

Sostiene que en los procesos de financiamiento que comprometan tanto a PDVSA, sus filiales, y a la república en general, debe atenderse el protocolo de someter tales transacciones ante los niveles de autoridad, tanto corporativos, como de gobierno del país, conforme lo establecen las leyes, reglamentos y disposiciones que regulan las transacciones.

Refiere el informe que al cierre de 2017, la Oficina de Apoyo al Comisario no había recibido información sobre la cuantificación de pérdidas materiales a la Corporación derivados del caso de endeudamiento de Citgo, agregando que el Comité de Auditoría de PDVSA se encargaría de analizar, deliberar y hacerle seguimiento. Precisó que la firma de auditores externos KPMG, emitió una opinión limpia sobre los Resultados Financieros Consolidados de la filial CITGO, al 31 de diciembre de 2017.

Estima que el Comité de Auditoría y la Vicepresidencia de Finanzas de PDVSA deben impulsar una campaña de divulgación de los conceptos transaccionales y Niveles de Autoridad Administrativos y Financieros (NAAF) con énfasis en operaciones de alto riesgo y así familiarizar a los gerentes medios y altos sobre los imprescindibles protocolos, instancias de sometimiento, consideración y aprobación, a los fines de asegurar transacciones de conformidad con la ley y los procedimientos.

Insta a hacer una revisión de las actuales normas y procedimientos de endeudamiento, recaudos y niveles de autoridad administrativos y financieros para actualizarlos con las instrucciones y precisiones necesarias e incorporando las instancias y niveles de aprobación, según sea el monto monetario de los endeudamientos en el ámbito nacional o internacional.

Por último, Molero Torres llamó a determinar los efectos materiales con impacto patrimonial al cierre de 2017 para su correspondiente registro contra los resultados financieros del ejercicio en referencia.

Caso de adulteración de resultados

Seguidamente el comisario principal de PDVSA se remite al caso de la adulteración intencional de los resultados mostrados en los procesos de medición y fiscalización de hidrocarburos, el cual fue investigado en los años 2016 y 2017 por los cuerpos de control de empresa.

Refiere que presentó varios puntos de cuenta ante el presidente de PDVSA en demanda de acciones para mejorar los procesos de Control Interno en torno a la producción de hidrocarburos, habiendo sido aprobados los puntos propuestos. En tal sentido, se creó el Comité para el Control de las Mediciones, Balance y Fiscalización de Hidrocarburos (COMBAF).

Igualmente indica el reporte que en 2017, el Viceministerio de Hidrocarburos, en coordinación con la Oficina de Apoyo al Comisario, emitió cinco oficios dirigidos a regular el proceso de medición y fiscalización de hidrocarburos en PDVSA y sus filiales.

Foto: Maibort Petit

El Comité COMBAF identificó ciertas irregularidades que propiciaron una investigación interna a cargo de la Dirección Ejecutiva de Seguridad Integral descubriéndose la práctica de alteración de los datos relacionados con los niveles reales de producción, por lo que el expediente fue remitido inmediatamente a la Fiscalía General de la República.

En opinión del comisario, para garantizar Control Interno en las mediciones de la producción de hidrocarburos, se debe mantener la independencia de la organización de coordinación operacional encargada de realizar las mediciones.

Se debe asegurar —continúa alertando el informe— la plena automatización de las mediciones de la producción y la oportuna calibración de los equipos de mediciones. Se resolvió que la Vicepresidencia de Planificación Corporativa de PDVSA de las mediciones y fiscalizaciones de hidrocarburos. Sin amargo, advirtió que esta decisión de independencia, no se ha implantado en forma definitiva y aún se mantienen los niveles tradicionales de reporte.

Específicamente, el informe del comisario refiere el caso de la alteración intencional de la variación de producción fiscalizada en la División Punta de Mata, por lo que la Consultoría Jurídica Corporativa informó que el caso se radicó en Caracas desde el 8 de enero de 2018, a saber, en la Fiscalía 73° Nacional Plena, MP-495137-2017, Tribunal Quinto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana-Distrito Capital. El número de expediente es 5C-18238-18. Los delitos que se imputan son Incumplimiento al Régimen Especial de las Zonas de Seguridad, Sabotaje o Daño a Sistemas, Peculado Doloso Propio y Asociación Para Delinquir. Se imputó al Superintendente de Tratamiento Químico, al Gerente de Coordinación Operacional Furrial, al Subgerente Operacional División Punta de Mata, a una Analista de Contabilidad de Crudo División Punta de Mata, a un Ingeniero de Proceso de Documentación y Estadísticas y Contabilización de Hidrocarburos, a una Analista de Contabilidad de Crudo, al Gerente Gener
al de Coordinación Operacional de Exploración y Producción Oriente, al Director Ejecutivo de Exploración y Producción, al Gerente de la División Punta de Mata y a un Gerente de Producción.

El impacto de la acción de alterar la producción fue estimado por la Dirección Ejecutiva de Seguridad Integral en USD 266,7 millones por regalía pagada en exceso. Se indica que al cierre de 2017, se gestionaba un Punto de Cuenta de la Vicepresidencia de Finanzas de PDVSA, solicitando al Ministerio del Poder Popular de Petróleo la aceptación de la factura correspondiente al citado concepto.

Silvestre Molero Torres a través del memorando COM-2018-0022 fechado el 17 de abril de 2018, recomendó, en primer lugar, como acción complementaria a la actuación de la Dirección de Seguridad Integral, la Dirección Ejecutiva de Auditoría Interna y la Oficina de Apoyo al Comisario, determinar el efecto financiero del forjamiento y alteración de la producción fiscalizada durante el período 2014-2017 y registrar los ajustes en los libros de reserva para sincerar los niveles reales de existencias de hidrocarburos en los yacimientos y campos.

Del mismo modo recomienda que la Dirección Ejecutiva de Seguridad Integral presente ante el Comité de Auditoría el caso de la adulteración de la data de la producción real para así establecer sus efectos y definir los actos legales que autoricen a PDVSA Petróleo, S.A., a facturar ante el Ministerio del Petróleo, el resarcimiento compensatorio por la regalía e impuestos pagados en exceso. Se explica que las sobreestimaciones de la producción, incluían volúmenes provenientes de empresas mixtas por lo que hay que determinar los efectos financieros para proceder a los debidos recobros y su correspondiente registro en la contabilidad de la corporación.

También, la Dirección Ejecutiva de Seguridad Integral coordinadamente con la Oficina de Apoyo al Comisario, preparó una presentación sobre la investigación realizada en relación a la producción intencionalmente alterada en el Distrito Punta de Mata que serviría de base para calcular y hacer los ajustes finales en el Libro de Reserva relativos a los barriles ficticios reportados como producidos y preparar el cálculo de las cuentas por cobrar al Ministerio del Poder Popular de Petróleo por la regalía pagada en exceso.

El comisario se pronunció por la necesidad de ejecutar un plan que contemple la revisión de la funcionalidad de los sistemas de medición fiscal de hidrocarburos en las instalaciones operativas de cada una de las direcciones ejecutivas de producción de PDVSA; evaluar la idoneidad de los niveles de automatización asociados a la medición y fiscalización de hidrocarburo; revisar la suficiencia y razonabilidad del alcance de la interconexión entre los sistemas automatizados de medición y fiscalización de hidrocarburos con los sistemas centinela y SAP; cumplir las instrucciones emanadas de la presidencia de PDVSA en los puntos de cuenta sometidos por la Oficina de Apoyo al Comisario, relacionados con el proceso de medición, balance y fiscalización de hidrocarburos.

Caso de sobreprecios en la procura internacional de materiales de Bariven

Silvestre Molero Torres cita uno de los casos más relevantes y de más impacto financiero en 2017, relativo a la procura de insumos, materiales y equipos internacionales que fue acusado en diciembre de 2015 en la fiscalía del Distrito Sur de Texas, División Houston, en Estados Unidos de América, cuando se identificaron situaciones de violación de leyes anticorrupción y contra el lavado de dinero en contratos de procura internacional de bienes y servicios conexos, celebrados por la filial Bariven, S.A.

Ante estos hechos, los auditores externos y el Comité de Auditoría de PDVSA propusieron contratar una firma experta en auditoría forense para evaluar el alcance de las irregularidades observadas, estableciendo esta que Bariven fue víctima de fraude en el proceso de procura internacional al haberse identificado las modalidades empleadas en la perpetración del fraude y las vulneraciones al control interno que permitieron que tales irregularidades pudieran tener lugar.

Foto: Maibort Petit

Se pudo identificar a los funcionarios y terceros que serían responsables de los hechos y se determinó las transacciones afectadas, lo cual permitiría establecer si las compras bajo irregularidad, “no representaban una situación generalizada a través de prácticas sistémicas, recurrentes e inferibles a todo el universo de compras internacionales, dirigidas a la industria petrolera venezolana”.

El comisario Silvestre Molero Torres estableció que la investigación determinó que, efectivamente, se produjo un fraude en las compras internacionales de PDVSA al concertarse proveedores y representantes de la gerencia de la filial PDVSA Services, Inc., en Houston Texas, la cual a su vez es filial de Bariven, S.A. y se encarga de las compras internacionales, transacciones estas en las cuales se observaron apreciables sobreprecios.

Indica que el proceso judicial hasta el momento de emitirse el informe había permitido que ocho personas implicadas se declararan culpables ante un tribunal de primera instancia en el Distrito Sur de Texas, División Houston, en los Estados Unidos de América.

Por su parte, el Comité de Auditoría de PDVSA instruyó la retención de los pagos pendientes a los proveedores involucrados con los responsables de las irregularidades detectadas, por aproximadamente USD 400 millones.

PDVSA también identificó un conjunto de bienes, propiedad de personas relacionadas con los actos irregulares y se autorizó interponer acciones legales, tanto civiles como penales en la jurisdicción extranjera que corresponda. La estatal también formuló a los Estados Unidos una solicitud de restitución en su carácter de víctima para que el citado tribunal ordene a los acusados resarcir el daño patrimonial causado.

Informe de Auditoría Interna sobre el caso

Relacionado con este caso, el 27 de noviembre de 2012, el Auditor General Corporativo consignó ante la presidencia de PDVSA el informe de auditoría interna con referencia AIC-2012-293 para reportar una situación irregular con la procura internacional de la filial Bariven, S.A., particularmente con la compra de vehículos que comportaban significativos sobreprecios. Este informe identificó a varios de los proveedores incursos en posteriores procesos irregulares de procura y se presentó ante el Comité de Auditoría y se discutió con el Viceministro de Hidrocarburos, con el Director de Enlace de Bariven, S.A. y con el Director de Finanzas de PDVSA.

Pero los intentos de control fueron anulados —subraya el comisario— por la acción de los grupos de poder que facultaban a las autoridades de Bariven, S.A., quienes desde su posición de dominio, aminoraron el impulso procesal. Pero a pesar de esto, el informe se incorporó a los expedientes consignados ante el Ministerio Público desde PDVSA.

De acuerdo a Molero Torres, Venezuela es víctima de la acción de una poderosa organización internacional vinculada criminalmente con proveedores del mercado de los EE. UU. y la alta gerencia que manejó los procesos de procura internacional, quienes actuaron con impunidad

La Gerencia Corporativa de Contraloría Financiera informó en el cierre contable del año 2016 se identificó una provisión por el orden de USD 218 millones por concepto de potenciales pérdidas con la procura internacional.

Auditorías internas a Bariven

A principios del año 2015, la Dirección Ejecutiva de Auditoría Interna Corporativa, promovió un análisis de riesgo sobre la procura internacional de Bariven, S.A. que identificó algunas situaciones de potencial riesgo de prácticas irregulares con las compras internacionales”, reza el informe del comisario principal de PDVSA.

Agrega que en diciembre del citado año, la Fiscalía Federal de Houston detuvo a Roberto Rincón y a Abraham Shiera, a quienes acusó de corrupción en la obtención de contratos de procura de Bariven, S.A., entre los años 2009 al 2014.

Entretanto, la investigación interna de PDVSA, confirmó que Rincón y Shiera, así como sus allegados y otros exproveedores relacionados, pagaron comisiones a exfuncionarios de Bariven, S.A. y PDVSA para obtener contratos de procura con la referida filial por más de USD 2.000 millones, al tiempo que le gestionaran pagos bajo dichos contratos y le concedieran otros beneficios.

El comisario de PDVSA recomendó respecto a este caso a través del memorando COM-2018-0022, del 17 de abril de 2018, demostrar la cualidad de víctima de PDVSA y su filial Bariven, S.A. objeto de fortalecer la opción del resarcimiento patrimonial de recursos confiscados a los responsables de las irregularidades en referencia. Esta diligencia se hizo ante el tribunal del Distrito Sur de Houston, Texas. Asimismo instó que se desestimara el argumento político de escasa diligencia en la disuasión del fraude que pudiera esgrimirse para invalidar el derecho venezolano al resarcimiento patrimonial.

Llamó a que la Consultoría Jurídica de PDVSA y el Comité de Auditoría deben reforzar sus actuaciones en lo atinente a las situaciones de fraude con las compras internacionales de materiales y superar las debilidades de orden jurídico de las diligencias realizadas para que sea reconocida la cualidad de víctima a PDVSA ante la Fiscalía del Distrito Sur de Houston-Texas.

Agrega que la gestión gerencial debe estar acompañada de la disminución del énfasis en el control interno, en función de superar la emergencia dada por la crisis en el cumplimiento de metas de producción. De este modo, “ante la baja volumétrica, como necesaria respuesta se pretende imprimir agilidad a la selección de contratistas y proveedores, en la búsqueda de viabilizar la obtención oportuna de los suministros, obras y servicios. Esta simplificación de procesos, si bien puede ayudar a la agilización de la operación, requiere que tales lineamientos estén impregnados de legalidad; a tal efecto, deben ser acompañados del soporte de una intencionalidad contralora, y de criterios rectores uniformes, que rijan las bases de actuación de los administradores, a quienes se les está facultando para la toma de decisiones sobre selección de proveedores, y niveles monetarios transaccionales, que usualmente han correspondido a Comisiones de Contratación, Comisiones de Compras, Comités de Operación, Comité de Planificación y Control, así como al Comités Ejecutivo, y Junta Directiva de PDVSA”.

En este sentido advierte que la flexibilización administrativa no puede constituirse en caldo de cultivo para la proliferación de la corrupción.

“El citado riesgo, debe ser mitigado a través de instrucciones precisas, que orienten la selección de contratistas y proveedores, con racionalidad y disciplina; lo cual incluye seleccionar empresas, con base en el Registro Nacional de Contratistas (RNC), Registro REPS de PDVSA y Maestro de Proveedores de Bariven, S.A.; advertir expresamente, que la Corporación ni el país tolerarán maletineros, sobreprecios, ni sub contrataciones; asimismo dejar constancia suficiente que los precios, en cada caso se acordarán con base razonable, previas consultas documentadas, y con fundamento en los términos, condiciones, cantidad, calidad y tiempo de entrega, ventajosos para la Industria; asegurarse que la rectitud en la actuación para seleccionar proveedores y contratistas, puede ser verificada a través de procesos posteriores de los Auditores Internos y de la Gerencia Corporativa de Control Interno, entes que deben reforzar el monitoreo y las revisiones de los procesos de Contrataciones y Compras. Igualmente, revisar por tipos de activos, los niveles monetarios a delegar, de manera que no obstante la flexibilidad operativa, se actúe en el marco de métodos de trabajo racionales, disciplinados, sistemáticos y uniformes, signados por la rectitud e integridad en la administración de recursos”.

Detención del presidente de Bariven

El caso de la detención del presidente de Bariven derivó de una evaluación llevada a cabo por la organización de investigación adscrita a la Dirección Ejecutiva de Seguridad Integral de PDVSA, cuyos resultados, se incluyeron en un expediente que se remitió al Ministerio Público.

La Gerencia de Asuntos Penales, adscrita a la Consultoría Jurídica Corporativa de PDVSA, informó que tal como lo informara el Fiscal General de la República, Tarek William Saab, el 2 de noviembre de 2017, el presidente de Bariven, S.A. había sido detenido por presuntas irregularidades en los procesos de procura de bienes, según se refirió en el caso anteriormente mostrado.

Por estos hechos fueron aprehendidas otras dos personas a las ya referidas, por los delitos de asociación para delinquir y peculado doloso, a saber, el gerente de Servicios Técnicos y un analistas de compras.

También se informó sobre la detección de “10 mil millones de bolívares y 119 millones en moneda extranjera” en irregularidades en procesos de compras de materiales y equipos.

El comisario hace mención a las irregularidades cometidas identificadas, entre las cuales están, “la compra de tuberías a la empresa Liaoning, a saber: a) Orden de Compra 5100096822, con impacto económico por sobre precio estimado en USD 7.813.699,33 y b) Orden de Compra 5100097048, con impacto económico por efecto de sobre precio, estimado en USD 6.776.168,11, de conformidad con Informe elaborado por la gerencia de Ingeniería de Costos. Adicionalmente, existe una averiguación penal a través de la Fiscalía 63 N°MP-478147-2017 por el denominado caso Servicio de Ranurado a Tuberías Petroleras realizados por la empresa Ranurado de Tuberías Orinoco C.A., órdenes de compras 4800004828 y 480000482. Este caso al cierre del año 2017 se encontraba en fase intermedia y celebración de audiencia preliminar”.

El comisario principal de PDVSA, Silvestre Molero Torres, instó a reforzar el monitoreo y las evaluaciones de los procesos de compras a cargo de Bariven S.A., de las empresas mixtas y de Citgo, cuando compra por cuenta de PDVSA y sus negocios.

Igualmente, subrayó que los cargos efectuados por las empresas mixtas por concepto de insumos, materiales y equipos deben ser objeto de monitoreo, auditorías y evaluaciones, para certificar la idoneidad de las cantidades y precios imputados a procesos de costos de operaciones y/o inversiones.

En posteriores entregas seguiremos dando a conocer los casos de investigación adelantados por el despacho del Comisario Principal de PDVSA y reseñados en su informe 2017.

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Conozca los detalles de los contratos entregados por PDVSA con 10 mil por ciento de sobreprecio

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Sobreprecios en contratos de hasta 10 mil por ciento, la invención de tramas novelescas para justificar la evasión de los procesos licitatorios y hasta el robo de partes y seriales para enmascarar el robo de vehículos, forman parte de los casos investigados por la Oficina de Apoyo al Comisario.

Esta nota forma pare de la serie Casos investigación comisario PDVSA (II parte).

Maibort Petit / Venezuela al Día

Aún en las pésimas condiciones en que se encuentra Petróleos de Venezuela S.A. por la falta de inversión, la baja producción petrolera y el deterioro de su infraestructura, la empresa continúa siendo “un buen negocio” para quienes sólo ven en ella la fuente de enriquecimiento ilícito. Así se desprende del informe del Comisario Principal de PDVSA, Silvestre Molero Torres, para el año 2017, en el aparte de dedicado a los casos de investigación sobre irregularidades que sigue su despacho, bien de manera independiente o en conjunto con otros organismos del estado.

Foto: Maibort Petit

En esta segunda entrega hacemos mención a varios de los casos que han pasado bajo la lupa del citado funcionario, en los que el elemento común el sobreprecios de los contratos suscritos y en los procesos de compra, los cuales han significado enormes pérdidas para la estatal, por lo que Molero Torres enfatiza en la necesidad de limitar la modalidad de adjudicación directa de contratos solamente a los casos en los que se cumplen los supuestos legales de una verdadera emergencia para entonces proceder a admitir la adopción de esta figura que deja de lado los mecanismos de licitación a que obliga la ley.

Procura de bienes para la FPO

El comisario principal de PDVSA hace referencia en su informe al caso de los contratos con sobreprecios en la procura de materiales y servicios para la Faja Petrolífera del Orinoco bautizada con el nombre de Hugo Chávez por la administración de Nicolás Maduro.

Refiere Molero Torres que al cierre de 2017 el Ministerio Público informó acerca de la detención de cinco gerentes, de los cuales cuatro estaban adscritos a la empresa mixta Petropiar S.A., así como también fue aprehendido el exdirector ejecutivo de la Faja Petrolífera del Orinoco.

Ante las denuncias y evidencias documentales que revelaban las irregularidades en los procesos de procura de materiales y obtención de servicios en FPO, las organizaciones de control de PDVSA consignaron en febrero de 2017 las pruebas correspondientes ante las autoridades competentes, lo que derivó en la apertura de una investigación judicial y en la emisión de órdenes de detención contra los citados funcionarios de PDVSA.

Foto: Maibort Petit

Además de las acciones judiciales del Ministerio Público, la estatal abrió una investigación con recursos propios en la que participaron expertos externos bajo la tutela del Comité de Investigación de PDVSA.

Explica el informe que se identificaron las transacciones de procura y servicios que pudieran estar afectadas por posibles actos irregulares y sobre ese total se seleccionó una muestra representativa para ser analizada. También se revisaron expedientes, contratos, valuaciones, facturas, pedidos, cotización de precios, pagos y otros soportes relacionados con las transacciones, para identificar desviaciones y potenciales situaciones de excepción respecto a los criterios idóneos en la obtención de bienes y servicios. Se identificaron las posibles modalidades de fraude, brechas en los controles y actores, así como personas relacionadas con proveedores que posiblemente pudieran favorecer los sobreprecios. Se determinó el porcentaje de sobreprecios, el impacto monetario de estos y las perdidas en los resultados financieros de PDVSA. Se procedió con las inmediatas acciones judiciales y a promover el resarcimiento del daño patrimonial sufrido por la corporación.

La Consultoría Jurídica de PDVSA informó que las “procuras efectuadas, a través de sus agentes de compra ubicados en La Haya y Houston, en las que no se cuenta con suficientes fondos para la defensa, se han desplegado estrategias litigiosas de derecho procesal que no solo han logrado demorar la publicación de decisión desfavorable que posteriormente pudiera ser ejecutada forzosamente, sino que se logró que algunas partes demandantes desistan de los procesos judiciales/arbitrales iniciados”.

Molero Torres refiere en el reporte que también la Consultoría Jurídica de PDVSA informó de sus acciones para que la estatal sea incorporada al proceso penal con el carácter de víctima. También solicitó medidas cautelares contra los autores materiales de los hechos, tales como inmovilización de cuentas bancarias, inhabilitación de cargos en la empresa, prohibición de salida del país y de enajenar y gravar bienes. Igualmente otorgó poder a un escritorio jurídico para el ejercicio de acciones en el Principado de Andorra.

El comisario de PDVSA precisa en el informe que al cierre del año 2017 su despacho midió el efecto financiero y eventuales pérdidas de este y otros casos de investigación, para lo cual recabó información que lo llevó a establecer que estas se estimaban en USD 280 millones.

Molero Torres recomendó delimitar y cuantificar el alcance de la pérdida habida en el caso de procura de bienes y servicios de la Faja Petrolífera del Orinoco, “mediante esfuerzo coordinado entre la Gerencia Corporativa de Contraloría Financiera, la Dirección Ejecutiva de Auditoría Interna Corporativa, la Dirección Ejecutiva de Seguridad Integral, y la firma especializada en auditoría forense que atiende esta investigación; al efecto, se debe proceder a registrar la provisión a que hubiere lugar, a los fines de la correcta imputación contable y reconocimiento de la pérdida en la información financiera relacionada con los resultados del ejercicio 2017. Las indicadas coordinaciones se produjeron, con la activa participación de la Oficina de Apoyo al Comisario”.

Instó a identificar los esquemas usados para establecer la selección del proveedor y consiguientes sobreprecios y llamó a atender “las propuestas para aliviar obligaciones por pagar, mediante opciones tales como la conversión de deuda comercial a deuda financiera. Al efecto, en el caso de Bariven, S.A., la Consultoría Jurídica Corporativa, ha recomendado desarrollar un plan comercial dirigido a obtener convenios con los vendedores demandantes, que a su vez permitan desarrollar una estrategia para honrar deudas existentes que conlleve a la suspensión de los procesos judiciales/arbitrales activos y permita ahorrar recursos usados en la defensa de PDVSA y sus filiales”.

Caso Petropiar

El informe del comisario principal de PDVSA hace referencia al caso de investigación sobre la empresa mixta Petriopiar S.A., sobre el cual la Fiscalía General de la República, el 26 de octubre de 2017, indicó a través de su titular que los delitos cometidos “corresponden a órdenes de compra irregulares, entre las que figura una hecha a la empresa Servicios de Construcción y Mantenimiento Romara que presenta un sobreprecio de 10.000%”.

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Los implicados en las irregularidades ocupaban cargos de gerencia de compras para la atención de emergencias en la planta mejoradora de crudos.

Refiere que el caso es manejado por la Fiscalía 67° Nacional en Materia Contra La Corrupción, MP-257978-2017 en la cual se imputó al Gerente del Mejorador de Crudo Petropiar, S.A., al Gerente de Parada de Planta, a un Analista de Compras de la Planta José Antonio Anzoátegui-Producción, al Superintendente de Prevención, al Supervisor de Producción, a un Analista de Planificación-San Tomé y al Gerente General de Petropiar, S.A., por los delitos de peculado culposo propio, concierto de funcionario con contratista, asociación para delinquir y alteración de seriales de vehículos. La acción cursa en el Tribunal 37° en funciones de control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana-Distrito Capital y el expediente está identificado con el número 37C-18519-17.

Hace mención a que PDVSA, con miras a intentar acciones resarcitorias al daño patrimonial sufrido, promovió su incorporación al proceso penal para ser reconocida como víctima y solicitar medidas cautelares contra los autores materiales de los hechos, tales como inmovilización de cuentas bancarias, inhabilitación de cargos en la empresa, prohibición de salida del país y de enajenar y gravar bienes.

El Comisario Principal a través del memorando COM-2018-0022, fechado el 17 de abril de 2018, observó que el caso Petropiar evidencia la necesidad de reforzar las instrucciones ante presidentes de empresa, directores, gerentes y supervisores de PDVSA, sus filiales y empresas mixtas, las cuales sea imprescindible acatar en cuanto a la selección de proveedores, la cual ajustarse estrictamente a la Ley de Contrataciones Públicas.

Advirtió que en caso de flexibilización administrativa hay que establecer criterios precisos rectores “que uniformen el procedimiento, lo hagan transparente y con traza auditable. Destacar que las adjudicaciones directas solo proceden, cuando se cumplen los supuestos legales establecidos para admitir la figura de verdadera emergencia; en caso de adoptar esta modalidad, debe existir un involucramiento orientador de la alta gerencia, a objeto de evitar excesos con afectación patrimonial”.

Advierte que hay promover la constitución de comisiones de contratación con personal que actúe apegado a la ley y los procedimientos para abordar con eficiencia los procesos de contrataciones y compras en PDVSA, a objeto de propiciar idoneidad en la selección de ofertas efectivamente ventajosas para la corporación, en términos de precios, cantidad, calidad técnica, oportunidad de entrega y cumplimiento general de condiciones previstas.

Finalmente, Silvestre Molero Torres pidió determinar y contabilizar las pérdidas para proceder a hacer los registros contables que evidencien el impacto financiero de hechos irregulares conocidos y a seguir identificando las modalidades y prácticas a través de las cuales se ha vulnerado el control interno y proceder a fortalecer los procesos relacionados.

Caso Petrozamora

Entretanto, el caso referido a las imputaciones a trabajadores de Petrozamora, S.A., encierra toda una trama novelesca en la que se buscaba “crear una falsa emergencia para adquirir maquinaria y otorgar adjudicaciones directas a empresas previamente determinadas” de acuerdo a lo expresado por voceros del Ministerio Público.

Molero Torres explica que este caso está referido a situaciones de paradas de la producción que se llevaban a cabo en la empresa bajo el alegato de la existencia de daños ocasionados de manera intencional, de manera que se procediera a la apertura de concursos para contratar labores de reparación o mantenimiento.

La Fiscalía General de la República informó el 19 de diciembre de 2017 que el sabotaje a la producción de Petrozamora, S.A. había derivado en la detención de 17 funcionarios, entre ellos un exministro de Petróleo y expresidente de PDVSA, durante el año 2017. También se detuvo a un expresidente de la Corporación Venezolana del Petróleo, S.A. y directivos de la división Occidente de la filial PDVSA Petróleo, S.A. Además, se aprehendió al superintendente de tratamiento de crudo Occidente, a un técnico de laboratorio, a un técnico de movimiento de crudo, a un líder de contabilidad de crudo, a un superintendente de operaciones de tanque y a un representante del Ministerio del Poder Popular de Petróleo.

El caso se ventila en Fiscalía Sexagésima Tercera (63°) Nacional MP-359995-2017 y en el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 10 del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana del Distrito Capital, siendo el número de expediente el 10C20.122-17. Los imputados se le atribuyen los delitos de tráfico Ilícito de material estratégico con circunstancias agravantes, asociación, incumplimiento al régimen especial de las zonas de seguridad de la nación, obstrucción de la libertad de comercio, peculado doloso propio, peculado de uso, concierto de funcionarios con contratista y daños a la industria petrolera.

La Consultoría Jurídica de PDVSA solicitó la incorporación de la empresa al proceso penal con el carácter de víctima y la solicitud de medidas cautelares contra los autores materiales de los hechos, tales como inmovilización de cuentas bancarias, inhabilitación de cargos en la empresa, prohibición de salida del país y de enajenar y gravar bienes.

El despacho del comisario principal de PDVSA al cierre del año 2017 analizó los informes internos para registrar la correspondiente provisión contable del caso Petrozamora, S.A. contra los resultados financieros del referido ejercicio.

A través del memorando COM-2018-0022, de fecha 17 de abril de 2018, el comisario Molero Torres recomendó fortalecer los cuerpos auditores y contralores con mira evaluar suficientemente la ejecución de contratos, asegurándose de que las previas selecciones de contratistas y concertación de contratos de obras y servicios se correspondan con auténticas necesidades de la operación.

Instó a validar que los contratistas seleccionados lleven a cabo los trabajos y obras encomendadas de conformidad con las especificaciones que se le suministren. Crea pertinente el comisario que se deben reforzar los comités de recepción de obras dándoles participación activa que les permita certificar la idoneidad de las obras.

Igualmente subrayó la necesidad de reforzar las instrucciones a los presidentes de empresa, directores, gerentes y supervisores de PDVSA, filiales y empresas mixtas, para efectúen la selección de proveedores en el estricto marco de la ley de contrataciones, al tiempo que reiteró la advertencia de que las adjudicaciones directas se limiten a las verdaderas emergencias.

Desvalijamiento de vehículos de PDVSA

Otro caso de investigación referido por el comisario principal, Silvestre Molero Torres, en su informe, es el relativo a la denuncia que representantes de PDVSA formularon ante el Ministerio Público luego de advertir la modificación de seriales en los chasis y motores de los vehículos de la empresa. Estas y otras irregularidades derivaron en una investigación en conjunto con el Comando Nacional Antiextorsión y Secuestro de la Guardia Nacional Bolivariana.

Por estos hechos han sido privados de libertad cinco funcionarios de la División Carabobo de PDVSA por presumirse su responsabilidad en la alteración de seriales y extracción de partes motoras de vehículos de PDVSA. A saber, un analista de Control de Calidad, el supervisor de Talleres Externos, el superintendente de Mantenimiento Mayor, el supervisor de Mantenimiento de Flota y la líder de Administración de Flota Liviana.

A estas personas se les imputaron los delitos de peculado culposo en grado de coautoría y complicidad simple en desvalijamiento y alteración de seriales.

Foto: Maibort Petit

Explica el informe que los vehículos, bajo el pretexto de reparación, eran llevados a los talleres donde se le sustraían las partes y seles sustraían los seriales para colocárselos a carros reportados como robados o hurtados, con lo que legalizaban el libre tránsito de estos.

Esto se presentó en los campos de Morichal, Punta de Mata y El Furrial, estado Monagas, donde existían más de 600 unidades, entre camionetas y autobuses a los cuales se había afectado de la manera descrita.

El caso cursa en la Fiscalía 12° Contra la Corrupción de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, MP 222866-2017 y en el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 5 de la Circunscripción Penal del Estado Monagas con Sede en Maturín, siendo la causa la número NP-01-P-2017-008526. A los implicados se les imputan los delitos de peculado culposo y alteración de seriales, previsto y sancionado en el artículo 8 de la Ley de Hurto y Robo de Vehículo Automotor en perjuicio de PDVSA.

Los imputados son el Gerente General División Carabobo, el Subgerente de Logística, el Superintendente de Flota Liviana, el Gerente de Distribución y Transporte, el Supervisor de Mantenimiento, la Administradora de Flota Liviana y el Gerente Encargado de Mantenimiento.

El comisario recomendó mediante el memorado COM-2018-0022, fechado el 17 de abril de 2018, coordinar con las intervinieron en el caso la obtención información suficiente que permita cuantificar con precisión las pérdidas habidas con esta irregularidad identificada, a los fines de registrar y/o ajustar la provisión contable correspondiente.

Llevar a cabo el inventario general de vehículos de PDVSA y responsabilizar a las máximas autoridades de divisiones, distritos, refinerías y empresas mixtas para que expliquen las diferencias entre las unidades y los registros.

Asimismo insto a establecer normas que asignen responsabilidad a los gerentes de divisiones, distritos, campos, refinerías, empresas mixtas y negocios en general, quienes deben mantener controles administrativos sobre las unidades que les son asignadas.

Los vehículos en poder de terceros, enviados a reparación, deben ser controlados estrictamente en cada localidad.

Crear equipos especializados en los talleres de transporte y servicios generales para que revisen los casos de vehículos enviados a reparación y reporten la antigüedad excesiva sin el reintegro de la unidad. “Adicionalmente, se debe ejercer control de calidad sobre las reparaciones de vehículos devueltos a PDVSA o filiales desde los talleres, bajo la condición de reparados; al efecto, debe designarse personal experto para realizar tales inspecciones en la calidad de las reparaciones y de los repuestos instalados; en el caso de los cauchos, se deben troquelar y ejercer control sobre la periodicidad en los cambios habidos en cada unidad, basados en los estimados razonables de desgaste operacional”.

Silvestre Molero Torres llama a organizar el control de los activos fijos de la PDVSA con arreglo a la Ley Orgánica de Bienes Públicos y las organizaciones que permitirán el debido control de los actos de obtención, registro, administración, custodia, mantenimiento, retiro y disposición de activos operacionales.

El comisario denunció que en PDVSA existe un manifiesto atraso en la implementación del mandato de la Ley en referencia, “lo cual explica en alguna medida el arrume de vehículos u otros activos de cualquier condición en lugares inapropiados, sin que se generen acciones para la custodia, mantenimiento y/o disposición autorizada de bienes”.

Pago por alquiler de buques y gabarras inactivos

El sonado caso del barco fantasma de PDVSA también fue reseñado en el informe del comisario Silvestre Molero Torres, quien alertó de que son varias las irregularidades detectadas con buques y gabarras.

El alquiler de la plataforma Abam Pearl, el buque taladro Songa Saturno y la unidad Neptune Discovery S.A. anunciados desde la presidencia de la corporación y el ministerio de Petróleo el 25 de noviembre de 2010 como adquisición de la empresa mixta PDVSA Petrosaudi, S.A. significaron enormes pérdidas para la nación.

Precisó, con base a lo afirmado por el Ministerio Público, que el buque Petrosaudí Saturn, fue alquilado para operar por un periodo de siete años, permaneciendo el 60 por ciento de este tiempo totalmente inactivo, habiéndose pagado el cien por ciento del costo del alquiler.

Molero Torres establece en el informe que el impacto financiero al cierre de 2017 era de USD 593 millones “por gastos imputables a pérdidas, asociados a las operaciones de proyectos Costa Afuera de la filial PDVSA Petróleo, S.A., y que incluyen la Plataforma Abam Pearl, el Barco-Taladro ‘Neptune Discovery’ y la Plataforma ‘Petrosaudi Saturn’”.

El comisario deja sentado que en estos casos se establecieron responsabilidades desde el punto de vista judicial, habiéndose determinado que para consumar la irregularidad hubo consentimiento y colusión para pagar arrendamientos o servicios, sin que previamente hubieran sido prestados. Indica que se delimitó y cuantificó el costo de los arrendamientos pagados, habiéndose librado orden de aprehensión por parte del Ministerio Público en diciembre de 2017, contra seis gerentes adscritos a la Vicepresidencia de Exploración & Producción de PDVSA, por su vinculación con el caso del barco “Petro Saudi Saturn”, que se alquiló el año 2010 para la explotación de gas Costa Afuera.

PDVSA emprendió diversas acciones, según asegura el comisario Molero Torres, entre las que refiere en el informe la demanda por facturas pagadas aun cuando estaban objetadas, así como por daños y perjuicios. Igualmente se ordenó la suspensión de pago de facturas por tasa de taladro y se pidió el reconocimiento de notas de crédito. Se acometieron también varias medidas cautelares para suspender el pago de facturas por tasa taladro y se impidió el pago de facturas a través de la carta de crédito.

Hace referencia a que la Consultoría Jurídica de PDVSA informó ante la Oficina de Apoyo al Comisario Principal de PDVSA que “En el Caso contra Petrosaudí, S.A., fue dictado el Cuarto Laudo Parcial, en el cual pese a no haber obtenido todos los puntos demandados, el Tribunal obligó a la contratista a reconocer una Carta de Crédito por aproximadamente 65 millones de dólares, que serán imputados a las facturas que se estimen procedentes, luego que hayan sido decididas las disputas entre las Partes. Se logró medida cautelar que mantiene en un fideicomiso, aproximadamente 200 millones de dólares, a la espera del Laudo final”.

Molero Torres concluye que “se ha estado en presencia de una situación de sobreprecio en la contratación de embarcaciones”.

El Comisario a través del memorando COM-2018-022, de fecha 17 de abril de 2018, advirtió que ƒ PDVSA “debe ventilar ampliamente las contrataciones de buques y gabarras destinados a la operación, apoyándose en el conocimiento de las empresas a nivel mundial que mantiene la Vicepresidencia de Comercio y Suministro, de manera de evitar que la sola vicepresidencia de Exploración y Producción, maneje transacciones, vía adjudicación directa de equipos, obsoletos, e ineficientes, no aptos para las operaciones exigentes de la industria petrolera, y que al mismo tiempo se asegure de imprimir transparencia a la selección de las empresas y equipos a contratar para las Operaciones Acuáticas y Costa Afuera de PDVSA”.

Molero Torres propone que la referida coordinación se establezca a través de un comité técnico para la obtención de buques y gabarras. Este ente debe definir la idoneidad de equipos con vida útil y los debidos registros de empresas constituidas, propietarias de dichos equipos que se ofrecen en arrendamiento, para “evitar la figura de intermediarios o improvisados representantes de negocios, que suelen medrar al amparo de ambientes empresariales débiles en aspectos éticos y de control”

Este Comité Técnico para la Selección de Buques y Gabarras —se pronuncia finalmente Silvestre Molero Torres— debe invitar a miembros de los cuerpos auditores y contralores de PDVSA, así como un representante de la Dirección Ejecutiva de Auditoría Interna Corporativa y de la Dirección Ejecutiva de Seguridad Integral para llevar a celante los procesos de selección.

Puerto Miranda

Una grave situación de deterioro en las instalaciones de bombeo y almacenamiento de crudo y combustible en Puerto Miranda, estado Zulia, llevó al Ministerio Público a detener a quince personas en noviembre de 2017, entre ellas cuatro gerentes de alto rango en PDVSA. La Fiscalía informó que los sujetos aprehendidos serían responsable de situación de las instalaciones.

Las autoridades presumen la apropiación indebida de materiales, de equipos y petróleo.

Los detenidos son el Gerente de Coordinación Operacional, el Gerente de Mantenimiento de Coordinación Operacional, el Gerente de Desarrollo y El Gerente de Control de Calidad y Laboratorio de Coordinación Operacional. También han sido imputados cuatro aforadores, seis funcionarios del Servicio Autónomo de Metrología e Hidrocarburos (SAMH). Otras dos personas están siendo solicitadas.

El comisario Molero Torres a través del memorando COM-2018-0022, de fecha 17 de abril de 2018, propuso establecer las coordinaciones al más alto nivel para cuantificar las pérdidas habidas con motivo de la actuación de los ciudadanos imputados con responsabilidad en el estado de deterioro de las instalaciones en Puerto Miranda.

Instó a reconocer el impacto de tales pérdidas en los resultados financieros del año 2017.

Igualmente advirtió que es responsabilidad de la Vicepresidencia de Producción y Exploración de PDVSA diagnosticar el estado de deterioro de instalaciones y condiciones deplorables que se observan en las diversas plantas operativas por la desinversión habida durante los últimos años y por la insuficiencia de recursos, particularmente en divisas, para llevar a cabo el mantenimiento de dichas instalaciones.

Sobrevaloración de precios de tuberías

Finalmente en esta entrega hacemos mención al caso de investigación acerca de la sobrevaloración en precios de tres empresas fabricantes de tuberías que, desde el año 2010 es objeto de averiguaciones dadas las objeciones por los criterios reconocidos en la fundamentación del importe determinado por las compañías encargadas de las valoraciones de activos para estimar el monto de compra por parte de PDVSA.

Foto: Maibort Petit

En informe del comisario principal de la estatal refiere que pese a que estos asuntos fueron investigados, existe incertidumbre del nivel de avance de la judicialización de los mismos y el reconocimiento contable de la pérdida.

Las investigaciones apuntan a las empresas Venezuelan Heavy Industries, C.A. (VHICOA), Soldaduras y Tuberías de Oriente, C.A. (SOLTUCA), y Tuberías Helicoidales, C.A. (TUBHELCA) y están a cargo de la Dirección Ejecutiva de Seguridad Integral, a través de su Gerencia de Asuntos Internos.

Explica Silvestre Molero Torres que la premisa en la nacionalización de operaciones conexas con la industria petrolera se sustentaba en la compra de los activos, los cuales serían pagados a su valor en libros, en función de su costo de origen y el nivel de depreciación acumulada. Apunta que en algunas de las empresas invocaban su derecho a aspirar un resarcimiento que reconociera el valor presente neto de los activos y proponían que se les pagara en función de los flujos monetarios potenciales que esos activos serían capaces de producir a futuro. Este último criterio financiero prevaleció en la valoración y pago de los activos de algunas empresas de tuberías.

El comisario a través del memorando COM-2018-0022, de fecha 17 de abril de 2018 recomendó que el Comité de Auditoría, conjuntamente con la Dirección de Seguridad Integral examine la documentación existente en torno a las valoraciones de las empresas de tuberías para establecer la razonabilidad del monto pagado en divisas y bolívares. Advierte que en caso de incumplimiento de las premisas que debieron fundamentar el valor a pagar, se deben establecer los sobreprecios, identificar responsabilidades, promover acciones judiciales inmediatas y, especialmente, registrar contablemente las pérdidas determinadas.

Finalmente, Molero Torres insta a que Consultoría Jurídica de PDVSA acometa las acciones pertinentes que deriven en el resarcimiento patrimonial de la corporación dadas las pérdidas ocasionadas en el proceso de valoración de los activos y fijación del precio pagado por la estatal.

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Los irregulares casos de investigación denunciados por el comisario principal de PDVSA (Parte III)

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En esta tercera entrega presentamos una serie averiguaciones a cargo de Silvestre Molero Torres, quien a lo largo de un extenso informe detalla, entre otros asuntos, un conjunto de irregularidades e ilícitos que tuvieron lugar en el seno de la principal industria venezolana y que derivaron en la pérdida de miles de millones de dólares del patrimonio nacional.

Maibort Petit / Venezuela al Día

El informe correspondiente al año 2017 presentado por el comisario principal de PDVSA, Silvestre Molero Torres, da cuenta de una serie de irregularidades cometidas en el seno de Petróleos de Venezuela S.A. con gran afectación del patrimonio de la estatal. En esta tercera y última entrega damos cuenta de los casos de investigación adelantados por la Oficina de Apoyo al Comisario en conjunto con otros organismos de la misma industria, así como con instituciones jurisdiccionales, los cuales versan sobre manipulación de los factores con que se calculan los precios de los crudos de exportación, el absoluto descontrol en el manejo de la oficina de PDVSA Gas en Colombia con manejo discrecional de los recursos asignados a este despacho, otorgamiento de contratos irregulares, pago de comisiones y lavado de dinero, vinculación de la estatal y sus filiales con la cuestionada empresa brasileña Odebrecht y una trama que permitió la conversión irregular de deuda contraída en bolívares a dólares.

Foto: Maibort Petit

Entre las observaciones y recomendaciones formuladas por el funcionario, destaca la de realizar una auditoría a los procesos de procura con China. Con el objetivo de establecer y conocer en detalle el trabajo desarrollado por el equipo de PDVSA que desde hace varios años se encuentra en Pekín en labores de “catalogar las más importantes empresas fabricantes y comercializadoras de suministros de la República de China”. Para Molero Torres es importante evaluar si dichos trabajos satisfacen lo establecido en las normas y procedimientos empleados en la selección de proveedores, así como determinar la composición accionaria de esas empresas proveedoras al país de mercancía de origen chino.

Caso de la oficina de PDSA en Viena

El comisario principal de PDVSA, Silvestre Molero Torres, hace referencia en su informe 2017 al caso referido al desfalco a la industria a través de una trama consistente en la manipulación del llamado Factor K y de los escaladores AGA por parte de los encargados de la Oficina de Inteligencia de Mercadeo y Política Petrolera de Viena de la estatal. La acción trajo como consecuencia importantes reducciones en los precios de los cargamentos de crudo desde el año 2009 al 2017.

Foto: Maibort Petit

Molero Torres informó a través del memorando COM-2018-0022, de fecha 17 de abril de 2018, que en la fórmula de los precios de los crudos pivotes de exportación, a saber, el Santa Bárbara, Boscán, Mesa 30 y Merey 16, se aplican dos elementos, uno, el ajuste por gravedad °API y contenido de Azufre del crudo denominado Escalador “AGA”, y dos, el Factor “K”. Este último tiene que ver con la situación actual en el mercado petrolero mundial que incluye las variaciones dadas en las condiciones sociopolíticas y coyunturales prevalecientes en el puerto de destino de los cargamentos.

Hace mención que al cierre del informe, ya el Ministerio Público daba cuenta de que la exdirectora de la citada oficina se había declarado culpable, habiéndose dictado una sentencia para que pagara cinco años y ocho meses de cárcel por su participación en la alteración en las bases para la determinación de precios del crudo comercializado y exportado al exterior.

Se trataba de una trama de corrupción compleja consistente en la manipulación de los referidos componentes que se utilizan para calcular el precio de los crudos venezolanos ocasionando grandes pérdidas a la nación.

Se explica en el informe que la empresa JBC Energy y la oficina de Viena “subvaloraron el Factor ‘K’ del crudo mediano y pesado venezolano” por lo que se perdió competitividad en el mercado y los clientes perdieron interés en comprar. La Oficina nunca actuó legalmente contra dicha empresa, y por el contrario, continuó contratando sus servicios. Ante esta situación el Ministerio Público propuso llevar a cabo una auditoría del período 2009-2015.

Molero Torres advierte la necesidad de profundizar en establecer las pérdidas adicionalmente a las auditorías realizadas, subrayando que con la data disponible para ese momento era un elemento de referencia “para la estimación de la provisión por pérdidas que requiere el ajuste a los resultados financieros de PDVSA de años anteriores y la porción de cuanto aplique a los resultados del año 2017”. Llamó a determinar la existencia de soportes documentales sobre contratos concretos beneficiados con fórmulas de precios en los cuales se hubiera manipulado el Factor K, y el Escalador “AGA”, en términos desventajosos para PDVSA y de “existir papeles de trabajo internos que señalen la existencia de la subestimación referida, o potenciales casos de sobreestimación de ambos conceptos, igualmente producidos con intencionalidad dolosa; es posible entonces estimar con cierto fundamento la propuesta de ajuste de la materialidad financiera resultante del impacto causado por el hecho investigado, como complemento del impacto material revelado en los papeles de trabajo y expedientes que reposan en el Ministerio Público y que han determinado un alcance de pérdidas por un monto de MMUS$ 4.800”.

Se indica que el riesgo de subvaloración de los precios de venta de crudos de exportación por las circunstancias descritas, calculados por una empresa desde el extranjero exponía “la indispensable confiabilidad, confidencialidad y soberanía que debe ser ejercida sobre la información relacionada con precios de los crudos venezolanos. Esta situación de riesgos, referida a la utilización del Factor “K” fue reportada en el informe de Auditoría interna, con referencia N° CNI-INT-P-2010-023, emitido en diciembre de 2010. Igualmente, fue reportado por la Gerencia Funcional de Auditoría que atiende las Ventas de Exportación y otros Negocios Internacionales, ante la Dirección Ejecutiva de Auditoría Interna Corporativa en agosto de 2015”.

Precisa el informe que en enero de 2018 la Oficina Para la Determinación de Precios de Crudos de Exportación (ODPCE), adscrita al Ministerio del Poder Popular de Petróleo, en Caracas, asumió la tarea de determinar el precio de crudos de exportación y sin la injerencia de la empresa JBC Energy ni de la Oficina de PDVSA en Viena.

El Comisario Principal de PDVSA alertó acerca de la importancia de una adecuada coordinación con el Ministerio Público que coadyuvaría a determinar si existen casos específicos de la modalidad utilizada para forzar elementos matemáticos que mermaran el verdadero valor del Factor “K” y del Escalador “AGA” también permitiría conocer si están identificadas transacciones con contratos específicos que eventualmente han beneficiado a terceros.

Silvestre Molero Torres indicó que al cierre de 2017, con base a diversa documentación, trabajó para establecer las posibles afectaciones contables por manipulaciones en el cálculo de los conceptos en referencia.

A través del memorando COM-2018-0022 fechado el 17 de abril de 2018, recomendó coordinar desde el Comité de Auditoría de PDVSA, con el auxilio de la nueva administración de la Oficina Para la Determinación del Precio de Crudos de Exportación y la Vicepresidencia de Comercio y Suministro, la labor de levantar todo el marco teórico para “analizar y establecer las bases de la formulación del precio del crudo producido en territorio nacional, medir riesgos en la elaboración de estos precios y asimismo evaluar la salvaguarda de soberanía en tal formulación. Asimismo, determinar bases metodológicas que permitan estimar las pérdidas y los registros contables, contra los resultados del ejercicio 2017”.

Instó a conformar equipos de trabajo con especialistas en la formulación de precios, a los fines de realizar una auditoría forense que permitiera examinar la razonabilidad de precios calculados, con base en todos los elementos que participan en su formulación, con énfasis especial en la incidencia del Escalador “AGA” y del Factor “K”.

Asimismo, pidió llevar a cabo una reunión de alto nivel, incluyendo al Ministerio Público que facilitara la gestión de la data e información necesaria para estimar y conciliar las pérdidas generadas por efecto de los casos de sobre o sub estimación del Factor “K”, y del Escalador “AGA”.

Soberanía y control interno en la determinación de precios del crudo

El Comisario Principal de PDVSA solicitó a la nueva administración de la Oficina Para la Determinación de Precios de Crudos de Exportación que indicara las acciones de control interno adoptadas para asegurar el ejercicio pleno de soberanía en el proceso de fijación de precios del crudo exportado de modo de asegurar la idoneidad e integridad en las variables ajustables en las que existen riesgo de manipulación como son el Escalador “AGA” y el Factor “K”.

En tal sentido, la referida oficina emitió un informe complementario a las reuniones previas mantenidas con el despacho del comisario Molero Torres en las manifestó que desde enero de 2018 “Venezuela ejerce su soberanía” en el proceso de fijación de precios del crudo de exportación. Agregó que ahora el cálculo del precio del petróleo se hacía desde Caracas.

El informe del comisario hace una larga explicación acerca de los procesos llevados a cabo por la nueva administración de la ODPCE.

Silvestre Molero Torres concluye que las manipulaciones denunciadas y subsiguientes investigaciones conducidas durante el año 2017 llevaron a decidir el cierre de la Oficina de PDVSA en Viena, Austria, la cual había estado dirigida por el exdirector de PDVSA, Bernard Mommer y su grupo familiar. También se prescindió de los servicios de la empresa consultora JBC Energy que le prestaba apoyo a dicha dependencia.

Informó el comisario que las investigaciones sobre este caso manejado por el Ministerio Público continúan y precisó que existen personas identificadas con plena responsabilidad sobre estos hechos y han sido imputadas con los cargos pertinentes.

Caso de PDVSA Gas en Colombia

Otro caso referido en el informe del comisario Molero Torres es el que corresponde a una investigación desarrollada en 2016 por su despacho en coordinación con Dirección Ejecutiva de Seguridad Integral con relación a PDVSA Gas sucursal Colombia, donde recomendaba hacer un seguimiento a las mejoras de control interno con su casa matriz PDVSA Gas S.A.

Indica el reporte que la exgerente general de la Sucursal PDVSA Gas Colombia cometió innumerables irregularidades durante su gestión, entre ellas las que enumeró la identificación de una cuenta personal del tipo Swift a su nombre en el Helm Bank en Panamá, donde recibió cobranzas por USD 112,9 millones provenientes de un transitorio convenio de suministro de combustibles de PDVSA con Ecopetrol, en Colombia, el cual estuvo vigente entre los años 2011 y 2013.

Foto: Maibort Petit

Subraya el comisario que en la contabilidad ni en la administración de la sucursal, como tampoco en los controles de la Tesorería Corporativa de PDVSA, había registros sobre estos ingresos.

También se identificaron contratos que fueron pagados, sin que existieran evidencias tangibles de que se hubieran prestado efectivamente los servicios que ellos conllevaban.

Da cuenta del arrendamiento de vehículos facturado sin evidencias efectivas del servicio recibido, con el agravante de la presencia del conflicto de interés con el Gerente de Asuntos Públicos de la Sucursal, PDVSA Gas Colombia, funcionario contratado a través de la figura de honorarios profesionales era el propietario de la arrendadora de vehículos fantasmas, y devenido en poderoso contratista de la organización, al punto de que convirtió en onerosos contratos, el objeto de su trabajo en la sucursal.

Entre otras irregularidades se evidenciaron donaciones no autorizadas por montos significativos, extralimitaciones en el uso de una tarjeta de crédito corporativa auto aprobada, destrucción de los registros y archivos de cuentas personales financiados por PDVSA, viajes a Rio de Janeiro, Nueva York y Viena para actividades ajenas a las operaciones del gasoducto, autoliquidación de prestaciones sociales pagada en divisas que normativamente no procedía, lujosas propiedades en ambos países.

Asimismo, la funcionaria figura entre los ciudadanos venezolanos con fondos depositados en la Banca Privada de Andorra y su nombre aparece entre las personas investigadas por la Comisión Rogatoria enviada a Venezuela el 22 de mayo de 2015, a instancias de una investigación del Departamento del Tesoro de los EE. UU., sobre esa institución bancaria y el lavado de dinero.

El Comisario Principal de PDVSA en junio de 2016 consignó el Informe con referencia COM-0059-2016 en el que reporta sobre los resultados de su investigación sobre la citada funcionaria y en el memorando COM-2018-0022, de fecha 17 de abril de 2018 recomendó profundizar las investigaciones sobre la Sucursal PDVSA Gas Colombia que asegure la supervisión directa de parte de las autoridades de la filial PDVSA Gas, S.A. sobre dicha sucursal, “entendiendo que las delegaciones de autoridad no pueden ser absolutas; que se debe presentar debidas cuentas de la gestión cumplida ante las autoridades de la Casa Matriz; al tiempo de requerirse la actuación regulatoria de la alta dirección de la función Gas sobre las transacciones principales de ese negocio, y asimismo se necesita la presencia de las autoridades funcionales de PDVSA, relacionadas con los procesos Tesoreros, Contabilidad, Recursos Humanos, Asuntos Públicos y Seguridad Integral, así como del apoyo técnico, en lo que se refiere a la administración de la operación del Gasoducto Transcaribeño Antonio Ricaurte”.

Molero Torres subraya que las exportaciones de PDVSA a Colombia deben hacerse apegadas a las normas de control interno estipuladas por la corporación para manejar sus negocios. Por tanto, “las eventuales facturaciones por ventas de combustibles, lubricantes o cualesquiera productos al citado país, debe efectuarse a través de las filiales Commerchamp, S.A y Commercit, S.A., encargadas de estos procesos; asimismo, tales facturaciones deben ser cobradas a través de las cuentas bancarias recaudadoras de divisas por ventas al exterior, bajo el riguroso control de la Tesorería Corporativa de PDVSA. Esta recomendación es válida para todas las exportaciones de PDVSA”.

Caso Cuferca

Otro caso investigado por el despacho de Silvestre Molero Torres fue el relacionado con la empresa Cuferca, propiedad de Carlos Esteban Urbano Fermín, también bajo la lupa de la fiscalía que derivó en le detención del susodicho por el fiscal 6° de control de Barcelona, estado Anzoátegui, acusado de los delitos de asociación para delinquir, legitimación de capitales y concierto de funcionario con contratista. Esto en razón de la suscripción de contratos irregulares y con sobreprecios, entre ellos la transformación de deudas contraídas en bolívares a dólares americanos, pero a la antigua tasa de Cadivi de 10 Bs. por dólar lo que le permitió que “con menos bolívares se obtuvieron más dólares”. Han trascendido, deficiencias tales como disposición de equipos viejos, en mal estado, alta inoperatividad que generaron prácticamente la paralización de las contrataciones de servicios y que por ende afectaron la producción de la Faja, al menos durante un lapso importante.

El caso Cuferca está a cargo de la Fiscalía 11 Nacional con Competencia Contra la Corrupción, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales, con el expediente identificado con el número MP-384806-2017, y cursa en el Tribunal 52 de Control Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana-Distrito Capital con el número de expediente 52C-18.150-17. El imputado es Carlos Esteban Urbano Freites, Cédula de Identidad N° V-12.980.368.

Molero Torres refiere en el informe que en fecha 31 de enero de 2018 remitió ante la Directora Ejecutiva de Tesorería Corporativa de PDVSA, el Punto de Cuenta, con referencia COM-2018-007, solicitando información aclaratoria que explicara y fundamentara una operación contratada en bolívares, y posteriormente, convertido su pago a dólares americanos, evento que constituye la causa por la cual la firma Rodríguez Velázquez & Asociados-KPMG, ha mantenido la decisión de “Abstención de Opinión” sobre los estados financieros de la referida filial. La firma auditora argumentó que a la fecha no habían recibido la documentación de soporte suficiente y competente, del pago realizado por PDVSA Petróleo, S.A., con cargo a la filial ya referida, por un monto de USD 28.776.255,44, a favor de la empresa Constructora Urbano Fermín, C.A (CUFERCA), cuando en el contrato respectivo, se contemplaba el pago únicamente en bolívares, sin que antes ni posteriormente al pago, se hayan consignados soportes que sustenten tal desembolso en divisas.

Luego de detallar la serie de operaciones llevadas a cabo por Cuferca, el comisario refiere que mediante el memorando COM-2018-0022, de fecha 17 de abril de 2018 recomendó que las posiciones gerenciales se promueva personal que además de su preparación técnica y dominio de pericias requeridas en la operación específica a su cargo, exhiban probada excelencia ética, fortalezas morales y compromisos patrióticos.

Instó a que se definan criterios rectores en materia de contratación, que obliguen a actuar en el marco de la Ley de Contratación, la regularización del concurso de oferta y la selección de aquella más ventajosas a los intereses de PDVSA y sus filiales.

Llamó a establecer protocolos exigentes para admitir las contrataciones a través de las adjudicaciones directas, siempre en el marco de la ley advirtiendo que las excepciones, deben ser tutoradas por la alta gerencia, bajo criterios rectores e instrucciones precisas, racionales y uniformes.

Pidió delimitar y cuantificar las pérdidas y considerar el resarcimiento al patrimonio de PDVSA y solicitó registrar contra los resultados financieros del ejercicio 2017, las pérdidas establecidas en el caso Cuferca.

Caso Banco Espíritu Santo en Portugal

El Banco Espíritu Santo que anunció su quiebra en julio de 2014, manejaba una parte importante de las cuentas de cobranzas por ventas de crudos de PDVSA a mercados distintos a los Estados Unidos de América. Tal circunstancia lo convirtió en un banco pagador de relevancia, especialmente por operaciones de compras de insumos y suministros petroleros.

Se conoció en julio de 2017 sobre eventuales casos de triangulaciones entre PDVSA, bancos españoles y el Espíritu Santo Bank y las autoridades de PDVSA, lo que motivó una investigación, “con el objetivo de determinar la existencia de fraude contra la Corporación, así como por la posibilidad de hacerse parte querellante para lograr el resarcimiento económico que corresponde por los daños sufridos”.

Foto: Maibort Petit

“Entre los asuntos relevantes del Espíritu Santo Bank en relación con la República Bolivariana de Venezuela, ha trascendido una operación, por 365 millones de dólares en bonos perpetuos en el referido banco, con cuya quiebra, tales bonos tendrían deteriorado su valor; también ha referido la información sobre inversiones en notas estructuradas. Con la quiebra e intervención del Espíritu Santo Bank, parte de estas inversiones, derivaron en el Novo Bank, entidad que no había asumido las previas garantías del pago de los 365 millones de dólares en bonos; algunos voceros indican pérdidas imputables a PDVSA y otros aclaran que las eventuales pérdidas corresponderían a instituciones tales como Bandes y Fonden; en todo caso las autoridades de PDVSA y del país, deben continuar con las investigaciones de las diversas implicaciones que han tenido las operaciones de PDVSA y de la República, con operaciones realizadas a través de la referida institución bancaria”, refiere el informe del comisario principal de PDVSA.

Silvestre Molero Torres instó a que el Comité de Auditoría de PDVSA en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Seguridad Integral, la Dirección Ejecutiva de Auditoría Interna Corporativa y la Consultoría jurídica coordine que analice la relación de PDVSA con las operaciones manejadas por el Espíritu Santo Bank para determinar el alcance de eventuales pérdidas para estatal.

“En caso de identificar eventuales pérdidas que afectan a la Corporación, proceder a establecer las bases que la fundamentan, a los fines de cuantificarlas y registrarlas contra los resultados financieros del negocio”, recomienda el comisario.

Caso Odebrecht

Hace mención el comisario Silvestre Molero en su informe que la Corte Nacional de Justicia de Ecuador solicitó ante la Policía Internacional (Interpol) la localización de un ciudadano venezolano que se habría lucrado con los sobornos de Odebrecht. Se trata de quien se desempeñó como gerente técnico de la Refinería del Pacífico y luego como director de PDVSA Ecuador, S.A. quien es acusado de recibir sobornos y comisiones entregadas por el departamento de Operaciones Estructuradas de Odebrecht a ciertos funcionarios a cambio de la adjudicación de contratos en dicha Refinería del Pacífico. Esto habría ocurrido entre los años 2012 y 2013.

Precisa que PDVSA contrató los servicios de una firma especializada en auditoría forense para supervisar el progreso del caso en los tribunales ecuatorianos y para que practicara una auditoría e investigación interna sobre las irregularidades mencionadas.

Molero Torres insta a determinar impacto económico del caso investigado sobre PDVSA, e identificar a otras personas involucradas. Iniciar acciones legales para procurar resarcir los posibles daños causados a PDVSA, incluyendo la solicitud ante los tribunales ecuatorianos para que PDVSA se presente en la condición de víctima en el proceso penal, lo que además permitirá presentar argumentos de descargo para limitar o eliminar cualquier investigación o responsabilidad de PDVSA.

El comisario indica que el Comité de Auditoría de PDVSA deber hacer seguimiento sobre los resultados de las investigaciones en Ecuador encomendada a la firma de auditoría forense para establecer el alcance de las irregularidades.

También debe preparar un informe sobre los resultados de las auditorías practicadas por el caso de sobornos y cobro de comisiones al ejecutivo venezolano por parte de la empresa Odebrecht.

Caso de la BPA

El informe del comisario principal de PDVSA se remite al caso de la Banca Privada de Andorra y el Banco de Madrid en el que están involucrados altos cuadros gerenciales del sector eléctrico y de los hidrocarburos en Venezuela.

Explica que caso se refiere a que la BPA fue utilizada por varios grupos económicos de Venezuela para recibir pagos de contrataciones con empresas estatales venezolanas incluida PDVSA y sus filiales, así como para pagar comisiones a exfuncionarios de dichas empresas que mantenían cuentas en la BPA o que eran propietarios de empresas instrumentales que recibieron pagos vía la BPA.

Insertar Imagen Casos investigación Comisario PDVSA 5

Por las cuentas en el BPA habrían pasado dineros provenientes de varios fraudes y operaciones de dudosa procedencia entre ellos el protagonizado por Roberto Rincón y Abraham Shiera relacionado con la procura de Bariven, operaciones de préstamos a cambio de divisas suscritas por PDVSA, los contratos otorgados a diversas empresas chinas contratistas de PDVSA y de exfuncionarios gubernamentales.

Entre los señalados están Roberto Rincón, Nervis Villalobos, Javier Alvarado, Rafael Reiter, Diego Salazar, Omar Farías Luces. “Los depósitos efectuados en la BPA a nombre de los citados ejecutivos, entre otros, correspondían a importantes comisiones recibidas de quienes recibían contratos de PDVSA y otras empresas estatales venezolanas”.

Silvestre Molero Torres refiere la importancia de auditar “todas las contrataciones de la Corporación y sus filiales con las empresas y protagonistas implicados en operaciones con la BPA, así como con empresas propiedad de las personas físicas implicadas en operaciones con la BPA. Igualmente, interponer acciones legales en el extranjero contra las personas físicas y empresas que se beneficiaron de operaciones fraudulentas en perjuicio de PDVSA y sus filiales, incluyendo la ampliación de la querella en curso en España al cierre del año 2017, para designar como acusados a las personas que recibieron pagos a través de la BPA y que mantienen bienes en España o que participaron en la trama criminal del empresario Roberto Rincón y el fraude con sobreprecios en los procesos de suministro de materiales a PDVSA”.

El Comisario Principal de PDVSA a través del memorando COM-2018-0022, de fecha 17 de abril de 2018 recomendó redoblar las coordinaciones entre el Comité de Auditoría y la Consultoría Jurídica Corporativa de PDVSA para darle mayor eficiencia a las reclamaciones y al reconocimiento como víctima tanto de PDVSA como de la nación, con miras a lograr el resarcimiento del daño patrimonial.

Molero advierte que deben confirmarse y registrarse las pérdidas por causa de alguna operación con afectación patrimonial y cuyos valores monetarios, han sido depositados en la Banca Privada de Andorra.

Igualmente pide realizar una auditoría a los procesos de procura con China para revisar el trabajo a cargo del equipo de PDVSA, que desde hace varios años, ha tenido sede en Pekín en labores de “catalogar las más importantes empresas fabricantes y comercializadoras de suministros de la República de China; igualmente la evaluación debe satisfacerse de la razonabilidad de los procedimientos, empleados en la selección de proveedores, y averiguar asimismo la composición accionaria de esas empresas proveedoras al país, de mercancía de origen Chino”.

Caso sobre la conversión en dólares las deudas en bolívares

Finalmente, entre otros casos, Silvestre Molero Torres hace mención al caso que involucra altos niveles gubernamentales y corporativos referido a transacciones manejadas por altos ejecutivos de PDVSA y de la empresa privada, quienes conspiraron para forzar el pago de deudas originalmente contraídas en bolívares en dólares.

El comisario precisa que usando la figura técnica de divisas preferenciales un grupo de jóvenes empresarios obtuvo USD 1.200 millones otorgados por el Estado o por PDVSA. “Otras situaciones igualmente corruptas producen actos legales que convierten en divisas, deudas contraídas en bolívares. Uno de estos casos tiene que ver con la empresa Cuferca cuya negociación pactada en bolívares y fue pagada en dólares.

Foto: Maibort Petit

“Se debe colocar de relieve el caso emblemático que ha sido reseñado, en cuya trama, aparecen las empresas Eaton Global (Eaton Global Services, Ltd.), y a la empresa Rantor Capital, C.A., siendo, esta última, una empresa de maletín, usada para la operación de financiamiento a PDVSA por el orden de 7.200 millones de bolívares, operación ocurrida el 17 de diciembre de 2014; posteriormente, la empresa Rantor C.A., efectuó una cesión de crédito a la empresa Eaton Global; el resultado de los acuerdos y acción perversa del poder de decisión interno corporativo, determinó, que aquellos bolívares transados en préstamos, se convirtieron en una deuda pagada en dólares. Ambas empresas son propiedad de un conocido empresario venezolano. La cesión de crédito se produjo con fecha 23 de diciembre de 2014 entre Rantor y Eaton Global, en la cual la primera le asignaba a la segunda sus derechos como acreedor de PDVSA bajo el contrato de préstamo, contemplándose que la petrolera debía cancelar la deuda en un plazo de 180 días con pago de 600 millones de dólares. En esta operación, se ha señalado a un expresidente de Finanzas de PDVSA, como factor principal en la concreción de la transacción irregular, justo pocos días antes del 30/12/2014, cuando fue removido de la posición. Se ha reportado que la transacción en referencia, terminó significando para PDVSA, pagos totales por 1.200 millones de dólares, situación que pasó a constituir uno de los principales Casos de Investigación al cierre del presente informe”, hace referencia Molero Torres en el reporte.

Indica que las autoridades judiciales de los EE. UU. han determinado a través de sus investigaciones que el esquema de lavar divisas provenientes de transacciones desde Venezuela, ha desbordado el mercado inmobiliario en el sur de Florida. “Las investigaciones revelaron la compra de propiedades inmobiliarias y esquemas sofisticados de inversiones falsas para lavar cientos de millones de dólares estadounidenses. Se ha revelado la identificación de ocho acusados, entre ellos venezolanos, algunos relacionados hasta tiempos recientes con PDVSA, destacando particularmente, Abraham Ortega, ex Director Ejecutivo de Finanzas de PDVSA y Carmelo Urdaneta, ex Asesor legal del Ministerio del Poder Popular de Petróleo. Otro venezolano trascendente es Jacinto Convit, igualmente relacionado con el caso. Adicionalmente, se indica a la empresa Derwick, la cual ha aparecido involucrada en tramas de corrupción, tanto en el sector eléctrico como en el sector de los hidrocarburos, y que igualmente se le señala relacionada con beneficios impropios, derivados de ventajas obtenidas con los pagos recibidos en divisas”.

El comisario principal de PDVSA recomendó que la Vicepresidencia de Finanzas de la estatal, la Dirección Ejecutiva de Seguridad Integral y la Dirección Ejecutiva de Auditoría Interna Corporativa, coordinen acciones para una exhaustiva revisión de todas las operaciones pactadas en divisas, al menos durante los últimos seis años, con énfasis especial en la profundización de los casos que han trascendido ante la opinión pública.

Priorizar la investigación de casos de transacciones convenidas contractualmente en bolívares y posteriormente pagadas en divisas. “Al efecto, los auditores forenses, deben priorizar la revisión de los casos de las empresas Rantor y Eaton Global, así como evaluar la responsabilidad de ex altos ejecutivos de PDVSA en el manejo, aprobación y pago indebido en divisas de un préstamo acordado contractualmente en bolívares”.

Por último, Molero Torres llamó a investigar las responsabilidades de la gerencia de PDVSA en las acusaciones que han trascendido en relación con la empresa Derwick.

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Entérate cómo funcionarios corruptos de PDVSA manipularon los precios del crudo de exportación

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En esta tercera entrega presentamos una serie averiguaciones a cargo de Silvestre Molero Torres, quien a lo largo de un extenso informe detalla, entre otros asuntos, un conjunto de irregularidades e ilícitos que tuvieron lugar en el seno de la principal industria venezolana y que derivaron en la pérdida de miles de millones de dólares del patrimonio nacional.

Por Maibort Petit/Venezuela al Día

El informe correspondiente al año 2017 presentado por el comisario principal de PDVSA, Silvestre Molero Torres, da cuenta de una serie de irregularidades cometidas en el seno de Petróleos de Venezuela S.A. con gran afectación del patrimonio de la estatal.

En esta tercera y última entrega damos cuenta de los casos de investigación adelantados por la Oficina de Apoyo al Comisario en conjunto con otros organismos de la misma industria, así como con instituciones jurisdiccionales, los cuales versan sobre manipulación de los factores con que se calculan los precios de los crudos de exportación, el absoluto descontrol en el manejo de la oficina de PDVSA Gas en Colombia con manejo discrecional de los recursos asignados a este despacho, otorgamiento de contratos irregulares, pago de comisiones y lavado de dinero, vinculación de la estatal y sus filiales con la cuestionada empresa brasileña Odebrecht y una trama que permitió la conversión irregular de deuda contraída en bolívares a dólares.

Entre las observaciones y recomendaciones formuladas por el funcionario, destaca la de realizar una auditoría a los procesos de procura con China. Con el objetivo de establecer y conocer en detalle el trabajo desarrollado por el equipo de PDVSA que desde hace varios años se encuentra en Pekín en labores de “catalogar las más importantes empresas fabricantes y comercializadoras de suministros de la República de China”. Para Molero Torres es importante evaluar si dichos trabajos satisfacen lo establecido en las normas y procedimientos empleados en la selección de proveedores, así como determinar la composición accionaria de esas empresas proveedoras al país de mercancía de origen chino.

Caso de la oficina de PDSA en Viena

El comisario principal de PDVSA, Silvestre Molero Torres, hace referencia en su informe 2017 al caso referido al desfalco a la industria a través de una trama consistente en la manipulación del llamado Factor K y de los escaladores AGA por parte de los encargados de la Oficina de Inteligencia de Mercadeo y Política Petrolera de Viena de la estatal. La acción trajo como consecuencia importantes reducciones en los precios de los cargamentos de crudo desde el año 2009 al 2017.

Molero Torres informó a través del memorando COM-2018-0022, de fecha 17 de abril de 2018, que en la fórmula de los precios de los crudos pivotes de exportación, a saber, el Santa Bárbara, Boscán, Mesa 30 y Merey 16, se aplican dos elementos, uno, el ajuste por gravedad °API y contenido de Azufre del crudo denominado Escalador “AGA”, y dos, el Factor “K”. Este último tiene que ver con la situación actual en el mercado petrolero mundial que incluye las variaciones dadas en las condiciones sociopolíticas y coyunturales prevalecientes en el puerto de destino de los cargamentos.

Hace mención que al cierre del informe, ya el Ministerio Público daba cuenta de que la exdirectora de la citada oficina se había declarado culpable, habiéndose dictado una sentencia para que pagara cinco años y ocho meses de cárcel por su participación en la alteración en las bases para la determinación de precios del crudo comercializado y exportado al exterior.

Se trataba de una trama de corrupción compleja consistente en la manipulación de los referidos componentes que se utilizan para calcular el precio de los crudos venezolanos ocasionando grandes pérdidas a la nación.

Se explica en el informe que la empresa JBC Energy y la oficina de Viena “subvaloraron el Factor ‘K’ del crudo mediano y pesado venezolano” por lo que se perdió competitividad en el mercado y los clientes perdieron interés en comprar. La Oficina nunca actuó legalmente contra dicha empresa, y por el contrario, continuó contratando sus servicios. Ante esta situación el Ministerio Público propuso llevar a cabo una auditoría del período 2009-2015.

Molero Torres advierte la necesidad de profundizar en establecer las pérdidas adicionalmente a las auditorías realizadas, subrayando que con la data disponible para ese momento era un elemento de referencia “para la estimación de la provisión por pérdidas que requiere el ajuste a los resultados financieros de PDVSA de años anteriores y la porción de cuanto aplique a los resultados del año 2017”. Llamó a determinar la existencia de soportes documentales sobre contratos concretos beneficiados con fórmulas de precios en los cuales se hubiera manipulado el Factor K, y el Escalador “AGA”, en términos desventajosos para PDVSA y de “existir papeles de trabajo internos que señalen la existencia de la subestimación referida, o potenciales casos de sobreestimación de ambos conceptos, igualmente producidos con intencionalidad dolosa; es posible entonces estimar con cierto fundamento la propuesta de ajuste de la materialidad financiera resultante del impacto causado por el hecho investigado, como complemento del impacto material revelado en los papeles de trabajo y expedientes que reposan en el Ministerio Público y que han determinado un alcance de pérdidas por un monto de MMUS$ 4.800”.

Se indica que el riesgo de subvaloración de los precios de venta de crudos de exportación por las circunstancias descritas, calculados por una empresa desde el extranjero exponía “la indispensable confiabilidad, confidencialidad y soberanía que debe ser ejercida sobre la información relacionada con precios de los crudos venezolanos. Esta situación de riesgos, referida a la utilización del Factor “K” fue reportada en el informe de Auditoría interna, con referencia N° CNI-INT-P-2010-023, emitido en diciembre de 2010. Igualmente, fue reportado por la Gerencia Funcional de Auditoría que atiende las Ventas de Exportación y otros Negocios Internacionales, ante la Dirección Ejecutiva de Auditoría Interna Corporativa en agosto de 2015”.

Precisa el informe que en enero de 2018 la Oficina Para la Determinación de Precios de Crudos de Exportación (ODPCE), adscrita al Ministerio del Poder Popular de Petróleo, en Caracas, asumió la tarea de determinar el precio de crudos de exportación y sin la injerencia de la empresa JBC Energy ni de la Oficina de PDVSA en Viena.

El Comisario Principal de PDVSA alertó acerca de la importancia de una adecuada coordinación con el Ministerio Público que coadyuvaría a determinar si existen casos específicos de la modalidad utilizada para forzar elementos matemáticos que mermaran el verdadero valor del Factor “K” y del Escalador “AGA” también permitiría conocer si están identificadas transacciones con contratos específicos que eventualmente han beneficiado a terceros.

Silvestre Molero Torres indicó que al cierre de 2017, con base a diversa documentación, trabajó para establecer las posibles afectaciones contables por manipulaciones en el cálculo de los conceptos en referencia.

A través del memorando COM-2018-0022 fechado el 17 de abril de 2018, recomendó coordinar desde el Comité de Auditoría de PDVSA, con el auxilio de la nueva administración de la Oficina Para la Determinación del Precio de Crudos de Exportación y la Vicepresidencia de Comercio y Suministro, la labor de levantar todo el marco teórico para “analizar y establecer las bases de la formulación del precio del crudo producido en territorio nacional, medir riesgos en la elaboración de estos precios y asimismo evaluar la salvaguarda de soberanía en tal formulación. Asimismo, determinar bases metodológicas que permitan estimar las pérdidas y los registros contables, contra los resultados del ejercicio 2017”.

Instó a conformar equipos de trabajo con especialistas en la formulación de precios, a los fines de realizar una auditoría forense que permitiera examinar la razonabilidad de precios calculados, con base en todos los elementos que participan en su formulación, con énfasis especial en la incidencia del Escalador “AGA” y del Factor “K”.

Asimismo, pidió llevar a cabo una reunión de alto nivel, incluyendo al Ministerio Público que facilitara la gestión de la data e información necesaria para estimar y conciliar las pérdidas generadas por efecto de los casos de sobre o sub estimación del Factor “K”, y del Escalador “AGA”.

Soberanía y control interno en la determinación de precios del crudo

El Comisario Principal de PDVSA solicitó a la nueva administración de la Oficina Para la Determinación de Precios de Crudos de Exportación que indicara las acciones de control interno adoptadas para asegurar el ejercicio pleno de soberanía en el proceso de fijación de precios del crudo exportado de modo de asegurar la idoneidad e integridad en las variables ajustables en las que existen riesgo de manipulación como son el Escalador “AGA” y el Factor “K”.

En tal sentido, la referida oficina emitió un informe complementario a las reuniones previas mantenidas con el despacho del comisario Molero Torres en las manifestó que desde enero de 2018 “Venezuela ejerce su soberanía” en el proceso de fijación de precios del crudo de exportación. Agregó que ahora el cálculo del precio del petróleo se hacía desde Caracas.

El informe del comisario hace una larga explicación acerca de los procesos llevados a cabo por la nueva administración de la ODPCE.

Silvestre Molero Torres concluye que las manipulaciones denunciadas y subsiguientes investigaciones conducidas durante el año 2017 llevaron a decidir el cierre de la Oficina de PDVSA en Viena, Austria, la cual había estado dirigida por el exdirector de PDVSA, Bernard Mommer y su grupo familiar. También se prescindió de los servicios de la empresa consultora JBC Energy que le prestaba apoyo a dicha dependencia.

Informó el comisario que las investigaciones sobre este caso manejado por el Ministerio Público continúan y precisó que existen personas identificadas con plena responsabilidad sobre estos hechos y han sido imputadas con los cargos pertinentes.

Caso de PDVSA Gas en Colombia

Otro caso referido en el informe del comisario Molero Torres es el que corresponde a una investigación desarrollada en 2016 por su despacho en coordinación con Dirección Ejecutiva de Seguridad Integral con relación a PDVSA Gas sucursal Colombia, donde recomendaba hacer un seguimiento a las mejoras de control interno con su casa matriz PDVSA Gas S.A.

Indica el reporte que la exgerente general de la Sucursal PDVSA Gas Colombia cometió innumerables irregularidades durante su gestión, entre ellas las que enumeró la identificación de una cuenta personal del tipo Swift a su nombre en el Helm Bank en Panamá, donde recibió cobranzas por USD 112,9 millones provenientes de un transitorio convenio de suministro de combustibles de PDVSA con Ecopetrol, en Colombia, el cual estuvo vigente entre los años 2011 y 2013.

Subraya el comisario que en la contabilidad ni en la administración de la sucursal, como tampoco en los controles de la Tesorería Corporativa de PDVSA, había registros sobre estos ingresos.

También se identificaron contratos que fueron pagados, sin que existieran evidencias tangibles de que se hubieran prestado efectivamente los servicios que ellos conllevaban.

Da cuenta del arrendamiento de vehículos facturado sin evidencias efectivas del servicio recibido, con el agravante de la presencia del conflicto de interés con el Gerente de Asuntos Públicos de la Sucursal, PDVSA Gas Colombia, funcionario contratado a través de la figura de honorarios profesionales era el propietario de la arrendadora de vehículos fantasmas, y devenido en poderoso contratista de la organización, al punto de que convirtió en onerosos contratos, el objeto de su trabajo en la sucursal.

Entre otras irregularidades se evidenciaron donaciones no autorizadas por montos significativos, extralimitaciones en el uso de una tarjeta de crédito corporativa auto aprobada, destrucción de los registros y archivos de cuentas personales financiados por PDVSA, viajes a Rio de Janeiro, Nueva York y Viena para actividades ajenas a las operaciones del gasoducto, autoliquidación de prestaciones sociales pagada en divisas que normativamente no procedía, lujosas propiedades en ambos países.

Asimismo, la funcionaria figura entre los ciudadanos venezolanos con fondos depositados en la Banca Privada de Andorra y su nombre aparece entre las personas investigadas por la Comisión Rogatoria enviada a Venezuela el 22 de mayo de 2015, a instancias de una investigación del Departamento del Tesoro de los EE. UU., sobre esa institución bancaria y el lavado de dinero.

El Comisario Principal de PDVSA en junio de 2016 consignó el Informe con referencia COM-0059-2016 en el que reporta sobre los resultados de su investigación sobre la citada funcionaria y en el memorando COM-2018-0022, de fecha 17 de abril de 2018 recomendó profundizar las investigaciones sobre la Sucursal PDVSA Gas Colombia que asegure la supervisión directa de parte de las autoridades de la filial PDVSA Gas, S.A. sobre dicha sucursal, “entendiendo que las delegaciones de autoridad no pueden ser absolutas; que se debe presentar debidas cuentas de la gestión cumplida ante las autoridades de la Casa Matriz; al tiempo de requerirse la actuación regulatoria de la alta dirección de la función Gas sobre las transacciones principales de ese negocio, y asimismo se necesita la presencia de las autoridades funcionales de PDVSA, relacionadas con los procesos Tesoreros, Contabilidad, Recursos Humanos, Asuntos Públicos y Seguridad Integral, así como del apoyo técnico, en lo que se refiere a la administración de la operación del Gasoducto Transcaribeño Antonio Ricaurte”.

Molero Torres subraya que las exportaciones de PDVSA a Colombia deben hacerse apegadas a las normas de control interno estipuladas por la corporación para manejar sus negocios. Por tanto, “las eventuales facturaciones por ventas de combustibles, lubricantes o cualesquiera productos al citado país, debe efectuarse a través de las filiales Commerchamp, S.A y Commercit, S.A., encargadas de estos procesos; asimismo, tales facturaciones deben ser cobradas a través de las cuentas bancarias recaudadoras de divisas por ventas al exterior, bajo el riguroso control de la Tesorería Corporativa de PDVSA. Esta recomendación es válida para todas las exportaciones de PDVSA”.

Caso Cuferca

Otro caso investigado por el despacho de Silvestre Molero Torres  fue el relacionado con la empresa Cuferca, propiedad de Carlos Esteban Urbano Fermín, también bajo la lupa de la fiscalía que derivó en le detención del susodicho por el fiscal 6° de control de Barcelona, estado Anzoátegui, acusado de los delitos de asociación para delinquir, legitimación de capitales y concierto de funcionario con contratista. Esto en razón de la suscripción de contratos irregulares y con sobreprecios, entre ellos la transformación de deudas contraídas en bolívares a dólares americanos, pero a la antigua tasa de Cadivi de 10 Bs. por dólar lo que le permitió que “con menos bolívares se obtuvieron más dólares”. Han trascendido, deficiencias tales como disposición de equipos viejos, en mal estado, alta inoperatividad que generaron prácticamente la paralización de las contrataciones de servicios y que por ende afectaron la producción de la Faja, al menos durante un lapso importante.

El caso Cuferca está a cargo de la Fiscalía 11 Nacional con Competencia Contra la Corrupción, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales, con el expediente identificado con el número MP-384806-2017, y cursa en el Tribunal 52 de Control Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana-Distrito Capital con el número de expediente 52C-18.150-17. El imputado es Carlos Esteban Urbano Freites, Cédula de Identidad N° V-12.980.368.

Molero Torres refiere en el informe que en fecha 31 de enero de 2018 remitió ante la Directora Ejecutiva de Tesorería Corporativa de PDVSA, el Punto de Cuenta, con referencia COM-2018-007, solicitando información aclaratoria que explicara y fundamentara una operación contratada en bolívares, y posteriormente, convertido su pago a dólares americanos, evento que constituye la causa por la cual la firma Rodríguez Velázquez & Asociados-KPMG, ha mantenido la decisión de “Abstención de Opinión” sobre los estados financieros de la referida filial. La firma auditora argumentó que a la fecha no habían recibido la documentación de soporte suficiente y competente, del pago realizado por PDVSA Petróleo, S.A., con cargo a la filial ya referida, por un monto de USD 28.776.255,44, a favor de la empresa Constructora Urbano Fermín, C.A (CUFERCA), cuando en el contrato respectivo, se contemplaba el pago únicamente en bolívares, sin que antes ni posteriormente al pago, se hayan consignados soportes que sustenten tal desembolso en divisas.

Luego de detallar la serie de operaciones llevadas a cabo por Cuferca, el comisario refiere que mediante el memorando COM-2018-0022, de fecha 17 de abril de 2018 recomendó que las posiciones gerenciales se promueva personal que además de su preparación técnica y dominio de pericias requeridas en la operación específica a su cargo, exhiban probada excelencia ética, fortalezas morales y compromisos patrióticos.

Instó a que se definan criterios rectores en materia de contratación, que obliguen a actuar en el marco de la Ley de Contratación, la regularización del concurso de oferta y la selección de aquella más ventajosas a los intereses de PDVSA y sus filiales.

Llamó a establecer protocolos exigentes para admitir las contrataciones a través de las adjudicaciones directas, siempre en el marco de la ley advirtiendo que las excepciones, deben ser tutoradas por la alta gerencia, bajo criterios rectores e instrucciones precisas, racionales y uniformes.

Pidió delimitar y cuantificar las pérdidas y considerar el resarcimiento al patrimonio de PDVSA y solicitó registrar contra los resultados financieros del ejercicio 2017, las pérdidas establecidas en el caso Cuferca.

Caso Banco Espíritu Santo en Portugal

El Banco Espíritu Santo que anunció su quiebra en julio de 2014, manejaba una parte importante de las cuentas de cobranzas por ventas de crudos de PDVSA a mercados distintos a los Estados Unidos de América. Tal circunstancia lo convirtió en un banco pagador de relevancia, especialmente por operaciones de compras de insumos y suministros petroleros.

Se conoció en julio de 2017 sobre eventuales casos de triangulaciones entre PDVSA, bancos españoles y el Espíritu Santo Bank y las autoridades de PDVSA, lo que motivó una investigación, “con el objetivo de determinar la existencia de fraude contra la Corporación, así como por la posibilidad de hacerse parte querellante para lograr el resarcimiento económico que corresponde por los daños sufridos”.

“Entre los asuntos relevantes del Espíritu Santo Bank en relación con la República Bolivariana de Venezuela, ha trascendido una operación, por 365 millones de dólares en bonos perpetuos en el referido banco, con cuya quiebra, tales bonos tendrían deteriorado su valor; también ha referido la información sobre inversiones en notas estructuradas. Con la quiebra e intervención del Espíritu Santo Bank, parte de estas inversiones, derivaron en el Novo Bank, entidad que no había asumido las previas garantías del pago de los 365 millones de dólares en bonos; algunos voceros indican pérdidas imputables a PDVSA y otros aclaran que las eventuales pérdidas corresponderían a instituciones tales como Bandes y Fonden; en todo caso las autoridades de PDVSA y del país, deben continuar con las investigaciones de las diversas implicaciones que han tenido las operaciones de PDVSA y de la República, con operaciones realizadas a través de la referida institución bancaria”, refiere el informe del comisario principal de PDVSA.

Silvestre Molero Torres instó a que el Comité de Auditoría de PDVSA en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Seguridad Integral, la Dirección Ejecutiva de Auditoría Interna Corporativa y la Consultoría jurídica coordine que analice la relación de PDVSA con las operaciones manejadas por el Espíritu Santo Bank para determinar el alcance de eventuales pérdidas para estatal.

“En caso de identificar eventuales pérdidas que afectan a la Corporación, proceder a establecer las bases que la fundamentan, a los fines de cuantificarlas y registrarlas contra los resultados financieros del negocio”, recomienda el comisario.

Caso Odebrecht

Hace mención el comisario Silvestre Molero en su informe que la Corte Nacional de Justicia de Ecuador solicitó ante la Policía Internacional (Interpol) la localización de un ciudadano venezolano que se habría lucrado con los sobornos de Odebrecht. Se trata de quien se desempeñó como gerente técnico de la Refinería del Pacífico y luego como director de PDVSA Ecuador, S.A. quien es acusado de recibir sobornos y comisiones entregadas por el departamento de Operaciones Estructuradas de Odebrecht a ciertos funcionarios a cambio de la adjudicación de contratos en dicha Refinería del Pacífico. Esto habría ocurrido entre los años 2012 y 2013.

Precisa que PDVSA contrató los servicios de una firma especializada en auditoría forense para supervisar el progreso del caso en los tribunales ecuatorianos y para que practicara una auditoría e investigación interna sobre las irregularidades mencionadas.

Molero Torres insta a determinar impacto económico del caso investigado sobre PDVSA, e identificar a otras personas involucradas. Iniciar acciones legales para procurar resarcir los posibles daños causados a PDVSA, incluyendo la solicitud ante los tribunales ecuatorianos para que PDVSA se presente en la condición de víctima en el proceso penal, lo que además permitirá presentar argumentos de descargo para limitar o eliminar cualquier investigación o responsabilidad de PDVSA.

El comisario indica que el Comité de Auditoría de PDVSA deber hacer seguimiento sobre los resultados de las investigaciones en Ecuador encomendada a la firma de auditoría forense para establecer el alcance de las irregularidades.

También debe preparar un informe sobre los resultados de las auditorías practicadas por el caso de sobornos y cobro de comisiones al ejecutivo venezolano por parte de la empresa Odebrecht.

Caso de la BPA

El informe del comisario principal de PDVSA se remite al caso de la Banca Privada de Andorra y el Banco de Madrid en el que están involucrados altos cuadros gerenciales del sector eléctrico y de los hidrocarburos en Venezuela.

Explica que caso se refiere a que la BPA fue utilizada por varios grupos económicos de Venezuela para recibir pagos de contrataciones con empresas estatales venezolanas incluida PDVSA y sus filiales, así como para pagar comisiones a exfuncionarios de dichas empresas que mantenían cuentas en la BPA o que eran propietarios de empresas instrumentales que recibieron pagos vía la BPA.

Por las cuentas en el BPA habrían pasado dineros provenientes de varios fraudes y operaciones de dudosa procedencia entre ellos el protagonizado por Roberto Rincón y Abraham Shiera relacionado con la procura de Bariven, operaciones de préstamos a cambio de divisas suscritas por PDVSA, los contratos otorgados a diversas empresas chinas contratistas de PDVSA y de exfuncionarios gubernamentales.

Entre los señalados están Roberto Rincón, Nervis Villalobos, Javier Alvarado, Rafael Reiter, Diego Salazar, Omar Farías Luces. “Los depósitos efectuados en la BPA a nombre de los citados ejecutivos, entre otros, correspondían a importantes comisiones recibidas de quienes recibían contratos de PDVSA y otras empresas estatales venezolanas”.

Silvestre Molero Torres refiere la importancia de auditar “todas las contrataciones de la Corporación y sus filiales con las empresas y protagonistas implicados en operaciones con la BPA, así como con empresas propiedad de las personas físicas implicadas en operaciones con la BPA. Igualmente, interponer acciones legales en el extranjero contra las personas físicas y empresas que se beneficiaron de operaciones fraudulentas en perjuicio de PDVSA y sus filiales, incluyendo la ampliación de la querella en curso en España al cierre del año 2017, para designar como acusados a las personas que recibieron pagos a través de la BPA y que mantienen bienes en España o que participaron en la trama criminal del empresario Roberto Rincón y el fraude con sobreprecios en los procesos de suministro de materiales a PDVSA”.

El Comisario Principal de PDVSA a través del memorando COM-2018-0022, de fecha 17 de abril de 2018 recomendó redoblar las coordinaciones entre el Comité de Auditoría y la Consultoría Jurídica Corporativa de PDVSA para darle mayor eficiencia a las reclamaciones y al reconocimiento como víctima tanto de PDVSA como de la nación, con miras a lograr el resarcimiento del daño patrimonial.

Molero advierte que deben confirmarse y registrarse las pérdidas por causa de alguna operación con afectación patrimonial y cuyos valores monetarios, han sido depositados en la Banca Privada de Andorra.

Igualmente pide realizar una auditoría a los procesos de procura con China para revisar el trabajo a cargo del equipo de PDVSA, que desde hace varios años, ha tenido sede en Pekín en labores de “catalogar las más importantes empresas fabricantes y comercializadoras de suministros de la República de China; igualmente la evaluación debe satisfacerse de la razonabilidad de los procedimientos, empleados en la selección de proveedores, y averiguar asimismo la composición accionaria de esas empresas proveedoras al país, de mercancía de origen Chino”.

Caso sobre la conversión en dólares las deudas en bolívares

Finalmente, entre otros casos, Silvestre Molero Torres hace mención al caso que involucra altos niveles gubernamentales y corporativos referido a transacciones manejadas por altos ejecutivos de PDVSA y de la empresa privada, quienes conspiraron para forzar el pago de deudas originalmente contraídas en bolívares en dólares.

El comisario precisa que usando la figura técnica de divisas preferenciales un grupo de jóvenes empresarios obtuvo USD 1.200 millones otorgados por el Estado o por PDVSA. “Otras situaciones igualmente corruptas producen actos legales que convierten en divisas, deudas contraídas en bolívares. Uno de estos casos tiene que ver con la empresa Cuferca cuya negociación pactada en bolívares y fue pagada en dólares.

“Se debe colocar de relieve el caso emblemático que ha sido reseñado, en cuya trama, aparecen las empresas Eaton Global (Eaton Global Services, Ltd.), y a la empresa Rantor Capital, C.A., siendo, esta última, una empresa de maletín, usada para la operación de financiamiento a PDVSA por el orden de 7.200 millones de bolívares, operación ocurrida el 17 de diciembre de 2014; posteriormente, la empresa Rantor C.A., efectuó una cesión de crédito a la empresa Eaton Global; el resultado de los acuerdos y acción perversa del poder de decisión interno corporativo, determinó, que aquellos bolívares transados en préstamos, se convirtieron en una deuda pagada en dólares. Ambas empresas son propiedad de un conocido empresario venezolano. La cesión de crédito se produjo con fecha 23 de diciembre de 2014 entre Rantor y Eaton Global, en la cual la primera le asignaba a la segunda sus derechos como acreedor de PDVSA bajo el contrato de préstamo, contemplándose que la petrolera debía cancelar la deuda en un plazo de 180 días con pago de 600 millones de dólares. En esta operación, se ha señalado a un expresidente de Finanzas de PDVSA, como factor principal en la concreción de la transacción irregular, justo pocos días antes del 30/12/2014, cuando fue removido de la posición. Se ha reportado que la transacción en referencia, terminó significando para PDVSA, pagos totales por 1.200 millones de dólares, situación que pasó a constituir uno de los principales Casos de Investigación al cierre del presente informe”, hace referencia Molero Torres en el reporte.

Indica que las autoridades judiciales de los EE. UU. han determinado a través de sus investigaciones que el esquema de lavar divisas provenientes de transacciones desde Venezuela, ha desbordado el mercado inmobiliario en el sur de Florida. “Las investigaciones revelaron la compra de propiedades inmobiliarias y esquemas sofisticados de inversiones falsas para lavar cientos de millones de dólares estadounidenses. Se ha revelado la identificación de ocho acusados, entre ellos venezolanos, algunos relacionados hasta tiempos recientes con PDVSA, destacando particularmente, Abraham Ortega, ex Director Ejecutivo de Finanzas de PDVSA y Carmelo Urdaneta, ex Asesor legal del Ministerio del Poder Popular de Petróleo. Otro venezolano trascendente es Jacinto Convit, igualmente relacionado con el caso. Adicionalmente, se indica a la empresa Derwick, la cual ha aparecido involucrada en tramas de corrupción, tanto en el sector eléctrico como en el sector de los hidrocarburos, y que igualmente se le señala relacionada con beneficios impropios, derivados de ventajas obtenidas con los pagos recibidos en divisas”.

El comisario principal de PDVSA recomendó que la Vicepresidencia de Finanzas de la estatal, la Dirección Ejecutiva de Seguridad Integral y la Dirección Ejecutiva de Auditoría Interna Corporativa, coordinen acciones para una exhaustiva revisión de todas las operaciones pactadas en divisas, al menos durante los últimos seis años, con énfasis especial en la profundización de los casos que han trascendido ante la opinión pública.

Priorizar la investigación de casos de transacciones convenidas contractualmente en bolívares y posteriormente pagadas en divisas. “Al efecto, los auditores forenses, deben priorizar la revisión de los casos de las empresas Rantor y Eaton Global, así como evaluar la responsabilidad de ex altos ejecutivos de PDVSA en el manejo, aprobación y pago indebido en divisas de un préstamo acordado contractualmente en bolívares”.

Por último, Molero Torres llamó a investigar las responsabilidades de la gerencia de PDVSA en las acusaciones que han trascendido en relación con la empresa Derwick.

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Pietro Micale: Cabeza de la red de corrupción que defraudó millones de dólares a PDVSA

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Grandes negociaciones surgidas a la sombra de irregulares procedimientos permitieron el enriquecimiento de quien comenzó como un humilde vendedor de comidas y loterías y llegó a convertirse en uno de los hombres más ricos del oriente venezolano. He aquí parte de su historia.

Maibort Petit / Venezuela al Día

Miles de millones de dólares fueron supuestamente estafados a Petróleos de Venezuela S.A. a través de la trama urdida por Pietro Micale Caccamo, en la que participaban familiares, allegados, empresas y funcionarios de la estatal, quienes actuaron en connivencia para esquilmar el patrimonio de PDVSA. El hombre, quien de vendedor de lotería y propietario de un bar devino en una de los hombres más ricos del oriente venezolano, presuntamente orquestó un plan en el que constituyó un conjunto de firmas de maletín que permitieron hacerse de jugosos contratos conseguidos mediante el pago de grandes comisiones.

Tanto Micale Caccamo como su esposa y socia, Miria Di Amario de Micale, fueron acusados por el Ministerio Público por defraudar en más de 2 mil millones de dólares a PDVSA, al entablar negociaciones con sobreprecio, usando, entre otras, a la empresa de su propiedad Proct-Petrol, ubicada en Anaco, estado Anzoátegui. Ambos fueron apresados el 7 de diciembre de 2018 imputados por los delitos de concierto de funcionarios con contratista, evasión de procedimiento de contratación, procura ilegal de utilidad en acto de la administración y asociación para delinquir.

Los sobrevaluados contratos de la empresa de Micale serían en su mayoría por operaciones en la Faja Petrolífera del Orinoco, los cuales fueron autorizados por quien para entonces estaba al frente de esa unidad de PDVSA, a saber, Pedro León. Igualmente la compañía estuvo señalada en 2014 por el Ministerio Público de posible uso indebido de divisas adjudicadas por Cadivi y Cencoex.

Miria Di Amario de Micale es poseedora del 50 por ciento de las acciones de Proct-Petrol. La mujer es dueña de un terreno ubicado en 5300 NW 87 AVE 1512 Doral, FL 33178, comprado por $289,800.00 bajo la descripción de un lote del The Blue a Resort Hotel Condo, en cuyo registro figura como dirección 11875 W Little York Rd #805, Houston, Texas. Del mismo modo, en los documentos oficiales figura Anthony Micale, quienes constituyeron tres compañías y marca a nombre de Proct Petrol Corp, así como otras dos firmas inscritas en Florida y Texas en 2005 y 2007, en las que solamente figura Pietro Micale.

Se supo que la inusitada fortuna de Pietro Micale se habría conformado a la sombra de las actividades del expresidente de la empresa Productora y Distribuidora Venezolana de Alimentos, S.A., (Pdval), Luis Pulido, con quien habría entablado negociaciones y suscrito jugosos contratos. Conocimos que Micale era un hombre que ejerció humildes oficios como la venta de comidas en bandejas de aluminio o la venta de lotería. Vivía en un modesto apartamento y atendió un bar, el Diamante del Pool, ubicado en la avenida Sucre en el centro de Anaco. Pasados los años, llegó a convertirse en uno de los hombres más poderosos del oriente venezolano luego de haber amasado una cuantiosa fortuna de manera irregular, según se afirma.

Proct-Petrol forma parte de las empresas sobre las que el Ministerio Público ha señalado de supuesto manejo incorrecto de las divisas asignadas por el estado venezolano. Se conoció también el Registro Nacional de Contratistas formuló un llamado al representante legal de la firma para que se presentará ante el organismo con el objetivo de aclarar algunos asuntos de su interés por cuanto la empresa no presenta una situación financiera razonable.

Un informe de gestión de PDVAL indicó que Proct-Petrol cobró 78,2 millones de bolívares en 2009, misma fecha en que fueron halladas cientos de toneladas de comida descompuesta. La relación contractual llamó la atención por el hecho de no tratarse de una empresa dedicada al área agroalimentaria sino de venta al mayor y al detal de materiales y equipos petroleros.

La trama

Fuentes internas de PDVSA, consultadas para esta nota, sostienen que en la conformación de la riqueza de Pietro Micale Caccamo habría sido clave el papel desempeñado por Beatriz Rodríguez Landaeta de Ficara, exgerente de Contratación PDVSA en Anaco entre los años 2005 y 2007 y mano derecha del expresidente de PDVSA Gas, Wenceslao Madail. A Beatriz Rodríguez Landaeta de Ficara también es relacionada en la investigación que se realizó en la petrolera con el exdirector de PDVSA, Luís Marín, por vínculo familiar con la esposa de este, Isolina Landaeta.

Supuestamente, Rodríguez Landaeta de Ficara tendría la habilidad captar a personas y empresas que, por necesidad o situaciones apremiantes, pudieran ser susceptibles o verse tentados de convertirse en los medios para entablar las negociaciones fraudulentas con la petrolera a cambio de comisiones. Este habría sido el caso de José Tomas Bermúdez Morón, quien de ser una persona de muy pocos recursos en 2003 y grandes necesidades —su padre estaba muy enfermo— pasó a ser un individuo con gran poder económico al frente de la empresa Ecoinca, frecuentemente favorecida por la estatal petrolera.

La fuente indica que Beatriz Rodríguez entabló relación de compadrazgo con Tomás Bermúdez y la esposa de este, Roselina del Valle Sucre Mirabal, a quien emplean en PDVSA Petróleo y Gas desde el 1° de junio de 2005 y goza de beneficios entre los los cuales se encuentra le asignación de vivienda. Roselina Sucre es hermana de Anjoel Sucre Mirabal, quien también forma parte del grupo, como veremos más adelante. Ambos son hijos de Antonio José Sucre Soto, exgerente de servicios logísticos.

Con Anjoel Sucre, Beatriz Rodríguez llegó a asociarse en un local comercial de nombre Podiun que tenía sede en el Centro Comercial Unicasa Center de Anaco, lugar que llegaría a convertirse en sitio de reuniones del grupo entre los años 2004 y 2006.

Pietro Micale luego de conformar una red con empleados de la PDVSA y empresas de fachada, se habría dedicado a entablar negociaciones con altos jerarcas petroleros entre quienes se encontraría, supuestamente, Eulogio Del Pino, Wenceslao Madaíl y Luis Pulido, entre otros. Un entramado urdido por Micale y sus aliados que hizo que Proct-Petrol se convirtiera en una de las empresas frecuentemente favorecidas con contratos. Igualmente la venta de insumos a PDVAL habría facilitado en engrosamiento de las arcas del mencionado contratista.

En sociedad con Ernesto Guevara Rodríguez mantendría inversiones en Panamá con el dinero obtenido de los contratos fraudulentos con la estatal petrolera, estas actividades se habrían extendido a Houston, Texas, donde ha logrado constituir negocios y mantiene acuerdos con Citgo, especialmente en el área de las válvulas petroleras que vende a PDVSA.

El trabajo realizado por Beatriz Rodríguez se vio fortalecido con la participación de su esposo Henry Ficara Seregni, quien es hijo de Ivonne Seregni de Ficara, del Grupo de Empresas Sindoni en el estado Aragua. En las instalaciones de la Torre Filipo Sindoni funcionó en 2008 PDVSA Gas Comunal, donde Rodríguez y Ficara Seregni mantendrían el control de los negocios junto al presidente de la filial, Wenceslao Madail y el encargado de la gerencia de gasificación nacional, Edgar Villalobos. En las acciones aquí desarrolladas habrían contado con el apoyo de Eufemia Flores, Elvelena Mijares y Daniel Haro Méndez. Este último, desde PDVSA Gas Anaco facilitó contratos irregulares que, de acuerdo a documentos internos, sumarían Bs. 436.098.141.451,38.

Dentro del grupo de actores que laboran con Micale, se encuentran también César Enrique Pérez Barrera y José Gregorio Gómez Marcano. El primero se desempeñó en Prevención y Control de Pérdidas (PCP) y luego pasó a logística. El segundo, se movía en la gerencia corporativa de servicios logísticos donde brinda soporte a Antonio Sucre. Anterior al paro petrolero, Gómez se desempeñaba como técnico en zootecnia contratado en Palmaven pero con el apoyo de Wenceslao Madail y las recomendaciones de Daniel Haro y Beatriz Rodríguez, logró escalar a las posiciones que le servirían para brindar respaldo a la red de Pietro Micale. Desde Servicios Logísticos entabló un conjunto de relaciones en el área de hotelería, viajes, traslados y flota interna de PDVSA con un amplio presupuesto que le facilitaba tener contratos durante todo el año en un considerable número de hoteles como Meliá Caracas, Punta Palma, Ávila, Shelter, con gran dilapidación de recursos.

La asignación de vehículos al personal a través de la empresa Executives Renta Cars habría sido una fuente de negocios irregulares, al haberse contratado los servicios de hasta mil automóviles que terminaron, supuestamente, en manos de familiares y allegados de los miembros del grupo y con una factura permanente por servicios nunca prestados.

Entretanto, la gestión de Wensaslao Madail hasta su jubilación en 2009 fue altamente cuestionada como puede verse en el informe de la Asamblea Nacional que “señaló como presuntos responsables de los hechos en Pdvsa Gas Anaco, de acuerdo con la Gaceta Oficial 39590, del 10 de enero de 2011, a las siguientes personas: Wenceslao Madail Lariao (gerente de distrito Pdvsa-Gas Anaco) y Beatriz Helena Rodríguez de Ficara (gerente de contratación de Pdvsa-Gas Anaco). Los delitos cometidos serían: ‘Acciones y omisiones que originaron la violación y el irrespeto de las normas a fin de evadir los procedimientos administrativos (…) y favorecer a particulares con el otorgamiento de contratos de proporciones onerosas’. Madail Lariao fue jubilado de la empresa petrolera, una vez que se conoció la decisión del Parlamento, de acuerdo con reportes de recursos humanos de Pdvsa. Henry Ficara Segnini (planificador de proyectos de la empresa Ecoinca) y Marianela Rojas (asistenta legal de la Gerencia Técnica de Contratación de Pdvsa Gas-Anaco y ahora supervisora de Servicios Organizacionales de Pdvsa). Se les acusó de tráfico de influencias con empleados públicos y de ‘recomendar estructuras de costos de notables diferencias en sus partidas’”, refiere una nota de Reportero 24 que replica a El Nacional[4]. El informe parlamentario habría acelerado la jubilación de Madail.

En la actualidad Wenceslao Madail está jubilado de la empresa estatal petrolera, al igual que también lo está Beatriz Rodríguez Landaeta de Ficara, quien ahora se desempeña en las empresas del Grupo Sindoni en Maracay, del cual su esposo, Henry Ficara Seregni, es heredero.

Los protagonistas de la trama

A continuación presentamos los nombres de quienes conformaron el grupo de Micale, siendo cada uno de ellos un eslabón importante en la cadena de corrupción que el empresario habría logrado conformar en torno a la estatal petrolera para hacerse de millonarios contratos obtenidos de manera fraudulenta y obviando las normas que establece la ley.

Pietro Micale Caccamo, según informa el portal Dateas, nació el 23 de febrero de 1967, es titular de la Cédula de Identidad número V-8.499.681, se le ubica en la parroquia Anaco, municipio Anaco, estado Anzoátegui. Ejerce su derecho al sufragio en la Unidad Educativa “Menca de Leoni”, parroquia Lecherías, municipio Diego Bautista, estado Anzoátegui.

Su cuenta individual en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, IVSS, refiere que ingresó al sistema el 7 de marzo de 1990, su fecha de contingencia es el 23 de febrero de 2027 y su estatus actual es activo, al encontrarse registrado desde el 1° de julio de 2000 por la empresa Proct-Petrol C.A. cuyo número patronal es el E06105502. Acumula 970 semanas cotizadas y un total de salarios cotizados de Bs. 41.330,51.

Foto: Maibort Petit

Miria Di Amario de Micale nació el 25 de junio de 1971, porta la cédula de identidad número V-10.523.639, se le ubica en la parroquia Anaco, municipio Anaco, estado Anzoátegui. Ejerce el voto en la Unidad Educativa Menca de Leoni, parroquia Lecherías, municipio Diego Bautista, estado Anzoátegui.

Su cuenta individual en el IVSS revela que ingresó al sistema el 1° de julio de 2000, su fecha de contingencia es el 26 de junio de 2026, su estatus actual es activo al estar registrada por la empresa Proct-Petrol C.A., número patronal E06105502, a la que se incorporó el 1° de julio de 2000 (mismo día que entró a formar parte de la seguridad social). Acumula 958 semanas cotizadas y un total de salarios cotizados de Bs. 41.310,20.

Foto: Maibort Petit

Entretanto, Beatriz Elena Rodríguez Landaeta de Ficara nació el 22 de diciembre de 1955, es portadora de la cédula de identidad número V-4.172.135, se le ubica en la parroquia Lecherías, municipio Diego Bautista, estado Anzoátegui[7]. Ejerce su derecho al voto en la Unidad Educativa Carabobo, parroquia San José, municipio Valencia, estado Carabobo.

Su cuenta individual en el IVSS indica que ingresó al sistema el 22 de noviembre de 1976, su fecha de contingencia fue el 22 de diciembre de 2010, su estatus actual es activo al encontrarse registrada por la empresa PDVSA Petróleos y Gas S.A., cuyo número patronal es D11300247 desde el 15 de julio de 2003. Acumula 1.393 semanas cotizadas y un total de salarios cotizados de Bs. 30.361,14.

Foto: Maibort Petit

Por su parte, José Tomas Bermúdez Morón nació el 24 de febrero de 1976, es titular de la cédula de identidad número V-12.254.198, se le ubica en la parroquia Anaco, municipio Anaco, estado Anzoátegui. Ejerce su derecho al voto en la Unidad Educativa Anaco PDVSA, parroquia Anaco, municipio Anaco, estado Anzoátegui.

Su cuenta en el IVSS refiere que ingresó al sistema el 1° de abril de 1996, su fecha de contingencia es el 24 de febrero de 2036, su estatus actual es cesante al haber egresado el 17 de marzo de 1999 de la empresa Gyrodata International cuyo número patronal es E08300605. Acumula 131 semanas cotizadas y un total de salario cotizados por Bs. 2.267,22.

Foto: Maibort Petit

Roselina Del Valle Sucre Mirabal nació el 8 de enero de 1975, es titular de la cédula de identidad número V-12.254.041, se le ubica en la parroquia Anaco, municipio Anaco, estado Anzoátegui. Sufraga en la Unidad Educativa Anaco PDVSA, parroquia Anaco, municipio Anaco, estado Anzoátegui.

Su cuenta individual en el IVSS indica que ingresó al sistema el 1° de noviembre de 1995, su fecha de contingencia es el 8 de enero de 2030, su estatus actual es activo al estar registrada por PDVSA Petróleo y Gas S.A., número ´patronal D11300247, donde comenzó a laborar el 1° de junio de 2006. Acumula 812 semanas cotizadas y un total de salarios cotizados de Bs. 35.259,83.

Foto: Maibort Petit

Anjoel José Sucre Mirabal nació el 20 de septiembre de 1973, es titular de la cédula de identidad número V-11.003.811, se le ubica en la parroquia Anaco, municipio Anaco, estado Anzoátegui.

Su cuenta en el IVSS refiere que ingresó al sistema el 10 de noviembre de 2004, su fecha de contingencia era el 20 de septiembre de 2033, su estatus actual es de fallecido. Laboró en la empresa Pysoil C.A. hasta el 8 de abril de 2016 cuyo número patronal es E08306942. Acumuló 450 semanas cotizadas y un total de salarios cotizados por Bs. 3.178,77.

Foto: Maibort Petit

Henry Ficara Seregni nació el 26 de noviembre de 1957, es portador de la cédula de identidad número V-4224343, se le ubica en la parroquia Lecherías, municipio Diego Bautista, estado Anzoátegui. Sufraga en la Unidad Educativa Carabobo, parroquia San José, municipio Valencia, estado Carabobo.

Su cuenta individual en el IVSS refiere que ingresó al sistema el 2 de enero de 1984, su fecha de contingencia fue el 26 de noviembre de 2017, su estatus actual es cesante al haber egresado de la empresa Holanda Venezuela Caracas, cuyo número patronal es D26008141, el 2 de octubre de 1989. Acumuló 247 semanas cotizadas y un total de salarios cotizados por Bs. 168,16.

Foto: Maibort Petit

Wenceslao Madail Lariao nació el 24 de septiembre de 1963, porta la cédula de identidad número V-8.567.163, se le ubica en la parroquia Anaco, municipio Anaco, estado Anzoátegui. Vota en la Unidad Educativa Anaco PDVSA, parroquia Anaco, municipio Anaco, estado Anzoátegui.

Su cuenta individual en el IVSS dice que ingresó al sistema el 15 de octubre de 1990, su fecha de contingencia es el 24 de septiembre de 2023, su estatus actual es activo, al estar registrado como trabajador del Consorcio Operador Helios Vidal, donde comenzó a laborar el 19 de octubre de 2018. Acumula 439 semanas cotizadas y un total de salarios cotizados por Bs. 15.971,32.

Foto: Maibort Petit

José Gregorio Gómez Marcano nació el 1° de noviembre de 1964, porta la cédula de identidad número V-8.494.572, se le ubica en la parroquia Anaco, municipio Anaco, estado Anzoátegui.

Su cuenta individual en el IVSS indica que ingresó al sistema el 15 de abril de 1994, su fecha de contingencia es el 1° de noviembre de 2024, su estatus actual es activo, estar registrado por la PDVSA Petróleo y Gas S.A., número patronal D11300239 a donde comenzó a trabajar el 25 de marzo de 2004. Acumula 1.079 semanas cotizadas y un total de salarios cotizados de Bs. 56.069,36.

Foto: Maibort Petit

Daniel Florencio Haro Méndez nació el 27 de octubre de 1967, es titular de la cédula de identidad número V-9.961.898, se le ubica en la parroquia San Cristóbal, municipio Bolívar, estado Anzoátegui. Vota en la Escuela de Capacitación femenina Gregoria Díaz, parroquia Cantaura, municipio Freites, estado Anzoátegui.

Su cuenta individual en el IVSS refiere que ingresó al sistema el 15 de julio de 1985, su fecha de contingencia es el 27 de octubre de 2027, su estatus actual es cesante al haber egresado el 31 de octubre de 2008 de la empresa Servicios Petroleros Castillito C.A. Acumula 608 se manas cotizadas y un total de salarios cotizados de Bs. 825,83.

Foto: Maibort Petit

Eufemia de Jesús Flores nació el 15 de febrero de 1964, es portadora de la cédula de identidad número V-8.471.728, se le ubica en la parroquia Lecherías, municipio Dios Bautista, estado Anzoátegui[15]. Ejerce el voto en el Centro de Educación Inicial Virgen del Valle, parroquia Lecherías, municipio Diego Bautista, estado Anzoátegui.

Su cuenta individual en el IVSS indica que ingresó al sistema el 1° de junio de 1985, su fecha del contingencia es el 15 de febrero de 2019, su estatus actual es activo, al estar registrada por PDVSA Petróleos y Gas S.A., número patronal: D11300239, empresa a la que entró el 1° de julio de 2004. Acumula 1.306 semanas cotizadas y un total de salarios cotizados de Bs. 31.274,23.

Foto: Maibort Petit

Elvelena Claret Mijares De Leal nació el 9 de marzo de 1954, es portadora de la cédula de identidad número V-3.612.733, se le ubica en la parroquia San Cristóbal, municipio Bolívar, estado Anzoátegui[16]. Ejerce el sufragio en la Unidad Escolar Alfredo Colomine, parroquia San José, municipio Valencia, estado Carabobo.

Su cuenta individual en el IVSS dice que ingresó al sistema el 29 de octubre de 1973, su fecha de contingencia fue el 9 de marzo de 2009, su estatus actual es activo al estar registrada por PDVSA Petróleo y Gas S.A. a la que entró el 12 de abril de 2005. Acumula 856 semanas cotizadas y un total de salarios cotizados de Bs. 35.058,48.

Foto: Maibort Petit

César Enrique Pérez Barrera nació el 24 de febrero de 1957, porta la cédula de identidad número V-4.565.138, se le ubica en la parroquia Francisco Fajardo, municipio García, estado Nueva Esparta[17]. Vota en la Unidad Educativa Escuela Básica Villa Rosa, parroquia Francisco Fajardo, municipio García, estado Nueva Esparta.

Su cuenta individual en el IVSS indica que ingresó al sistema el 10 de enero de 1983, su fecha de contingencia fue el 24 de febrero de 2017, su estatus es activo al estar registrado por PDVSA Petróleo y Gas S.A., número patronal D11300247 a la que entró el 16 de diciembre de 2004. Acumula 1.851 semanas cotizadas y un total de salarios cotizados de Bs. 62.018,88.

Foto: Maibort Petit

Las empresas

Proct-Petrol se define en su página web[18] como una empresa “comercializadora de productos y materiales nacionales e importados para la industria petrolera y gasífera, con sede en Anaco (estado Anzoátegui, Venezuela), ciudad centro de distribución de petróleo y corazón gasífero del país”. Agrega que fue fundada en 1999 con capital cien por ciento nacional con el “objetivo específico es satisfacer las necesidades del sector petrolero y gasífero, con calidad y oportuna respuesta”.

Tiene su sede en la avenida “José Antonio Anzoátegui”, sector Las Charas, edificio Proct-Petrol, Anaco, Estado Anzoátegui. Su correo electrónico es info@proctpetrol.com y sus teléfonos (58-282) 425-4822 y Fax: (58-282) 425-0339.

Los registros del estado de la Florida refieren que Proct-Petrol C.A. Corp. es una empresa registrada el 2 de agosto de 2018 en el estado de la Florida bajo el número F18000003866 y FEI/EIN 98-1443679. Su estatus actual es activa y su domicilio es el 9737 NW 41ST, STE #400, Doral, FL 33178 que igualmente es su dirección postal.

El agente registrador fue Anthony Micale (con la misma dirección). En el directorio figuran Pietro Micale Caccamo; Miria Di Amario Micale y Anthony Aldo Micale, todos con domicilio en el 7714 Bulrush Cayon Trail, Katy, Tx 77494[19].

Proct-Petrol International Inc es una empresa registrada el 13 de julio de 2005 en el estado de la Florida bajo el número P05000098449, FEI/EIN 90-0264421. Su estatus actual es inactivo al haberse disuelto administrativamente, según reporte anual emitido el 23 de septiembre de 2011. Su dirección era el 6505 Lagoon Drive, Suite 130, Miami, Fl 33126 que también era su dirección postal.

Su agente registrador fue Marquez & Marcelo-Robaina P.A. (misma dirección). En el directorio figuraban como presidenta María D. de Micale (3300 S. Gessner Road-Suite 176, Houston, Tx 77063); Vicente Amengual como vicepresidente (3300 S. Gessner Road-Suite 176, Houston, Tx 77063)[20].

Igualmente, Proct-Petrol LLC es una empresa registrada en el estado de la Florida el 21 de septiembre de 2018, bajo el número L18000225145, FEI/EIN 83-201265. Su estatus actual es activo y tiene como domicilio el 9737 NW 41ST Street, Suite $400, Doral, FL 33178, que también es su dirección postal. El agente registrador fue Anthony A. Micale (misma dirección) quien también figura a la cabeza del directorio.

Oil Parts Supply Inc, según refiere su página web, “es un exportador profesional de tuberías, válvulas y conexiones producidas en USA. Tenemos acceso directo a numerosos fabricantes Americanos de suministros para la industria de Petróleo, Gas y Petroquímica. Nuestra sede se encuentra en Houston TX, uno de los puertos marítimos más importantes de Estados Unidos (…) Oil Parts Supply, Inc. ofrece las mejores soluciones para todas sus necesidades de procura (…) Tenemos muchos años de experiencia en especificaciones de productos, tabulación de ofertas, adquisiciones, administración de contratos, programación, agilización, ingeniería de aplicaciones, gestión de proyectos, coordinación e integración de sistemas. Dándonos la oportunidad de servirle, verán sus expectativas sobrepasadas”.

La sede principal de la empresa se encuentra en el 11875 Little York, Suite N° 305, Houston, TX 77041. EL correo electrónico es sales@oilpartssupply.com y los teléfonos 832-598.2413 y 832-598.2417. Tiene oficinas en Pekín, Caracas, Anaco y Puerto La Cruz.

El portal Corporation Wiki refiere que el presidente de Oil Parts Supply Inc es Pietro Micale, quien también aparece relacionado con la empresa Euro Import & Distribution LLC, habiendo sido fundadas ambas compañías durante un periodo de dos años, siendo la de más reciente fundación la creada en agosto de 2010. La primera se encuentra activa y la segunda inactiva.

Foto: Maibort Petit

El portal agrega que Euro Import & Distribution LLC es una Compañía de Responsabilidad Limitada Nacional (LLC) registrada en el estado de Texas que en la actualidad se encuentra inactiva. “Esta entidad corporativa se presentó hace aproximadamente nueve años el miércoles 4 de agosto de 2010, como se registró en los documentos presentados ante el Secretario de Estado de Texas”.

Ecología Integral, Ecoinca C.A. de acuerdo a la página Pymes Venezuela tiene su dirección principal en la Urbanización La Candelaria, Puente Yánez a Perico, edificio Serrano, piso 2, oficina N° 27, municipio Libertador, Distrito Capital, que también es su dirección fiscal. Su número de Registro de Información Fiscal (RIF) es J306608141. Se trata de una empresa con 10 trabajadores cuyo teléfono es 0414-1902479 y 0414-8415646[24].

Executives Renta Cars C.A. refiere en su página web que son una “empresa de alquiler de vehículos con una trayectoria comercial de más de 20 años en el mercado, nacida en el año 1994, cuenta con presencia en la zona Nor-Oriental del país, brindando servicios a toda la población nacional e internacional”.

Tiene su sede en la avenida Intercomunal Jorge Rodríguez con avenida Guzman Lander, local edificio Executive Renta Car, N° 1-69, sector Colinas del Neveri, Barcelona, estado Anzoátegui. Sus teléfonos son (+58) 281-274.40.71, (+58) 281-274.39.74 y sus correos electrónicos kpetter@executivesrentacar.com y info@executivesrentacar.com.

En próxima entrega daremos conocer algunos de los negocios surgidos a la sombra de esta supuesta trama de corrupción.

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Proct-Petrol la empresa de Pietro Micale ampliamente beneficiada con los contratos de personal de PDVSA Gas Comunal

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Buena parte de las asignaciones se hicieron a la empresa del cuestionado empresario, acusado de defraudar a la petrolera estatal con contratos con sobreprecio obtenidos a través de un esquema de corrupción en el que participaban familiares, allegados y compañías de su propiedad o de su testaferro.

Por Maibort Petit/Venezuela Al Día

La trama de corrupción de la cual sería el principal protagonista Pietro Micale Caccamo, empresario del oriente venezolano, quien habría esquilmado cientos de millones de dólares a Petróleos de Venezuela S.A. valiéndose de una red en la que participaban familiares, allegados, empresas y funcionarios de la estatal, sirvió para que los contratos de personal asignados por la gerencia de gasificación de PDVSA Gas Comunal, fueran otorgados a Proct-Petrol, presuntamente de manera fraudulenta a cambio de jugosas comisiones.

El empresario oriental y su esposa y socia, Miria Di Amario de Micale, fueron imputados por el Ministerio Público por supuestamente estafar a PDVSA por una cifra que supera los 2 mil millones de dólares.

Los contratos a que hacemos referencia en esta entrega fueron asignados por la Gerencia General de Gasificación luego de un proceso de reestructuración organizacional aprobado por la junta directiva de PDVSA Gas Comunal encabezada por Wenceslao Madail, señalado de formar parte del grupo de funcionarios que favoreció a Micale con las negociaciones irregulares.

Proyecto de reorganización estructural de la gerencia de gasificación

Ante la junta directiva de PDVSA Gas Comunal S.A. se sometió un proyecto relativo a la estructura organizacional de la Gerencia General de Gasificación de la filial petrolera con el objetivo de consolidar la ejecución del Plan de Gasificación Nacional “en el marco del socialismo bolivariano y nuevo modelo de producción y participación nacional”.

El proyecto planteó como misión el desarrollar e implantar proyectos de infraestructura para la distribución de Gas Metano y GLP, a través de redes y plantas de llenado para así satisfacer la demanda nacional, “alineados con políticas y planes del Estado, garantizando el suministro oportuno, seguro y confiable, con la participación comunitaria mediante modelos de relaciones socialistas, asegurando la estandarización y aplicación de las mejores prácticas, en armonía con el ambiente y aprovechamiento de los recursos petroleros al servicio del bienestar social”.

Asimismo la visión expuesta era constituirse en la organización que “garantice la infraestructura requerida para el acceso de la población al Gas Metano y GLP como instrumento fundamental para incrementar significativamente su calidad de vida en el marco del Plan Siembra Petrolera”.

El proyecto se trazó como objetivos estratégicos, primero, diseñar y construir la infraestructura para garantizar el suministro de Gas Metano a las localidades enmarcadas en el Plan de Gasificación Nacional, priorizando sectores de menores recursos, a fin de aumentar la calidad de vida de la población. Segundo, diseñar y construir la infraestructura necesaria para las plantas de llenado de GLP comunitarias. Tercero, promover y fortalecer las organizaciones del poder popular para el manejo de las diferentes cadenas productivas asociadas al Gas Metano y GLP. Y cuatro, propiciar la sustitución de importaciones.

Se plantean una serie de premisas direccionales y medulares dirigidas a definir la planificación de las estrategias y los planes de acuerdo al modelo socialista propuesto desde el ejecutivo nacional, en el que supuestamente las comunidades tienen una amplia participación y poder de control de la gestión.

Entre las premisas de desarrollo organizacional se proponen un diseño mixto en razón de los procesos y la dispersión geográfica, de manera de asegurar el cumplimiento eficiente del Plan de Gasificación Nacional; límites de responsabilidad definidos; una estructura organizativa que facilite la sinergia con otras organizaciones internas y externas del ámbito de PDVSA Gas Comunal, S.A; la optimización de los recursos disponibles; y un alto nivel de autonomía y control.

A la cabeza de la estructura organizacional propuesta se encuentra la dirección de enlace seguida por la gerencia general de gasificación nacional de la que derivan la gerencia de apoyo y aseguramiento administrativo, la gerencia de QA/QC y sistema de gestión de calidad, la gerencia de estimación de costos, la gerencia de ingeniería, la gerencia de planificación y control de gestión y la secretaría. Igualmente cinco grandes gerencias de gasificación por región geográfica, a saber, occidente, centro-occidente, centro, oriente y la gerencia de procura y almacenes. Así también las superintendencias de ingeniería, contratación, coordinación social y construcción.

Se establecen los requerimientos de personal que, de acuerdo a lo programado, será de 731 personas para la superintendencia de ingeniería, compuestos de 263 permanentes y 468 contratados; y 181 para la superintendencia de construcción, repartidos en 64 permanentes y 117 contratados.

Entre los años 2008 y 2010, el requerimiento de personal para la gerencia de gasificación región centro será de 179 trabajadores, compuestos por 62 permanentes y 117 contratados.

Para la gerencia general de gasificación nacional entre los años 2008 y 2010, se estableció un requerimiento de personal de 5 empleados para la gerencia de QA/QC y sistema de gestión de calidad (SGC), todos de carácter permanente; 15 trabajadores para la gerencia de estimación de costos, 10 de carácter permanente y 5 contratados; 5 trabajadores permanentes para la gerencia de ingeniería; y 5 trabajadores de carácter permanente para la gerencia de planificación y control de gestión.

Asimismo, la gerencia de gasificación nacional entre 2008-2010 proyecto una necesidad de personal de 15 trabajadores, a saber 9 de tipo permanente y 6 contratados, destinados todos para la gerencia de estimación de costos.

Para la gerencia de ingeniería en el periodo 2008-2010 se requerían 5 trabajadores permanentes para desempeñarse en las superintendencias de occidente, centro-occidente, centro y oriente.

Entretanto para la gerencia de planificación de gestión en el mismo periodo 2008-2010, eran necesarios 5 trabajadores de tipo permanente, especialmente para las superintendencias de occidente, centro-occidente, centro y oriente.

La gerencia de procura y almacenes para el periodo 2008-2010 necesitaba, según estimaciones del proyecto, 5 trabajadores de carácter permanente.

Para la Superintendencia de QA/QC y sistema de gestión de calidad el proyecto planteó la necesidad de ingresar 18 trabajadores, de los cuales 3 serían permanentes y 15 contratados.

La propuesta organizativa estipuló que para gerencia de apoyo y aseguramiento administrativo, la secretaría y las superintendencias a ella adscritas (planificación y control de gestión, contratación, coordinación social, construcción) se requerían líderes de área, ingenieros, analistas, dibujantes.

Así, la superintendencia de ingeniería requería 30 trabajadores, 9 permanentes y 21 contratados.

La superintendencia de contratación necesitaba 16 trabajadores, 7 permanentes y 9 contratados.

La superintendencia de coordinación nacional pedía 10 trabajadores, 4 permanentes y 6 contratados.

La superintendencia de construcción solicitaba 73 trabajadores, 24 permanentes y 49 contratados.

En resumen, los recursos necesarios para la puesta en marcha del proyecto de gasificación nacional, en el área de personal requería 920 trabajadores, 262 fijos para el periodo 2008-2010, 288 para 2010-2013 (contaba con 6 trabajadores fijos).

El personal contratado sería de 468 para 2008-2010 y de 632 para 2010-2013 (contaba con 158 trabajadores).

El requerimiento de instalaciones administrativas era 410 estaciones de trabajo para 2008-2010 y 520 estaciones para 2010-2013. Se contaba con 60 espacios.

El requerimiento en instalaciones operativas era 5 almacenes para 2008-2010 y de 5 almacenes para 2010-2013. Se contaba con un almacén.

Las acciones a tomar que el proyecto planteaba era la creación de la estructura (SAP); la definición de Niveles Autoridad y Autorización Financiera (NAAF); la nivelación de puestos y posiciones de acuerdo a funciones; la captación de recursos humanos para cubrir las posiciones de la nueva estructura organizativa; la identificación de brechas y cumplimiento del Plan de Formación (DNF); y la ubicación de espacios físicos (oficinas y almacenes) a nivel regional.

Para el momento de la presentación del proyecto, es decir, abril de 2008, la estructura organizativa era de 6 trabajadores permanentes y 158 trabajadores contratados.

Para el periodo 2010-2013 se estimaba contar con 140 trabajadores de carácter permanente y 765 contratados para un total de 905 trabajadores.

El personal ingresado

Como se puede apreciar a continuación PDVSA Gas Comunal asignó mayoritariamente los contratos de personal a la empresa Proct-Petrol C.A., una decisión en la que Wnnceslao Madail y Beatriz Rodríguez fueron determinantes, según refieren las fuentes informativas.

El 4 de agosto de 2008, mediante oficio RH-AAO- 08- 708, César Rincón, gerente de recursos humanos Producción Gas Anaco, le dio ingreso a 16 personas provenientes de la empresa Proct-Petrol, los cuales estaban destinados a laborar en la Gerencia de PDVSA Gas Comunal.

Así, el 6 de agosto de 2008, mediante el oficio RH-AAO-08 suscrito por César Rincón, gerente de recursos humanos de Producción Gas Anaco, PDVSA Gas dio entrada a personal proveniente de la empresa Menserca destinado a laborar en la Gerencia de PDVSA Gas Comunal.

El 12 de Agosto de 2008, a través del oficio GRH-PLC-08-001 suscrito por Romer Salcedo, gerente de recursos humanos de PDVSA Gas Comunal y con aprobación de Edgar Villalobos, gerente general del proyecto de Gasificación nacional, ingresó a 40 personas provenientes de la empresa Proct-Petrol C.A., el cual estaba destinado a la Gerencia de Gasificación-PDVSA Gas Comunal.

El 15 de agosto de 2008, mediante el oficio GRH-PLC-08-009, Romer Salcedo, gerente de recursos humanos de PDVSA Gas Comunal con el visto bueno de Edgar Villalobos, gerente general del proyecto de Gasificación nacional, dio ingreso a 34 personas de la empresa Proct-Petrol C.A. que estarían destinadas a laborar en la Gerencia de Gasificación-PDVSA Gas Comunal.

El 15 de agosto de 2008, a través del oficio GRH-PLC-08-013, Romer Salcedo, gerente de recursos humanos de PDVSA Gas Comunal con aprobación de Edgar Villalobos, gerente general del proyecto de Gasificación nacional, ingresó 10 personas provenientes de la empresa Proct-Petrol C.A. para laborar en la Gerencia de A.I.T./Puerto La Cruz-PDVSA Gas Comunal.

El 25 de agosto de 2008, a través del oficio GRH-PLC-08-012, Romer Salcedo, gerente de recursos humanos de PDVSA Gas Comunal con aprobación de Edgar Villalobos, gerente general del proyecto de gasificación nacional, asignó 16 personas provenientes de la empresa Proct-Petrol C.A. que laborarían en la Gerencia de Gasificación-PDVSA Gas Comunal.

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Conoce la empresa mixta cubano-venezolana que se proyectó para operar en un yacimiento de níquel próximo a agotarse

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Lo que se suponía era un negocio que rendiría importantes réditos terminó paralizado argumentándose “cambios en las condiciones iniciales”, una excusa que trataba de ocultar las verdaderas razones por las cuales el proyecto se vino abajo.

Maibort Petit / Venezuela al Día

Al amparo de la llamada Alternativa Bolivariana para América Latina y el Caribe (ALBA), los gobiernos de Cuba y Venezuela decidieron constituir la empresa mixta Ferroníquel Minera S.A. para operar en Moa, en la provincia de Holguín, tenido supuestamente como uno de los más ricos e importantes yacimientos de níquel de la isla. Sin embargo, la construcción de la planta, se paralizó en 2013 por decisión del gobierno cubano, una medida que supuestamente regiría por cuatro años, argumentando “cambios en las ‘condiciones iniciales’ del proyecto”, pero las verdaderas razones tal vez pudieran obedecer a la perdida de interés de China de invertir en el proyecto y al presunto agotamiento de las reservas de níquel y cobalto en el lugar, limitadas solamente a unos 20 años. Una situación que deja ver la improvisación de la administración venezolana en cuanto a la realización de negocios con el gobierno del país antillano.

En esta entrega presentamos a los documentos de constitución de la empresa mixta Ferroníquel Minera S.A., por parte de la sociedad de capital cubana Yamanigüey S.A. y la venezolana Empresa de Producción Social Minera Nacional C.A., pudiendo apreciarse que los referidos estatutos y normas para la conformación de la firma parecen estar diseñados a la medida de los intereses cubanos.

Se previó que Ferroníquel Minera S.A. invertiría USD 700 millones en la construcción de una planta que supuestamente produciría 66 mil toneladas métricas al año en Moa, para lo cual se llevaron a cabo los estudios del caso para la obra, habiéndose iniciado los trabajos en 2011 y calculándose que estarían culminados para iniciar operaciones en 2013.

Pero en ese año 2013 lejos de concretarse la obra se decidió paralizarla y postergarla por cuatro años “debido a cambios en las ‘condiciones iniciales’ del proyecto, según una resolución publicada en la Gaceta Oficial”, refiere una nota periodística de La Voz , que agrega que por disposición del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros se decidió “autorizar a la Empresa Mixta Ferroníquel Minera S.A. la paralización de los trabajos de explotación por el término de tres años y la prórroga al inicio de los trabajos de procesamiento por el término de cuatro en el área denominada Moa Occidental III, provincia de Holguín”. La información refirió que la empresa solicitó ambas prórrogas a la Oficina Nacional de Recursos Minerales cubana.

La aparente razón de la paralización era, según la versión oficial, el cambio de las condiciones iniciales que regirían la ejecución del proyecto cuando se produjo un retraso en la creación de una asociación económica entre una empresa proyectista extranjera y una firma cubana de ingeniería.

No obstante, la decisión podría haber estado sustentada más bien en asuntos de mayor peso, como la perdida de interés del gobierno chino en prestar el capital, se lee en una nota del portal Cubanet que recuerda que en tiempos del presidente Hu Jintao, en 2004, en ocasión de celebrarse el Foro de Inversión y Comercio, el mandatario ofreció apoyar el proyecto y prometió un crédito de USD 500 millones.

Transcurridos los años, el gigante asiático disminuyó su crecimiento a lo que se sumó la crisis económica internacional y la merma de la demanda de acero inoxidable que repercutió en los precios del níquel. Igualmente habrían privado como razones, la producción del mineral en países como Madagascar, Indonesia, Filipinas, Nueva Caledonia y Australia, muchos más cercanos a China.

Pero más significativo sería el hecho de que las reservas de níquel y cobalto del municipio de Moa tan sólo tendrían una duración para unos 20 años, una razón de bastante peso y determinante en la posible disminución y fin de los USD 600 millones que el mineral aporta cada año a la economía cubana. En pocas palabras, el yacimiento de níquel en Moa, lugar donde operaría la planta de Ferroníquel Minera S.a. sencillamente estarían próximos a agotarse .

Así lo dejan ver el portal Inter Press Service que recoge unas declaraciones formuladas por Ricardo Quintana, subdirector general de la fábrica Comandante Pedro Sotto Alba, la mayor de las dos procesadoras del metal enclavadas en Moa y quien revela que los planes antillanos se dirigen a “no al crecimiento sino a buscar más eficiencia metalúrgica y disminución de los costos”.

“Al ritmo actual de extracción, las reservas de níquel en la localidad alcanzan para unos 18 o 20 años, detalló Quintana. La caída de los precios del níquel y el cobalto asociado en el mercado internacional desaconsejan, además, aumentar la producción, amplió”, recoge la reseña en la que también Manuel Oliveros, director de Cubaníquel emite su opinión: “Todavía no tenemos una definición exacta de la manera en que vamos a cambiar en Moa, porque todavía quedan 20 años de explotación de la parte del mineral que aprovechan las plantas actuales”.
Oliveros, por cierto, hizo mención a la empresa mixta cubano-venezolana, como uno de los proyectos que para el momento de sus declaraciones estaba en marcha, cuya planta en construcción para el momento procesaría la parte de la roca que no aprovechaban el resto de las fábricas que allí laboraban.

Según lo dicho por Oliveros, Ferroníquel Minera S.A. procesaría también el mineral de los yacimientos de la localidad de Nicaro, distante 70 kilómetros, “mediante un proceso que aprovecha casi todo el mineral, que contiene 66 por ciento de hierro y 33 por ciento de níquel”.

Sin embargo, la realidad pareció imponerse y el proyecto se detuvo.

La constitución de la empresa

El 15 de octubre de 2007, en La Habana, bajo el número 1088 fue constituida la empresa mixta Ferroníquel Minera S.A., acto que se llevó cabo ante Olga Lidia Pérez Díaz, notario especialista con competencia nacional y sede en la Notaría Especial del Ministerio de Justicia de la República de Cuba, municipio de Playa, frente a quien compareció el cubano Ernesto Gómez Cumplido, en representación de la sociedad de capital cubana, Yamanigüey S.A. en su carácter de presidente.

Igualmente compareció el venezolano, Oscar Alexander Roa Rojas, representando como su presidente a la Empresa de Producción Social Minera Nacional C.A., para llevar a cabo la creación de la referida firma.

Foto: Maibort Petit

Establece el acta constitutiva que la conformación de la citada empresa mixta se hizo de conformidad con el Convenio de Asociación suscrito entre Cuba y Venezuela y en virtud de la correspondiente autorización gubernamental concedida mediante el acuerdo el Acuerdo número 6142 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, fechado el 14 de octubre de 2007, en consonancia a lo dispuesto en la Ley de la Inversión Extranjera, Ley número 77 de 5 de septiembre de 1995, así como en el Código de Comercio de Cuba y demás disposiciones legales, quedando denominada como Ferroníquel Minera S.A.

Foto: Maibort Petit

Se estipula que Ferroníquel Minera S.A. se regirá por sus estatutos y en lo previstos en las normas jurídicas, el convenio mencionado y los acuerdos internacionales que suscriban y ratifiquen ambos países.

En su primer artículo, los estatutos de la empresa refieren que Ferroníquel Minera S.A. se establece con patrimonio propio como sociedad anónima por acciones nominativas para llevar a cabo los objetos lícitos más adelante especificados, regida por la escritura de su constitución, el Convenio de Asociación y los propios estatutos, la Ley número 77 del 5 de septiembre de 1995, Ley de la Inversión Extranjera y Ley número 76, Ley de Minas y su legislación complementaria y supletoriamente por el Código de Comercio de Cuba y toda la legislación de la nación caribeña que esté vigente.

Los estatutos pasan a formar parte del convenio de asociación entre Yamanigüey S.A. y la Empresa de Producción Social Minera Nacional C.A.

Ferroníquel Minera S.A. es una empresa con nacionalidad cubana que tiene su domicilio en la Carretera Moa-Baracoa kilómetro 16 y medio, municipio Moa, provincia de Holguín, Cuba, dirección que podrá variar por disposición de la junta General de accionistas. Igualmente, la empresa puede establecer oficinas, sucursales, representaciones y filiales, tanto en Cuba como en el extranjero, previo cumplimiento de los requisitos y formalidades establecidas por la ley.

El objeto social de la empresa y su duración

Reza el documento en su artículo 3 que Ferroníquel Minera S.A. tiene por objeto social la exploración, desarrollo, explotación y procesamiento de los minerales serpentiníticos extraídos de las áreas concesionadas del yacimiento Moa Occidental II, así como la comercialización dentro y fuera del territorio nacional del ferroníquel obtenido y los subproductos y desechos relacionados al proceso.

Insertar Imagen Ferroníquel Minera 3

Alcanzar este objetivo social, Ferroníquel Minera S.A. llevará a cabo un proceso inversionista que incluye la elaboración de la ingeniería básica y de detalle, construcción, montaje y puesta en explotación de la planta y, en general, las actividades inherentes y conexas a la operación de la misma y aquellas relacionadas con los subproductos y desechos relacionados de esta y las que determine el plan de negocios de la empresa. Esto prevé la compra, enajenación, arrendamiento, usufructo, importación y explotación de bienes y servicios requeridos para el cumplimiento del objeto social, así como celebrar toda clase de contratos necesarios para alcanzar este fin.

La empresa —dice el artículo 5— tendrá una vigencia de 25 años contados a partir de su inscripción en el Registro Mercantil y podrá disolverse por las causas que establecen el convenio y los estatutos.

La vigencia de la empresa podrá extenderse por decisión de los accionistas previa autorización de la autoridad competente.

El capital social de la empresa

Entretanto, el artículo 6 hace referencia al capital social de Ferroníquel Minera S.A. el cual se estableció en USD 60 millones divididos en 600 mil acciones con valor nominal de USD 100 cada una.

Luego de describir el contenido de los certificados de acciones el artículo 7 refiere que el capital social podrá incrementarse o disminuirse mediante acuerdo unánime adoptado por la junta general de accionistas.

Cuando se emitan nuevas acciones, los socios tendrán derecho a suscribirlas en igual proporción de 51 por ciento (Yamanigüey S.A.) y 49 por ciento (Empresa de Producción Social Minera Nacional C.A.). Si alguna de las partes no puede aportar el porcentaje correspondiente a prorrata en el aumento del capital por no disponer de efectivo, esta parte tendrá la facultad de pagar estas acciones durante un periodo de 9 meses a partir de la fecha de la sesión de la junta general de accionistas que haya autorizado el aumento, para conservar la misma proporción en el capital. Si al término de este tiempo dicha parte no ha podido pagar la alícuota que le corresponde en el aumento de capital, el otro accionista puede suscribir y pagar las acciones que no hayan sido pagadas por falta de capital.

El aumento o reducción del capital se hará previa autorización de las autoridades de Cuba, disminuyendo el valor nominal de las acciones.

La reducción del capital solamente podrá llevarse a cabo luego de la liquidación de las deudas y obligaciones pendientes en la fecha en que se adoptó el acuerdo por la junta general de accionistas, salvo que se obtenga el consentimiento previo de los acreedores.

Las acciones

Indica el artículo 8, que las acciones pueden estar representadas por certificados que comprendan una o más de ellas, firmadas por el presidente de la junta de directores y el secretario. Estos certificados pueden estar divididos en tantos como acciones representen o refundidos a voluntad del titular.

Se deja sentado que las acciones no devengarán intereses, sino que concederán a sus propietarios el derecho a participar en las utilidades mediante la distribución de dividendos que resultan del balance general que se practique al final de cada trimestre.

Las acciones se inscribirán en el libro de registro y solamente se reconocerán las acciones allí inscritas, las cuales en caso de pérdidas, robo o destrucción podrán ser emitidas un duplicado por el titular (artículo 9).

Si el valor nominal de las acciones no estuviese totalmente abonado, se hará constar en el reverso y en el libro de registro de acciones el importe parcial pagado y cuando se pague totalmente o si se hacen pagos parciales se anotarán estos en las acciones y en el libro de registro de acciones (artículo 10).

Las acciones no pueden darse en prenda o garantía, ser vendidas , gravadas, cedidas o traspasadas a terceros sin acuerdo previo adoptado por votación unánime de la junta de accionistas y de la autoridad gubernamental (artículo 11). La transferencia a terceros de parte o la totalidad de las acciones tiene que solicitarse por escrito a la junta directiva la que convocará con carácter extraordinario a la junta general de accionistas (artículo 12).
Los socios tienen preferencia para comprar las acciones en venta, pero si no está de acuerdo con el precio pretendido de dichas acciones, se procederá a la valoración de las mismas por una empresa especializada. Si una empresa afiliada hubiese comprado las acciones, pero luego se comprobare que no corresponde a la definición de empresa afiliada, las acciones deberán ser transferidas sin demora a una empresa que tenga derecho a poseerlas o a las empresas accionistas fundadoras.

Si la cesión no es con una empresa afiliada, el otro accionista tiene un derecho de prioridad en la compra de las acciones. Para ello el ofertante debe notificar al otro accionista su intención de vender a través de una carta certificada con acuse de recibo, especificando el precio y detalles de la venta. El otro accionista debidamente notificado tendrá 30 días a partir de la fecha de recepción de la carta para tomar una decisión, la cual podrá ser: 1) comprar las acciones al precio y en las condiciones ofertadas. 2) Negociar el precio y las condiciones de venta para lo cual cuentan con 30 días suplementarios a partir de la notificación. 3) Si hay discrepancia persistente el precio de venta será aquel del valor real de la acción, entendiéndose como tal el que asignen los auditores o el que resulte del último balance aprobado por los accionistas. Si así no se resolviere, entonces se procederá a —las partes— a designar un tasador reconocido internacionalmente y autorizado por el Ministerio de Finanzas y Precios
para operar en Cuba. Si no hay acuerdo para nombrarlo en 30 días, lo designará el presidente de la Cámara de Comercio Internacional a petición de uno de los accionistas, teniendo en cuenta las compañías autorizadas para operar en Cuba. El tasador contará con 30 días para decidir y esta será la última palabra.

El otro escenario planteado en los estatutos es que el receptor decida no ejercer su derecho de prioridad y no comprar las acciones. Luego de unos lapsos, el oferente puede proponer sus acciones a un tercero, para lo cual deben respetarse tres condiciones: 1) el precio de venta al tercero no debe ser inferior al precio ofrecido al receptor; 2) las condiciones de cesión o deben ser más favorables que las expuestas en la notificación a la otra parte; 3) que el cesionario se comprometa por escrito a ser parte del convenio de asociación y reconocer los estatutos y todas las disposiciones o enmiendas que pudieren efectuarse y todas las obligaciones que le correspondan como socios.

Otro posibilidad es que el receptor no ejerza el derecho de preferencia o guarde silencio durante 15 después de la notificación por el oferente y este no realice la operación en los 180 días de la fecha de notificación de origen, por lo que volverá a surtir efecto la obligación de notificación previamente y el derecho de prioridad. Cualquier venta o transferencia debe ser aprobada por el gobierno cubano.

Gobierno, dirección y administración de la empresa y demás normas

El artículo 13 establece que el máximo nivel de gobierno y dirección de la empresa corresponde a la junta general de accionistas.

La administración y representación estará a cargo de la junta de directores, mientras la gestión ordinaria de los negocios corresponderá a la gerencia, cuyos miembros serán designados por la junta directiva.

El resto de las normas estatutarias versan sobre la junta general de accionistas, su constitución, funcionamiento y atribuciones. Igualmente hay normas respecto a la junta de directores y secretario, las competencias de los directores, el secretario y el gerente general, la disolución y liquidación de la empresa y la disposición final.

Más sobre el capital

El documento prevé que, como ya se apuntó previamente que el capital social es de USD 60 millones representados en 600 mil acciones nominativas de una sola serie y de una sola clase, numeradas correlativamente de la uno a la 600.000, ambas inclusive con un valor de USD 100 cada una.

De este capital accionario, Yamanigüey S.A. ostenta al 51 por ciento y la Empresa de Producción Social Minera Nacional C.A. el 49 por ciento restante.

Ernesto Gómez Cumplido en representación de la primera, suscribió 51 acciones y pagó USD 5.100, mientras Oscar Alexander Roa Rojas, representando a la segunda, suscribió 49 acciones y pagó USD 4.900, lo que acreditan con la certificación emitida por el Banco Popular de Ahorro sobre depósito con carácter provisional.

Este pago quedó certificado por el Banco Popular de Ahorro el 15 de octubre de 2007 a través de una comunicación que daba fe del depósito efectuado con carácter provisional. El mismo refiere que en la citada fecha se realizó el depósito provisional en la sucursal 9732 de dicha entidad bancaria, advirtiéndose que el mismo podría ser utilizado exclusivamente para la suscripción posterior de las acciones de la empresa mixta Ferroníquel Minera S.A. El importe del depósito fue de USD 10 mil.

Luego de 30 días contados a la terminación de la evaluación y actualización del estudio de factibilidad del proyecto y en función de los resultados que este arrojara, Ferroníquel Minera S.A. emitiría un número de acciones que representaran el valor de los activos que efectivamente aportaría Yamanigüey S.A.

Los aportes de los accionistas al capital social serían del 51 por ciento de las acciones para Yamanigüey S.A. y el 49 por ciento de las acciones de Empresa de Producción Social Minera Nacional C.A.

El aporte de Yamanigüey S.A. sería el cien por ciento del capital social que corresponde al valor total de los activos que esta transferiría a la empresa mixta y suscribiría solamente el 51 por ciento de las acciones.

Empresa de Producción Social Minera Nacional C.A. suscribiría 49 por ciento de las acciones y pagaría a Yamanigüey S.A. el derecho de suscripción del 49 por ciento de las acciones.

El pago de Empresa de Producción Social Minera Nacional C.A. a Yamanigüey S.A. por el derecho de suscripción del 49 por ciento de las acciones sería ascendente al 49 por ciento del valor de los activos que Yamanigüey S.A. transfiriera a la empresa mixta.

El convenio de asociación

El 15 de octubre de 2017, en La Habana, Cuba, se suscribió el Convenio de asociación para la constitución de una empresa mixta entre Yamanigüey S.A. y la Empresa de Producción Social Minera Nacional C.A.

Este documento establecía las pautas que regirían la constitución de la empresa mixta Ferroníquel Minera S.A. al amparo de lo establecido en la Ley N° 77 del 5 de septiembre de 1995, Ley de la inversión Extranjera y la Ley N° 76, de 21 de diciembre de 1994 y la Ley de Minas de la República de Cuba.

Este documento contenía todas las premisas que fueron desarrolladas en los estatutos a que hicimos referencia anteriormente.

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Estas son las normas y condiciones que rigen a los asesores cubanos en Venezuela

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El “servicio de asesoría” cubana a Venezuela se encuentra regido por un marco regulatorio que a continuación presentamos a nuestros lectores a objeto de que conozcan el conjunto de condiciones que regulan la presencia antillana en el país desde la suscripción del convenio de cooperación entre Hugo Chávez y Fidel Castro.

Maibort Petit/Venezuela al Día

El Convenio Integral de Cooperación suscrito entre las instituciones públicas y privadas de Cuba y Venezuela el 30 de octubre de 2000 se hizo acompañar de una normativa que establece las condiciones generales para la prestación de los servicios de asesoría cubana en el país que las partes estipularon y firmaron el 24 de enero de 2014.

La identificación ideológica surgida entre los gobiernos de Cuba y Venezuela a raíz de la llegada al poder del fallecido expresidente, Hugo Chávez, en 1998, dio lugar a la suscripción de una serie de convenios y acuerdos de cooperación que significaron el arribo de un gran contingente de cubanos al país, quienes se instalaron en diversas instancias e instituciones del país y, como lo han denunciado en múltiples oportunidades diversos personeros y organizaciones, usurpan funciones que por motivos de soberanía únicamente debían estar a cargo de venezolanos.

La normativa fue establecida entre el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera de la República de Cuba y el Ministerio del Poder Popular de Petróleo y Minería de la República Bolivariana de Venezuela, los cuales se sustentaron, según lo reza el documento, “en los idearios de nuestros próceres independentistas Simón Bolívar y José Martí, quienes han guiado a nuestros pueblos para crear un mundo multipolar sin la dominación de la hegemonía imperial, donde se construya la unidad, así como la lucha constante por la independencia y la democracia”.

El preámbulo refiere que dichas “estrechas relaciones de hermandad y cooperación” serán el sustento que desarrolle la colaboración que se brinden las partes y destaca que Cuba se encontraba en condiciones y con disposición de ayudar a Venezuela a cumplir sus objetivos a través del envío de personal cubano para colaborar en diferentes sectores.

Objetivo

El artículo primero establece el objetivo de la norma que no será otro que establecer las “condiciones generales para la ejecución de los proyectos amparados en el Convenio Integral de Cooperación firmados entre las instituciones estatales y públicas de la República Bolivariana de Venezuela y la República de Cuba, garantizando que la misma ofrezca resultados favorables”.

Las obligaciones de las partes

En el artículo 2 se definen las obligaciones que en el contexto del convenio de cooperación tienen Cuba y Venezuela.

En primer término se establece que como la parte que envía al país que ejecuta los proyectos de cooperación que se derivan de la aplicación del convenio integral de cooperación, mientras que la parte que recibe será el país receptor y usuario de estos proyectos.

Cita primeramente lo relativo al transporte aéreo y, en este sentido, se indica que la parte que recibe estará obligada a asumir el pago de los pasajes aéreos de los asesores especializados entre Cuba y Venezuela, por la vía más económica y directa, debiendo incluir el período de vacaciones y término de la misión, según corresponda, al igual que los impuestos de aeropuerto.

También deberá garantizar la obtención de visados y cubrir los gastos derivados de esta gestión, así como visas de tránsito y otros documentos necesarios para la permanencia, buen desenvolvimiento de sus funciones y retorno oportuno al país de origen.

Se agrega la obligación de garantizar que la autorización de residencia de los asesores que se encuentran al amparo de estas condiciones tenga validez por el período de la misión, así como también debe asumir los gastos derivados del traslado de los asesores hacia su país —con un acompañante si fuera necesario—, cuando en caso de enfermedad, fallecimiento y/o accidente de gravedad no se cuente con los recursos médicos y hospitalarios para su debida recuperación en el territorio.

Luego se enumeran las obligaciones respecto a la transportación local y se establece que la parte que recibe debe asumir el pago del traslado de los asesores desde su residencia hasta el lugar donde desarrollen su trabajo y viceversa, tanto al inicio como al término de la jornada laboral; asimismo facilitar el transporte para las gestiones administrativas de los asesores.

Se debe garantizar y asumir los gastos de traslado cuando el asesor deba desplazarse por razones vinculantes a la actividad que realiza o de enfermedad a un ente distinto al habitual, o si tuviera que trasladarse a otro lugar del país que no sea el de su residencia habitual, previa autorización de ambas partes.

Luego hace referencia a los aspectos relacionados al alojamiento, viáticos y condiciones de vida, precisando que la parte que recibe debe garantizar a los asesores, alojamiento convenientemente amueblado, en condiciones adecuadas de habitabilidad, comodidad y facilidades usuales de servicios y asumir el pago de los servicios de electricidad, agua, gas de uso doméstico y equipos de climatización.

También debe asumir los gastos de vivienda y alimentación (viáticos) cuando los asesores en funciones de trabajo o por enfermedad hayan sido desplazados a otra región del país lejos de su residencia habitual y proporcionar al asesor cubano que ejecute proyectos en Venezuela la cantidad de Bs. 3.000 mensual —cifra que debe revisarse anualmente— para gastos.

El colaborador podrá ahorrar de los ingresos mensuales para gastos de vida, desde un 10, 20,30 y 40 por ciento y recibir el equivalente en CUC en Cuba, a cuyo efecto ambas partes acordarán las condiciones para el descuento y correspondiente transferencia de acuerdo a la tasa de cambio oficial establecida por el Banco Central de Venezuela.

Se debe garantizar que el ente ejecutor del proyecto de la parte que recibe, facilite el local, los medios y el personal de apoyo necesario para realizar el buen desenvolvimiento del trabajo, al igual que facilidades telefónicas internacionales para consultas profesionales.

Del mismo modo se prevé lo concerniente a la asistencia médica a través del Sistema Nacional de Salud para garantizar la asistencia ambulatoria, hospitalaria y estomatológica (excepto la prótesis dental y ortodoncia), así como los medicamentos y análisis prescritos.

En caso de fallecimiento del asesor se deberán sufragar los gastos por los servicios médicos, sanitarios, legales, de preparación y transportación del féretro con un acompañante hacia el país de la parte que envía.

Sobre la contratación y el pago

Dentro de estas obligaciones de la parte que recibe se prevé que el monto a pagar por la asistencia técnica se determinará de acuerdo a la calificación y experiencia de los asesores que prestan el servicio.

Se establece que los técnicos tendrán un pago mínimo mensual de USD 850 y un pago máximo de USD 1.200.

Los profesionales tendrán un pago mínimo mensual de USD 1.250 y máximo de USD 2.000.

Los consultores de alto nivel tendrán un pago mínimo mensual de USD 2.100 y máximo de USD 3.000.

Perfiles de los asesores

Se entienden por técnicos los asesores de nivel medio superior con habilidades técnicas para desarrollar actividades especializadas bajo supervisión. Domina los equipos y sistemas instalados y el entorno laboral, conoce los procedimientos de calidad asociados a la prestación del servicio. Puede ejecutar tareas específicas de desarrollo, instalación, mantenimiento, configuración y en general cualquiera descrita en un manual de instrucciones o plan de trabajo.

El profesional posee conocimientos especializados y tiene capacidad para realizar análisis de entorno laboral, propone métodos de trabajo, normas técnicas y promueve la estandarización de materiales y equipos. Realiza actividades de control y aseguramiento integral de la calidad. Analiza las especificaciones del proyecto, inspecciona y elabora informes especializados.

El consultor de alto nivel es un profesional de experiencia y conocimientos de alto nivel que posee habilidad científica y profesional y tiene capacidad para formular, evaluar, planificar proyectos, puede dirigir y controlar la ejecución de los trabajos proponiendo modelos de calidad en los mismos. Analiza con eficacia y eficiencia información del entorno en función a los objetivos y prioridades del proyecto.

Se indica que los pagos de los servicios de la asistencia técnica que deriven de lo aprobado en los proyectos serán depositados en una cuenta asignada a tal fin por el Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera de la República de Cuba.

Obligaciones de la parte que envía

Entretanto, la parte que envía debe garantizar que los asesores seleccionados reúnan los requisitos solicitados por la parte que recibe, en cuanto a su calificación, nivel técnico y experiencia para el desempeño de la labor que le ha sido asignada, respaldado con la documentación correspondiente.

También debe velar porque los asesores que presten sus servicios en el país que recibe respeten las leyes, regulaciones y reglamentos en vigor, cumpliendo así con la legislación interna, los usos y costumbres del país receptor, el cual deberá comunicar por escrito a los asesores estas regulaciones antes de comenzar su vínculo laboral.

Se debe enviar el personal seleccionado a su debido tiempo y asegurar que trabaje en los lugares que le hayan sido asignados por la parte que recibe según el proyecto acordado y así alcanzar los objetivos previstos.

Igualmente debe velar porque los asesores durante su estancia en el país receptor, respeten la cultura, las religiones y leyes vigentes.

Debe asumir los gastos concernientes a la sustitución de asesores que interrumpan la contratación por causas no imputables a la parte que recibe.

Vacaciones y horario de trabajo

En el artículo 3 de las condiciones se establece lo relativo a las vacaciones y horario de trabajo, indicándose que el personal que cumple misión tendrá derecho a disfrutar de 30 días de vacaciones en su país después de 11 meses de trabajo en el país de la parte que recibe. Las vacaciones no serán remuneradas.

La preparación del viaje de vacaciones, tránsito y el tiempo de traslados hacia y desde el país de origen no excederá 7 días y no se considerará dentro del período vacacional.

Por otra parte, la jornada laboral de los asesores será la establecida en el país receptor, siempre que no exceda las 40 horas semanales, teniendo derecho al descanso en los días no laborales del país.

El artículo 4 hace mención a las obligaciones generales de las partes contratantes, estipulándose que estas garantizarán que los asesores que trabajen bajo los términos de estas condiciones, laboren únicamente en los puestos para los cuales fueron designados y solamente podrán ser trasladados previa consulta y autorización de las partes.

Las indisciplinas cometida por los asesores cubanos que no requieran una acción legal según las leyes venezolanas, se tramitarán de acuerdo a lo establecido por el Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera de Cuba.

Cuando un asesor no pueda continuar su misión debido a una enfermedad, accidente, o muerte, las partes se reservarán el derecho de sustituir o retirar definitivamente al asesor, previa comunicación a la otra parte con no menos de 30 días continuos de antelación por el canal diplomático, salvo en los casos de extrema necesidad y urgencia. La parte que rescinde de los servicios asume los gastos originados por su decisión.

Cuando la retirada del asesor sea por manifiesta incompetencia o incumplimiento de las regulaciones establecidas, la parte que envía asumirá los gastos de regreso a su país, así como los gastos de envío de quien lo sustituya.

Cuando un asesor, por motivo de enfermedad grave o accidente no imputable al asesor, quede impedido de realizar su trabajo, comprobado debidamente, podrá regresar a su país, asumiendo la parte que recibe los gastos de regreso. A solicitud del país contratante, el asesor será reemplazado por uno de la misma especialidad, incluyendo los motivos de fallecimiento.

Cuando corresponda, la parte que recibe tramitará las admisiones temporales de los equipos necesarios (que no entren bajo el régimen de equipaje) para el trabajo del asesor por un período de un año prorrogable por igual lapso de tiempo.

Finalmente, se prevé que las condiciones acordadas entrarían en vigencia al momento de la firma de las partes y estarán vigentes por un período de 2 años que podrán ser extendidas por 2 años adicionales previa revisión y con las modificaciones derivadas de la actualización de las condiciones socioeconómicas del país receptor si así ser requiriera.

Las partes —reza el artículo 6— podrán notificar por escrito su intención de terminar la vigencia de estas condiciones y de estar de acuerdo ambas, se darán por terminadas 90 días después de recibida la notificación por la otra parte.

El artículo 7 refiere que las disputas se solucionarán de manera amigable y en caso de lograr acuerdos someterán la controversia a los presidentes de la Comisión Intergubernamental, entendiéndose por tales, el Ministro del Poder Popular de Petróleo y Minería de Venezuela y el Ministro del Comercio Exterior y la Inversión de Cuba. Si estos tampoco logren acordarse se someterá la controversia a la decisión de los presidentes de los países, siendo esta la última instancia decisión.

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Conozca las conexiones y empresas del representante de Glencore y sus socios que figuran en los Paradise Papers

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El nombre de Roberto Wellisch, representante de Glenconre en Venezuela y de sus socios, Henry Wallis Corao y el difunto Filippo Vagnoni, así como de empresas offshore relacionadas con estos, aparecen reflejados en parte de los documentos que el diario alemán Süddeutsche Zeitung y el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ), revelaron en 2017 en los denominados Paradise Papers.

Maibort Petit/Venezuela al Día

Como los Papeles del Paraíso se conoce una investigación periodística que se desarrolló con base a una filtración de más de 13,4 millones de documentos provenientes de dos oficinas de abogados, a saber, Appleby de Bermuda, y Asiaciti Trust de Singapur, los cuales revelaron el nuevo mecanismo de funcionamiento de las firmas offshore y que se dieron a conocer a partir del 5 de noviembre de 2017.

La documentación igualmente comprende 19 registros mercantiles de jurisdicciones opacas: Antigua y Barbuda, Aruba, Bahamas, Barbados, Bermudas, Islas Caimán, Dominica, Granada, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, Isla de San Vicente y Trinidad y Tobago (Caribe); Islas Cook, Islas Marshall, Samoa y Vanuatu (Oceanía); Malta (Europa), Líbano (Oriente Próximo) y Labuán, territorio federal de Malasia (Asia).

Las firmas de abogados, se encuentran ubicadas en Bermudas, la primera, Appleby, de donde se obtuvieron 7 millones de documentos, mientras que de la destacada en Singapur, Asiaciti Trust, se filtraron alrededor de medio millón de papeles.

Todos estos documentos llegaron a manos de los periodistas del diario alemán Süddeutsche Zeitung que los compartió con el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ), El Confidencial y La Sexta en España, así como con otros 94 medios y periodistas en 67 países, de manera de procesar rápidamente tan extensa cantidad de papeles.

Entre los nombres de las empresas que salieron a relucir en esta investigación se encuentra Glencore, Facebook, Apple, Disney, Microsoft, EBay, Uber y Nike.

La figura de las empresas offshore aunque es legal, se ha erigido como un mecanismo de evasión de impuestos y para enmascarar operaciones irregulares y fraudulentas. Este tipo de compañías se constituyen fuera del país de residencia en regiones cuya tributación de 0 por ciento, conocidos como paraísos fiscales.

En el caso que nos ocupa, hacemos referencia a conexiones con individuos que aparecen vinculados a Glencore representada en Venezuela por Roberto Jorge Wellisch, la cual ha sido señalada de mantener operaciones presuntamente irregulares con compañías estatales.

Las autoridades federales de los Estados Unidos investigan a Glencore LTD por sus conexiones en Venezuela, el Congo y Nigeria, siendo que en la primera de estas naciones se vigilan rigurosamente las negociaciones de la transnacional con Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), así como con la Corporación Venezolana de Guayana (CVG), la Compañía Anónima Militar de Industrias Mineras, Petrolíferas y de Gas (CAMIMPEG) y sus asociadas extranjeras SPS Oil Production (UK) y Palmat International.

También Glencore forma parte de las firmas presuntamente involucradas en el esquema de corrupción que en la Corte del Distrito Sur de la Florida demanda el fideicomiso PDVSA US Litigation Trust.

Las conexiones y las empresas

Roberto Jorge Wellisch en Venezuela es titular de la Cédula de Identidad número V-15.834.785, mientras que en Argentina, de acuerdo a información del portal Dateas se informa que posiblemente sea portador del DNI 8.252.076, CUIT 20-08252076-8, estimándose su edad en 73 años[1].

La base de datos del Consorcio de Periodistas de Investigación (ICIJ por sus siglas en inglés), el cual recoge información de más de 785.000 entidades offshore que forman parte de las investigaciones Panama Papers, Offshore Leaks, Bahamas Leaks y Paradise Papers, refiere que Wellisch figura en los registros de este último (Paradise Papers), con residencia en Vistavalle, apartado A-13, en Colinas de Bello Monte, Caracas.

Indica, además, que Wellisch es presidente y director de la empresa Jeffco Ltd.

Jeffco Ltd. es firma registrada en Bermudas el 4 de julio de 1994 y que fue cerrada el 12 de mayo de 1998. Tenía como domicilio Argyle House, 4 la Cedar Avenue, Hamilton, Bermuda.

Junto a Wellisch estaban Ernst & Young Ltd. como empresa auditora; Michael Hagan,  Miguel Ángel Molina, Joel Naranjo y Theodoros Pascalides eran directores;  Mary Strech, secretaria; y James Wolff y Joel Naranjo eran vicepresidentes.

Henry Wallis Corao, nació el 12 de septiembre de 1962, es titular de la Cédula de Identidad número V-6.815.411 y se le ubica en la parroquia El Cafetal, municipio Baruta, estado Miranda[2].

Corao, según muestra ICIJ, figura como director de la empresa Platinum Resources Inc. desde el 10 de junio de 2005.

Platinum Resources Inc. es una empresa registrada  en Barbados el 2 de julio de 2003 la cual fue cerrada el 9 de octubre de 2015 y estuvo domiciliada el Alpha & Omega Chambers, 2nd Floor, Trident House, Lower Broad Street, Bridgetown, Barbados.

Además de  Corao, en el directorio de la empresa se encontraban Raymond Antar, Yolande Banister, Gerardo Antonio Baptista, Ysidro Antonio Rodríguez y Filippo Vagnoni.

Como ya se dijo, Filippo Vagnoni, forma parte del directorio de Planitum Inc.

Igualmente figura en la junta directiva de Big Star Holding Limited, una empresa registrada en Barbados el 25 de enero de 2005, cuyo domicilio es la misma que tenía Platinum Resources Inc., a saber, Alpha & Omega Chambers, 2nd Floor, Trident House, Lower Broad Street, Bridgetown, Barbados.

En el directorio de la firma aparecen también como directores Raymond Antar, Gerardo Antonio Baptista, Ysidro Antonio Rodríguez, Arsenio Santeugini y Henry Wallis Corao.

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Así se produjo la compra de cien cisternas por las que PDVSA pagó y nunca recibió los vehículos

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Por este caso fueron imputados nueve directivos de la empresa a la que el Ministerio Público catalogó de fantasma, por nunca haber entregado al país los tráiler que, supuestamente optimizarían el abastecimiento al Sector Eléctrico Nacional.

Maibort Petit / Venezuela al Día

El 8 de marzo de 2010, Bariven compró para PDVSA Empresa Nacional de Transporte S.A. un lote de cien unidades cisternas para combustible líquido, los cuales fueron cancelados y, para el año 2016, 57 de estos vehículos permanecían en las instalaciones del fabricante en México, sin que hubieran podido ser trasladadas a Venezuela por impedimentos legales para su nacionalización, según era el alegato esgrimido por los responsables.

Cabe destacar la confusa negociación, por cuanto en las distintas comunicaciones que a continuación se presentan a consideración de nuestros lectores, se hace referencia a que la empresa china Surpass Commercial Corp Ltd. informaba del hecho de que parte de las cisternas se encontraban listas y sin ser retiradas, aun cuando la negociación había sido suscrita con Armadora Carrocera Caban S.A. de C.V. ubicada en Monterrey, México, a la que se le habían efectuado los pagos.

Se trataba del contrato identificado con el número 1300153908 otorgado por adjudicación directa para la “Adquisición de cien cisternas para complementar y consolidar la flota de PDVSA Empresa Nacional de Transporte S.A. y fortalecer el abastecimiento al Sector Eléctrico Nacional”.

Es curioso, además, un correo intercambiado entre Ottavio Cautilli de Surpass Commercial Corp Ltd. con el empresario Roberto Rincón de Tradequib —procesado y condenado por hechos de corrupción en una corte de Houston, Estados Unidos— en el que le informaba de la situación.

Llama también la atención la existencia de informe de inspección emitido por la empresa mexicana Trailers y Tanques de Aluminio S.A. de C.V. (TYTAL), sobre los referidos cisternas, en el cual formularon una serie de observaciones sobre fallas y defectos de las unidades, por los cuales recibió un pago por la evaluación y reparaciones hechas, aun cuando la responsabilidad se supone debía corresponder al fabricante.

Cronología de las evidencias del caso

El 25 de julio de 2013, Ottavio Cautilli (cautilli@surpasscorp.com) remitió un correo electrónico a Roberto Rincón (roberto@tradequip-ve.com) para informarle de 62 unidades que se encontraban en fábrica listas para su despacho desde hacía tres años para la fecha.

Sobre este correo se observan una serie de notas manuscritas dirigidas a Jesús Luongo, Carlos Ortega y Julio García con la advertencia de que había que investigar este caso, pues las unidades se encontraban pagadas y listas en México en espera de que fueran transportadas a Venezuela.

Se subrayaba en las notas al margen el nombre de Roberto Rincón, acusado y condenado en Estados Unidos —como ya hemos referido— por hechos de corrupción en contra del patrimonio de PDVSA, cuyos fondos fueron “lavados” en territorio norteamericano.

El 3 de septiembre de 2013, Bariven, la filial de Petróleos de Venezuela S.A. encargada de las compras de la estatal, emitió la comunicación BRV-MO-CO.002/BRV-MO-CO007 relativa a la compra efectuada en el exterior-PSBV por USD 18.697.450.

Dicha justificación de compra versaba sobre la adquisición de 100 camiones tanque de 10 mil litros, 14 mil litros y 18 mil litros por adjudicación directa, sin que para ello operara emergencia alguna que la respaldara.

El documento fue elaborado por el analista de procura, Nefi Verguez y revisado por el superintendente de procura, Eulidise Oliva, el gerente general de procura centro, Carlos Naveda, el gerente general de la Empresa Nacional de Transporte S.A., Roberto Korsakas, y la gerente general de procura, refinación, comercio y suministro, Concepción Puglisi.

Jesús Luongo, director ejecutivo de refinación/director de Bariven S.A. y quien debía aprobar la compra, Ower Manrique, presidente de Bariven S.A., no firmaron la orden.

Foto: Maibort Petit

El 4 de agosto de 2014, José Maestre Salazar, gerente de Finanzas encargado de PDVSA Empresa de Nacional de Transporte S.A., dirigió una comunicación a Ana Bordonaro, consultora jurídica de PDVSA con copia a Julio García, Robert Korsakas y Samuel García, para remitirle los soportes por ella solicitados con respecto al caso de las cisternas Caban-PDVSA ENT.

Se trataba de una transferencia por USD 3.980.000, de fecha 27 de enero de 2011 e identificada con el código 495 a favor de Armadora Carrocera Caban S.A. de C.V.

La remisión de tales soportes correspondía al Aviso de pago 1501822063 emitido el 3 de enero de 2011 por PDVSA Petróleo S.A. a favor de Armadora Carrocera Caban S.A. de C.V., por USD 3.980.000, los cuales debían ser acreditaos a la cuenta 880234091 en el JP Morgan Chase Banck.

En la misma fecha, Maestre remitió otro correo a Bordonaro en el que le informaba que siguiendo instrucciones de la líder de negocios internacionales, Jayza González, solicitaba información de la primera empresa a la que se le había hecho el primer pago por la compra de cien cisternas, así como de toda la documentación correspondiente a dicho pago.

Previamente, Bordonaro había solicitado los datos a la consultoría jurídica, órgano que al no contar con la información, la redirigió a Maestre para que la suministrara.

Foto: Maibort Petit

Al parecer existía una total desinformación respecto a la empresa que había recibido el primer pago por la compra de las cisternas y Bordonaro había pedido a la consultoría jurídica de PDVSA ENT, a cargo de María Visáez, el informe respectivo.

Foto: Maibort Petit

 

El 23 de julio de 2014, María Visáez había notificado a Bordonaro que no existía cesión de derechos a PDVSA y/o PDVSA ENT S.A., advirtiendo que el único documento para la revisión y visto bueno de que disponían era la cesión remitida a la Consultoría Jurídica corporativa.

Precisó en primer término Visáez, la notificación de otorgamiento de adjudicación de fecha 8 de marzo de 2010 y, en segundo término, la notificación de la gerencia en la misma fecha para otorgar la adjudicación a la empresa Armadora Carrocera Caban S.A. de C.V. del contrato denominado: “Adquisición de cien cisternas para complementar y consolidar la flota de PDVSA Empresa Nacional de Transporte S.A. y fortalecer el abastecimiento al Sector Eléctrico Nacional”, identificado con el número 1300153908 que había sido enviado en su oportunidad con todo el expediente a Manuel Coronado.

Insertar Imagen caso cisternas 11

Esta había sido la respuesta a una comunicación del 18 de julio de 2014 que Anna Bordonaro le había remitido a Visáez, para que remitiera copia de la notificación cesión de derechos derivados de la carta de adjudicación y del acta de inicio, suscritos por Armadora Carrocera Caban S.A. de C.V. y PDVSA Empresa Nacional de Transporte S.A.

El 1° de abril de 2015, Liseth Patino, remitió a Jesús Luongo Carlos Ortega, Julio García, una comunicación en la que le informaba que por instrucciones de Eulogio Del Pino, presidente de PDVSA para la fecha, le estaba enviando un correo electrónico de Ottavio Cautilli, de la empresa Surpass Comercial Corp Ltd. de China, en la cual manifestaba la existencia de 62 unidades en fábrica listas en México para despachar desde hacía 3 años, por lo que urgía investigar el caso.

El 9 de octubre de 2015, Cereza Montes, secretaria del Comité de Comercio y Suministro (Comsum) de PDVSA, remitió a Luis Molina, gerente de PDVSA Empresa Nacional de Transporte S.A., una comunicación en la que le informaba que ese organismo (Comsum), en su reunión ordinaria número 2015-026 de fecha 9 de octubre de 2015, respaldó el proceso de negociación de recursos financieros para la adecuación y recepción de 57 cisternas por USD 3.871.319 que cubrían el pago inmediato a la empresa TYTAL de USD 1.841.250 por concepto de almacenamiento y 50 por ciento del costo de adecuaciones y un segundo pago por USD 641.250 por costo de adecuaciones, el cual debía producirse al momento de la entrega del bien. Este pago se hacía por adjudicación directa. El pago también cubría el pago de los servicios de transporte y nacionalización de estos activos cuyos costos estimados ascendían a USD 1.338.819.

La comunicación indicaba que Bariven debía llevar a cabo un proceso de adecuación y recepción de las 57 cisternas y validar los montos correspondientes.

Asimismo se instruía para que realizara una visita al fabricante con un equipo técnico y, finalmente, proceder a los trámites legales pertinentes para cerrar el caso.

El 18 de diciembre de 2015, el entonces presidente de PDVSA, Eulogio Del Pino, hacía algunas observaciones al borrador de una comunicación que sería dirigida al Vicepresidente Ejecutivo de la República, Jorge Arreaza, para solicitar autorización para nacionalización y despacho de las cisternas a PDVSA ENT S.A.

Sobre el escrito, Del Pino en forma manuscrita advertía que no tenía claro si lo solicitado al despacho de Arreaza eran sus gestiones de buenos oficios o su autorización. Esto en virtud de la confusa redacción de la carta que rezaba que la finalidad de la misma era “notificar y solicitar de su amable gestión todo el apoyo incondicional para el caso”.

Se exponía que PDVSA Empresa Nacional de Transporte S.A., filial de Petróleos de Venezuela S.A., adquirió 300 cisternas para el transporte de combustibles líquidos a nivel nacional. Se refería que a la fecha existían 57 unidades fabricadas en el año 2010 en México por la empresa Trailers y Tanques de Aluminio S.A. de C.V (TYTAL) —aquí se nombra a TYTAL como fabricante y no a la Armadora Carrocera Caban S.A. de C.V. con la que se suscribió el contrato— y por motivos de causa mayor PDVSA ENT S.A. no había efectuado el retiro de la dichas cisternas, las cuales permanecían en las instalaciones del fabricante.

Igualmente se advertía que no era posible realizar la nacionalización de las cisternas por haber sido fabricadas estas cisternas en 2010. Se observaba que las disposiciones legales de arancel de aduanas de Venezuela estipulaban que solamente podían ingresar al país los vehículos nuevos y sin uso de cualquier marca y modelo, “siempre el año del modelo que asigna el fabricante o el año de fabricación coincida con el año en que se realice la importación o con el año subsiguiente”.

Por tales hechos —y de nuevo Del Pino subrayaba la confusa redacción— “agradecemos de antemano su autorización para ir a los organismos competentes a fin de concretar todos los trámites administrativos legales para nacionalización y despacho de cincuenta y siete (57) cisternas, con el objetivo de fortalecer la flota pesada de PDVSA Empresa Nacional de Transporte S.A. para la entrega oportuna de los combustibles líquidos en el mercado interno a nivel nacional”.

Foto: Maibort Petit

El 15 de marzo de 2016, Eulogio Del Pino, remitió una comunicación identificada con el número JDG-2016-00093, a Aristóbulo Istúriz, vicepresidente ejecutivo de la república para la fecha, solicitando su autorización para la importación y nacionalización de 57 cisternas para PDVSA ENT S.A.

Tal como en la carta anterior, se expuso cómo se había producido la compra de 300 cisternas de las cuales el señalado número se encontraba listo en México desde 2010 en las instalaciones del fabricante.

Informe de inspección de las cisternas

Existe un informe de inspección emitido por la empresa Trailers y Tanques de Aluminio S.A. de C.V. (TYTAL) sobre los tanques semi-remolques de 30 mil litros y tres compartimentos del cliente PDVSA en el que se formulan una serie de observaciones por irregularidades y defectos en las unidades cisternas para su corrección y reparación.

Entre las recomendaciones que la empresa hizo se encuentra la necesidad de que TYTAL revise y verifique exhaustivamente la colocación de válvulas de alivio y drenaje de manera correcta en todas las unidades cisternas fabricadas y en proceso de producción.

Foto: Maibort Petit

Había que mejorar las soldaduras externas aplicadas manualmente en chasis y tuberías de descarga, tanque.

Se debía eliminar el refuerzo aplicado a las cajas de válvulas de descarga y herramientas desde las paredes del cilindro.

Se debía canalizar, separar, sujetar los diferentes sistemas o circuitos (eléctrico-aire).

Los agujeros pasantes debían ser redondeados y colocarles pasantes de goma para reducir el desgaste por roce.

Foto: Maibort Petit

Se debía aplicar el remate adecuado en el filo de los parafangos delanteros, redondearlos o tomar alguna otra medida que eliminara los eventos no deseados.

Había que eliminar la aplicación de empates de anillos en las partes laterales del cilindro.

PDVSA Empresa Nacional de Transporte debía remitir a TYTAL-Monterrey-México un técnico en la materia a fin de trabajar en equipo con la planta de la adecuación de las observaciones y recomendaciones de las unidades en proceso.

Algunas de estas fallas se corrigieron, mientras otras hasta el momento de emisión del informe, estaban pendientes por verificación.

Las empresas

Surpass Commercial Corp Ltd. es, de acuerdo a lo que reza su página web[1], una compañía subsidiaria de China Poly Group Corporation. Fundada en 1992 con la aprobación del Ministerio de Comercio con un capital registrado de 100 millones de renminbi, RMB (moneda china).

La principal línea de negocios de la empresa es la importación/exportación y venta de equipos y materiales de petróleo y gas, productos petroquímicos, automóviles, maquinaria agrícola, dispositivos médicos, equipos de comunicación ferroviaria y materiales de construcción. Ha “establecido relaciones comerciales a largo plazo con las 500 empresas más importantes del mundo como PDVSA de Venezuela, BASF de Alemania y ARKEMA de Francia. También cooperamos amistosamente con empresas famosas chinas como Sinotruk, CIMC, TISCO, China Zhongwang Holdings Ltd., SINOPEC, CNOOC, etc. Por lo tanto, construimos una excelente marca y reputación tanto en el mercado nacional como internacional”.

Su dirección es el 15/F, Poly Plaza, 14 Dongzhimen Nandajie, Dongcheng District, Pekín, P.R. China. Sus teléfonos son 0086-10-65919291, 0086-10-65019493 y su código postal el 100027.

Entretanto, el portal Hotfrog refiere que la empresa Armadora Carrocera Caban S.A. de C.V. está dedicada a la “fabricación y desarrollo de equipo para transporte, equipos para el manejo de basura, sistemas integrales para el transporte de personal, desarrollamos soluciones acorde a sus necesidades y presupuesto, contamos con una amplia gama de productos y servicios que estamos seguros serán de su agrado. Como son cajas secas, cajas compactadores de basura, camiones recolectores, mini recolectores de basura. En la división de productos para basura, o manejo de desechos, contamos con toda una serie de productos que le ayudaran a solucionar sus problemas de basura, desde un simple carrito de barrendero, hasta una completa planta de separación y reciclado, le brindamos asesoría y capacitación para que su inversión sea la más rentable. Ya que nuestro equipo le apoya desde el proceso de recolección hasta el confinamiento final”.

El domicilio de la compañía es Francisco Madero N° 313 A, Colonia San Antonio, Melchor Ocampo, México, 54880. Sus teléfonos son 01 55 5878 5672 y 01 55 5878 3821.

El 19 de septiembre de 2018, el fiscal general designado por la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), Tarek William Saab, responsabilizó a esta empresa por no haber entregado cien cisternas por cuya construcción había sido contratada y por la cual se cancelaron los supuestos servicios prestados, al tiempo que también solicitó la detención de nueve directivos de la estatal petrolera , imputadas por la compra de 100 cisternas para el transporte de combustible que nunca fueron entregadas a PDVSA.

Las órdenes de aprehensión que la Fiscalía 26º a cargo del caso se dirigieron a Pedro Jiménez, Carlos Brett, expresidentes y gerentes generales de la PDVSA Empresa Nacional de Transporte S.A.; Robert Korzaka, exgerente general de la empresa; Jesús González, subgerente administrativo del Distrito Barinas; José Márquez, gerente de Ventas Industriales; José Maestre, gerente de Planificación adscrito a Bariven y Mario Villamizar, gerente de mantenimiento de Flota de la División Boyacá.

Según el Ministerio Público, Armadora Carrocera CABAN, S.A. es una empresa de maletín que no existe físicamente.

Sobre Trailers y Tanques de Aluminio S.A. de C.V. (TYTAL)[3], el portal Grupos SSC refiere que es la “primera empresa mexicana en la fabricación de remolques, producción y diseño de maquinaria de alta tecnología. Consolidándose como el proveedor líder en el ramo de transporte de líquidos y combustibles. Teniendo presencia en Sudamérica y Estados Unidos; ofrece soluciones de transporte para productos a granel, poniendo a disposición del mercado tanques semirremolque en aluminio, acero al carbón e inoxidable para transportar tanto petróleo y sus refinados, como sólidos de baja densidad; satisfaciendo las necesidades más específicas de sus clientes, prestando sus servicios de alta calidad en el sector de transportes especializados”.

Saab informó que el daño patrimonial a PDVSA supera los USD 18.500.000 en 2010. “En ese año, la compañía decidió la compra por adjudicación directa de 300 cisternas a la empresa mexicana Trailers y Tanques de Aluminio S.A. Esto, a pesar de que antes se había adquirido unidades de transporte a empresas chinas. A la empresa se le hicieron dos adjudicaciones, por 100 y 200 cisternas, para completar la Flota de la Empresa Nacional de Transporte, filial de Pdvsa. Pagó primero un monto cercano a los 19 millones de dólares por 234 cisternas y se fueron entregadas 168 unidades”.

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Conozca más de las operaciones irregulares del primo de Rafael Ramírez que estafó a PDVSA

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Una serie de documentos dan cuenta de varias operaciones presuntamente fraudulentas que complementarían las ya conocidas negociaciones de lavado de dinero en la Banca Privada de Andorra por las que se le acusa en el paraíso fiscal del suroeste europeo.

Maibort Petit / Venezuela al Día

Los hechos de corrupción en los que el exgerente de Logística y Servicios Generales de Petróleos de Venezuela SA (PDVSA), Luis Bastidas Ramírez, supuestamente se vio involucrado, no dejan de aflorar, pues cada vez se dan a conocer nuevas irregularidades que comprometen su gestión en la estatal petrolera. Una serie de documentos en nuestro poder dan cuenta de una serie de manejos con bonos, operaciones cambiarias con el Sistema Complementario de Administración de Divisas (SICAD), así como negociaciones con la empresa fabricante de autobuses china Yutong.

Las evidencias muestran que en las irregularidades está involucra a la hermana de Luis Bastidas, María Guillermina Bastidas Ramírez, también empleada de PDVSA.

Corrupto capturado

El 16 de agosto de 2018, Luis Bastidas fue capturado en Córdoba, Argentina, donde se ocultaba desde hacía tres años detrás la fachada del oficio de un modesto “quiosquero”. Estaba acusado de lavar millones de dólares en la Banca Privada de Andorra, por lo cual sobre él pesaba una orden de captura internacional y era buscado por la Interpol. En esa ciudad vivía en un departamento de Balcarse al 500, en las cercanías de la terminal de autobús junto a su última esposa y sus hijos. Su mujer regentaba un pequeño salón de belleza.

La orden de su aprehensión había sido emanada por las autoridades andorranas, quienes el 31 de julio de 2018 habían librado una orden internacional de captura al imputarlo por el “delito mayor continuado de blanqueo de dinero, proveniente de la corrupción pública”.

Para quienes desde su estancia en tierras argentinas lo observaban en su oficio de quiosquero —refiere el portal de la emisora Costa del Sol— era difícil imaginar que estaba acusado de lavar más 5 millones de dólares en la Banca Privada de Andorra (BPA), fondos que provendrían presuntamente de PDVSA.

Pero la cifra superaría los referidos USD 5 millones, de acuerdo a información del diario español El País[2] que indica que Luis Bastidas Ramírez habría ocultado en la BPA, entre 2011 y 2015, un total de USD 7 millones. Para ello se habría valido de sociedades panameñas que le permitieron enmascarar las operaciones fraudulentas. Específicamente, el periódico español refiere que las cuentas se nutrieron de la sociedad High Advisory and Consulting que era controlada por Luis Mariano Rodríguez Cabello, quien supuestamente es testaferro de Diego Salazar, primo de Rafael Ramírez.

Agrega la información que Bastidas Ramírez utilizó sus cuentas en la BPA “como puente para transferir parte de su caudal de fondos a otros puntos del planeta. Así, entre diciembre de 2012 y enero de 2013 envió 500.000 dólares (437.405 euros) a dos cuentas del Bank of America y Citibank de Miami, según documentos policiales (…) Cuando Bastidas Ramírez tuvo que rellenar el documento conocido como know your customer (conozca a su cliente, en inglés) —una especie de tercer grado donde los bancos preguntan sobre el origen de una fortuna—, el exejecutivo de la petrolera se presentó como ‘asesor técnico y administrativo’. ‘Director de servicios de logística en servicios generales en el área de las energías” dejó escrito en el folleto. Y eludió mencionar que trabajaba para la principal empresa del país latinoamericano, PDVSA, según el informe policial”.

Asimismo, cuando abrió en julio de 2011 duna cuenta a nombre de la sociedad panameña Tellancourt SA, Bastidas Ramírez dijo que se trataba de fondos de “ahorro, inversión y seguridad” indicando que esperaba ingresar un saldo previsto anual en una de sus cuentas de tres millones de dólares.

El tribunal de la causa en Andorra estimó que Bastidas cobró por supuestos servicios de asesoramiento que nunca existieron.

La documentación incriminatoria

El 27 de marzo de 2008, María Bastidas envió un correo a Iliana Cardozo de Maximiza (i.cardozo@maximiza.com), en donde le informaba que en fecha 17 de marzo de 2008 había entregado en la recepción de Maximiza Casa de Bolsa los formatos y documentos para registrarse en dicha empresa. Precisó que tales documentos debieron ser entregados a Luz Villasmil.

El citado 27 marzo, Bastidas había entregado una comunicación con los respectivos respaldos, en la que solicitaba al Banco Industrial de Venezuela traspasara la custodia de sus Bonos PDVSA y del SUR III a Maximiza.

Informó que los títulos de PDVSA 17, 27 y 37 estaban codificados con el ISIN Code XS0294364103 por USD 1.600, XS0294364954 por USD 1.600 y XS0294367205 por USD 800, respectivamente.

Entretanto, los Bonos del SUR III estaban identificados como TICC032015 y BODEN15 con un valor de USD 1.100,00 cada uno, identificados con los ISIN Code VEV00014CFH8 y ARARGE03F144, respectivamente.

Agregó que las personas de contacto eran Yulis Castro en el caso de los Bonos de PDVSA y Ludmila Zambrano, en lo que a los Bonos de SUR III, se trataba.

Prometió enviar las comunicaciones entregadas al Banco Industrial de Venezuela y las copias de los Certificados de Bono.

Foto: Maibort Petit

El 15 de octubre de 2013, Yutong Hongkong Limited, a través de su gerente general en Venezuela, Zhen Li, emitió una comunicación dirigía a Petróleos de Venezuela S.A., a la atención de Luis Bastidas, una oferta de autobuses en razón de una solicitud formulada previamente por el citado funcionario de la estatal.

Foto: Maibort Petit

Li recomendaba una serie de cursos a objeto de que fueran tomados por los operadores y personal técnico que estaría a cargo de manejar la flota a ser adquirida para “mantener en el tiempo, la vida útil de cada unidad”. Se trata de cursos de inducción al manejo, manejo defensivo, mantenimiento preventivo, mantenimiento correctivo.

Asimismo los programas de mantenimiento, lubricación y control de contaminación; diagnósticos de fallas de motores; electricidad básica; y tren de rodaje y cauchos.

Yutong informó a Luis Bastidas que la empresa china contaba en Venezuela, para el momento de la comunicación, con seis talleres en Caracas, Valencia, Puerto Ordaz, Maturín, Barquisimeto y Maracaibo. Asimismo, había 15 ingenieros chinos y 10 venezolanos que prestaban servicios de reparación, mantenimiento, asistencia de emergencia, apoyos técnicos y entrenamiento a clientes locales.

Se recordaba que Yutong había firmado un memorando con Venezuela, a través del ministerio de industrias, para la instalación de una fábrica de ensamblaje de autobuses con capacidad para producir 3.600 unidades anuales en el municipio San Joaquín, estado Carabobo.

La unidad ofertada era la modelo ZK6129H, con motor diésel, transmisión manual y 47 + 1 + 1 asientos a un costo de USD 206.780.

Foto: Maibort Petit

La oferta tenía validez hasta el 31 de octubre de 2013.

El plazo de garantía era de 18 meses o 150 mil kilómetros de recorrido a partir de la fecha de la entrega técnica máximos 30 días después de la llegada de las unidades a puerto venezolano.

Las condiciones de pago eran de un anticipo del 50 por ciento con la presentación de la fianza de anticipo y el restante 50 por ciento se pagaría antes de producirse el embarque la mercancía.

Los autobuses se embarcarían desde puerto chino en 120 días a partir de recibir el anticipo del contrato.

Yutong garantizaría por lo menos diez años de suministro de repuestos.

Insertar Imagen Luis Bastidas 9

El 29 de enero de 2014, María Bastidas (bastidasmp@pdvsa.com) remitió a José Manuel Moreno, de Maximiza Casa de Bolsa, un correo electrónico (j.moreno@maximiza.com.ve), en el que le refería que tal como habían acordado en conversación telefónica, le estaba enviando una serie de correos en la secuencia cronológica que mostraban los intentos de comunicación que había intentado establecer con esa agencia bursátil desde que se había producido el cambio de custodia de los bonos que se le acreditaban a la remitente.

Le refería que todos los intentos habían sido infructuosos y le indicó que la señora Cardozono nunca le había dado una respuesta satisfactoria cuando fungía como representante de la citada Maximiza.

En tal sentido, Bastidas le solicitaba a Moreno le diera aviso tanto pronto tuviera noticias sobre su caso, así como de la posible fecha de una reunión para concertar soluciones.

Foto: Maibort Petit

El 5 de marzo de 2014, Agropecuaria KK 3009 C.A., con el Registro de Información Fiscal (RIF) número J-40015122-8, expidió una constancia de trabajo en la que su gerente general, Eliécer José Alvarado Alvarado, titular de la Cédula de Identidad número V-10.120.913, certificaba que Luis Abraham Benito Bastidas Ramírez, portador de la Cédula de Identidad número V-9.327.314, se desempeñaba como presidente de la empresa desde el 6 de enero de 2014.

Se precisaba en la constancia que Bastidas Ramírez devengaba un salario de Bs. 100.000 mensuales.

Foto: Maibort Petit

El 28 de marzo de 2014, el Banco Provincial mediante la operación número 65389 se dirigió a Luis Abraham Bastidas Ramírez para confirmarle los resultados del Sistema Cambiario Alternativo de Divisas (SICAD II) emitidos por el Banco Central de Venezuela (BCV).

Se indicó Bastidas Ramírez fungía como comprador a través del Banco Provincial Banco Universal del título valor PDVSA 2026 cuyo valor nominal referencial era USD 6.681, ISIN USP780HAR68.

El monto de la orden de compra fue por USD 4.000 e, igualmente, el monto adjudicado fue por la misma cantidad. El tipo de cambio fue Bs. 51,70 por dólar y el monto de la comisión en bolívares (0,25 por ciento) fue de Bs. 517.

El monto total de la operación que sería debitado de la cuenta de Bastidas Ramírez número 0108 01190100036484 fue de Bs. 207.317.

La fecha valor fue el 2 de abril de 2014.

Foto: Maibort Petit

Sobre los protagonistas de la trama

El portal Dateas nos informa que Luis Abraham Benito Bastidas Ramírez nació el 30 de diciembre de 1966 y es titular de la Cédula de Identidad número V-9.327.314. Se le ubica en la parroquia Petare, municipio Sucre, estado Miranda[3].

Ejerce su derecho al sufragio en la Unidad Educativa Colegio San Antonio de la Florida, ubicado en la parroquia El recreo, municipio Libertador, Distrito Capital.

Su cuenta individual en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, IVSS, refiere que ingresó al sistema el 17 de junio de 1985, su estatus actual es cesante al haber egresado el 9 de febrero de 2015 de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) número patronal D11300057. Su fecha de contingencia será el 30 de diciembre de 2026. Acumula 1.257 semanas cotizadas y un total de salario cotizados de Bs. 28.192,05.

Foto: Maibort Petit

Luis Bastidas Ramírez es primo del exministro de energía y petróleo y expresidente de PDVSA, Rafael Ramírez Carreño.

Entretanto, María Guillermina Bastidas Ramírez nació el 24 de noviembre de 1962, se portadora de la Cédula de Identidad número V-9.164.760. Se le ubica en la parroquia Chacao, municipio Chacao, estado Miranda, de acuerdo a información suministrada por Dateas.

Ejerce su derecho al voto en el Colegio Schonthal, ubicado en la parroquia Chacao, municipio Chacao, estado Miranda.

Su cuenta individual en el IVSS indica refiere que ingresó al sistema de seguridad social el 1° de octubre de 1990, su estatus actual es activo al estar registrada como trabajadora de PDVSA Petróleo y Gas S.A., numero patronal D11400239. Su fecha de contingencia fue el 24 de noviembre 2017. Acumula 1.300 semanas cotizadas y un total de salarios cotizados de Bs. 34.628.24.

Foto: Maibort Petit

Recibe pensión de vejez vía programa Amor Mayor CP, de Bs. 18.000 que le son depositados en el Banco Nacional de Crédito.

Foto: Maibort Petit

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Conoce el esquema de corrupción de contratistas de Corpoelec asociados con Luis Motta Dominguez

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Quienes a lo largo de años se han beneficiado con contratos irregulares otorgados por la administración chavista —Jesús Veroes y Luis Alberto Chacín— se verán cara con la justicia de los Estados Unidos durante la audiencia preliminar del juicio que se inicia en su contra por la comisión del presunto delito de lavado de dinero.

Maibort Petit / Venezuela al Día

Acusados por la Fiscalía de los Estados Unidos por presuntamente conspirar para lavar dinero, cometer ofensa a una nación extranjera, pagar sobornos a funcionarios públicos, malversación y robo de fondos públicos, Jesús Ramón Veroes y su socio Luis Alberto Chacín Haddad, deberán comparecer ante la Corte del Distrito Sur de Florida el próximo 190 de mayo en la que será la audiencia preliminar del proceso judicial que se inicia para determinar su culpabilidad o inocencia en los hechos que se les imputan.

Veroes, un conocido empresario venezolano, fue detenido por el Buró Federal de Investigaciones (FBI, por sus siglas en inglés) el pasado 14 de marzo en Doral y trasladado a una prisión federal de Miami en la que se encuentra a la espera del juicio por las negociaciones irregulares que mantenía con la Corporación Eléctrica Nacional (Corpoelec) cuyos fondos serían lavados mediante operaciones orquestadas con Chacín Haddad en el sistema financiero de los Estados Unidos. Se le vincula con el exministro de Energía Eléctrica y expresidente de Corpoelec, Luis Motta Domínguez, con quien mantiene una relación de compadrazgo y amistad de larga data y quien, igualmente, se presume sea uno de los funcionarios mencionados en los documentos que sirvieron para establecer la causa probable de su acusación por el sistema judicial estadounidense.

La detención e inicio del proceso judicial contra Veroes y Chacín Haddad coincide con la agudización de la crisis que padece Venezuela, país que se mantiene prácticamente a oscuras en razón del colapso de su sistema eléctrico, pese a las grandes inversiones por contratos suscritos a lo largo de veinte años por las administraciones socialistas de Hugo Chávez y Nicolás Maduro, pero que en nada han traducido en la solución del grave problema.

Contratos como los que los documentos judiciales que a continuación se presentan son un ejemplo de la corrupción imperante en las instituciones venezolanas.

Veroes y Chacín Haddad —residenciados en Estados Unidos— vendieron a Corpoelec transformadores y equipos por millonarias sumas a pesar de que no eran compatibles con el sistema eléctrico venezolano sino con los de Cuba y Nicaragua, tal como lo refiere el primero de los imputados en una de las conversaciones grabadas por un testigo cooperante en el proceso de investigación que se le siguió y que desembocó en su detención.

Nuestros lectores además podrán constatar en los documentos presentados para la acusación y que damos a conocer seguidamente, cómo Veroes alardea de ser el responsable de conseguir los contratos en razón de su relación con altos funcionarios del Ministerio de Energía Eléctrica y Corpoelec. De hecho, en algún momento de la conversación se refiere al funcionario venezolano como “ministro”. Se trata de cuatro contratos para vender a Corpoelec equipos por USD 6.429.000, por USD 9.789.250, por USD 893.713,89 dólares y otro que se suscribió entre la empresa venezolana la firma de un Co-Conspirador, quien preside una corporación de Florida con sede en Port St.

Igualmente damos a conocer documentos de otras diligencias practicadas por Jesús Veroes relacionadas con su defensa.

El documento que establece la causa probable

El 14 de marzo de 2019, ante la Corte del Distrito Sur de la Florida, la fiscal de los Estados Unidos, Ariana Fajardo Orshan, presentó el caso N° 19-2352-JJO, en el que denunció que entre 2016 y 2017, en el condado de Miami-Dade en el Distrito Sur de Florida, el acusado Jesús Ramón Veroes, violó el la sección 18 del Código de los Estados Unidos (1956) al conspirar para cometer el delito de lavado de dinero.

Imagen: Maibort Petit

Se presentó una declaración jurada del Agente Especial del Servicio de Impuestos Internos (IRS-CI) asignado al Grupo de Trabajo de la Oficina de Campo de Miami, Área de Tráfico de Alta Intensidad de Drogas (HIDTA), Warren E. Rogers Jr., quien ha ejercido durante 17 años como agente del IRS, en la que manifestó que existe una causa probable para creer que Jesús Ramón Veroes y Luis Alberto Chacín Haddad, conspiraron deliberadamente para para intentar participar en una transacción monetaria criminal por un valor mayor a los USD 10.000 derivada de una actividad ilegal que infringe la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (Título 15, Código de los Estados Unidos, Secciones 78dd-2 y 78dd-3), y por cometer delitos a nación extranjera que involucra el soborno de un funcionario público, el robo y la malversación de fondos públicos por parte de un funcionario público o en su beneficio, todo ello en violación del Título 18 del Código de los Estados Unidos, Sección 1957 (a) y del Título 18 del Código de Estados Unidos, Sección 1956 (h).

Imagen: Maibort Petit

Rogers declaró que la información suministrada en su declaración jurada se formuló únicamente con el objetivo de establecer la causa probable que justifique el arresto de Veroes y Chacín Haddad por los delitos que se les imputan.

El agente especial del IRS advirtió que no incluyó en la declaración jurada todos y cada uno de los hechos y circunstancias conocidos, sino solo aquellos que estimó como suficientes para establecer causa probable para la acusación.

Rogers narró que como agente especial del IRS-CI, sus responsabilidades incluyen —aunque no se limitan— investigar las violaciones criminales del Título 26, Código de los Estados Unidos (USC) (Código de Ingresos Internos), Título 18, USC 1956, 1957, 1960, Título 31 USC , infracciones a la Ley de secreto bancario (BSA) y otros delitos relacionados. Precisó que durante los últimos cinco años fue asignado exclusivamente a la Fuerza de Tarea del Área de Tráfico de Drogas de Alta Intensidad del Sur de la Florida (HIDTA, por sus siglas en inglés), despacho que investiga los casos de lavado de dinero relacionados con el narcotráfico de la Fuerza de Tarea contra la Droga (OCDETF).

Imagen: Maibort Petit

Explicó que durante su permanencia en el HIDTA del sur de Florida, trabajó como agente principal en numerosas investigaciones de lavado de dinero de organizaciones de narcotraficantes (DTO) y de lavado de dinero, las cuales han involucrado violaciones del Título 18, Secciones 1956 de la USC, 1957, 1960, 1962 (RICO), así como otras operaciones de lavado de dinero relacionadas con el fraude federal, incluido el fraude por correo, el fraude electrónico y el fraude hipotecario. Agregó que también llevó a cabo y participó en investigaciones de decomiso de activos relacionadas con las Secciones 981 y 982 del Título 18 de la USC, con base a violaciones del Título 18 de la USC 1956, 1957 y 1960 en materia de lavado de dinero. Informó que a la fecha de su declaración se encontraba trabajando en el Equipo de lucha delitos financieros (Financial Investigative Strike Team) investigando operaciones comerciales relacionadas al lavado de dinero que tienen que ver con actividades en los sistemas de cambio de moneda del mercado negro.

Antecedentes

La declaración jurada de Warren Rogers Jr. refiere que Luis Alberto Chacín Haddad es un ciudadano venezolano residente de en los Estados Unidos donde administra negocios en la ciudad de Miami, a través de las que se identifican como Compañía 1 y Compañía 2, las cuales se encuentran registradas de acuerdo a las leyes del estado de la Florida. Estas empresas compran productos de todo el mundo para exportarlos a América Central y del Sur, siendo que la Compañía 1 posee una cuenta bancaria en Citibank (Miami, Florida) y la Compañía 2 tiene su cuenta en el Bank of America (Miami, Florida).

Entretanto, Jesús Ramón Veroes, es un venezolano que figura como presidente de la que se identifica en la investigación como Compañía 3, la cual tiene sede en Doral, Florida y está registrada de acuerdo a la legislación de este estado. Se indica que la Compañía 3 posee una cuenta bancaria en Bank of America, configurándose dicha empresa como una preocupación nacional tal como se define ese término en la FCPA.

Se refiere que el Funcionario extranjero N° 1 es un funcionario de alto nivel en el Ministerio de Energía Eléctrica de Venezuela y en la Corporación Eléctrica Nacional (Corpoelec), la cual es controlada por el gobierno venezolano, quien ejerce funciones en ese país, por lo que encaja en lo establecido en la FCPA para definir a dicho funcionario.

Por su parte, el Funcionario Extranjero N° 2 es un funcionario de alto nivel en adquisiciones en la Corporación Eléctrica Nacional (Corpoelec). Su identificación como tal atiende a lo establecido en la FCPA.

El testigo Confidencial 1 (CW-1, por las siglas en inglés de Confidential Witness) es un ciudadano con doble nacionalidad venezolana-estadounidense, quien reside en Miami, Florida. Este individuo se perfila como una preocupación doméstica, tal como se define ese término en la FCPA. Se indica sobre esta persona, que aproximadamente en 2010, participó en varias empresas comerciales con Chacín Haddad y junto a este ocupó oficinas conjuntas en un edificio ubicado en Doral, Florida.

CW-1 proporcionó información a la Administración de Control de Drogas (DEA) de los Estados Unidos.

La conspiración

La declaración jurada del agente especial Rogers precisa que aproximadamente en febrero de 2016, Chacín Haddad informó a CW-1, mientras sostenían una conversación telefónica, que tenía conexiones comerciales en Venezuela a través de Jesús Ramón Veroes, en razón de la relación que este último mantenía con el funcionario extranjero 1.

Para mayo de 2016, Luis Alberto Chacín Haddad llamó a CW-1 cuando este se encontraba en China, para solicitarle que buscara unos transformadores que servirían para atender un contrato futuro con Corpoelec. Le refirió que la relación de Veroes con el Funcionario Extranjero N° 1 les permitiría obtener contratos de suministro de generadores y montacargas a Corpoelec. Chacín le refirió a CW-1 que el funcionario extranjero 1 había ordenado a Veroes que coordinara todo a través del funcionario extranjero número 2. Se advierte que a CW-1 no le fue posible conseguir en China un agente que le proporcionara los transformadores conforme a lo solicitado por Corpoelec.

La investigación estableció que en o alrededor del 15 de junio de 2016, CW-1 y Chacín Haddad se reunieron en sus oficinas en Doral, donde el segundo manifestó tener los siguientes contratos en su poder: Uno suscrito el 25 de mayo de 2016 para que la Compañía 1 proporcionara montacargas a Corpoelec por USD 6.429.000; otro firmado el 3 de junio de 2016 para que la Compañía 1 proporcionara transformadores a Corpoelec por USD 9.789.250; un contrato suscrito el 3 de junio de 2016 para que la Compañía 1 proporcionara generadores a Corpoelec por USD 893.713,89. Tales contratos fueron firmados por el funcionario extranjero número 2.

Igualmente, Chacín Haddad también tenía pedidos de compra de Corpoelec para transformadores, generadores y otros equipos. Le manifestó a CW-1 que existía un cuarto contrato entre Corpolec y Co-Conspirador 1, quien es presidente de una corporación de Florida con sede en Port St. Lucie, para proporcionar partes diversas a la Corporación Eléctrica Nacional.

Se informa de una reunión sostenida el 15 de junio de 2016 en Doral, Florida, donde Chacín Haddad discutió con CW-1 lo relativo al acuerdo entre todas las partes involucradas en los contratos de Corpoelec y lo atinente a la división de las ganancias. Al respecto, Chacín Haddad dijo que, en primer lugar, el funcionario extranjero Nº 1 recibiría un pago de USD 2.5 millones, mientras que él (Chacín), Veroes, Co-Conspirator-1 y CW-1, recibirían cada uno el 25 por ciento del beneficio restante. También Chacín dijo que Veroes se encontraba trabajando en la obtención de un bono privado en Venezuela para que Corpoelec liberara la mitad del dinero adeudado a la Compañía 1, esto en virtud de que los contratos se estructuraron de manera que Corpoelec pagara el 50 por ciento del precio del contrato por adelantado.

Veroes no pudo concretar el referido bono, pero posteriormente, CW-1 obtuvo bonos de un banco venezolano que cubren los contratos de montacargas, transformadores y generadores como resultado de la conexión con el propietario del banco.

Se indica que aproximadamente a fines de julio de 2016, Veroes, Chacín Haddad, el hijo de este y CW-1, viajaron a los Emiratos Árabes Unidos para visitar una compañía que vendía carretillas elevadoras donde, finalmente, la Compañía 1 compró 28 carretillas elevadoras de esta compañía, así como 13 carretillas elevadoras de otra compañía por aproximadamente USD 1.5 millones que totalizaron ambas operaciones. La Compañía 1 facturó a Corpoelec aproximadamente USD 6.429.000 por 40 de esos montacargas, lo que representa una ganancia de más del 300 por ciento.

Posteriormente, en 2016, Chacín Haddad y CW-1 tuvieron una caída relacionada con el contrato del transformador. El primero dejó de comunicarse con CW-1 y cortó los negocios compartidos con este. Luego, CW-1 obtuvo copias de documentos relacionados con los contratos de Corpoelec para los montacargas, transformadores y generadores de una secretaria que compartía con Chacín Haddad. El testigo confidencial proporcionó copias de estos documentos a la DEA.

Del mismo modo, a principios de 2018, CW-1 obtuvo un documento con el logotipo de Corpoelec que contiene una tabla con información sobre nueve contratos de dicha corporación en la que se enumeran cinco contratos entre la Compañía 1 y Corpoelec por un total de USD 23.198.663,90 donde estaban contemplados, entre otros, los contratos de montacargas, transformadores y generadores mencionados anteriormente. También tres contratos entre la Compañía 2 y Corpoelec, donde uno de estos era para el suministro de bombillas, por un total de USD 13.003.208. Igualmente, otro contrato entre la compañía de Co-Conspirator 1 y Corpoelec por USD 685.000. El precio total de estos contratos era de USD 36.886.871. La tabla refería que la mayoría de los contratos se habían designado como entregados y procesados en su totalidad.

Se refiere que en marzo de 2017, Jesús Veroes se reunió con CW-1 en la oficina del segundo en Doral, Florida y la conversación entre ambos fue grabada. El audio revela que Veroes dijo que Corpoelec no les había pagado porque la cuenta de Citibank de la Corporación Eléctrica Nacional estaba cerrada.

La conversación también da a conocer que Jesús Veroes dijo que existían dos nuevos acuerdos con Corpoelec e informó que no habían recibido el pago por esos contratos.

Veroes dijo que Chacín Haddad no sabía que él estaba llegando al total de CW-1 y que se encargaría de asegurar el pago del testigo confidencial por su parte de los contratos. Agregó que obtuvieron los contratos con Corpoelec debido a su conexión con el Funcionario Extranjero N° 1 y afirmó que Chacín Haddad o Co-Conspirator 1 nunca hubieran obtenido negocios de la empresa eléctrica a no ser por su contacto con dicho Funcionario Extranjero N° 1. Advirtió que si lo relacionado con los pagos no se resolvía pronto, le solicitaría al “ministro” —haciendo referencia al funcionario extranjero número 1— que se comunicara con otro funcionario para que lo ayudara a obtener el dinero. Veroes reiteró cómo se llevaría a cabo la división del dinero entre él, Chacín Haddad, Co-Conspirator 1 y CW-1. Informó que él sería el responsable de pagar al Oficial Extranjero N° 2 y al otro Corpoelec.

En otra reunión sostenida en marzo de 2017, Jesús Veroes declaró que había enviado 500 transformadores a Corpoelec, pero que estos equipos no podrían usarse en Venezuela porque solo eran compatibles con los sistemas eléctricos de Cuba y Nicaragua. Los transformadores —según dijo— estaban en un patio de almacenamiento de Corpoelec. La referida incompatibilidad no fue óbice para que Corpoelec enumerara el contrato del transformador como entregado y procesado en su totalidad de acuerdo con la tabla de contratos discutida anteriormente.

Se precisó que CW-1 nunca recibió su parte del dinero de los contratos de Corpoelec acordados por Chacín Haddad y Veroes.

Transferencias bancarias

Los registros reflejan una serie de transferencias bancarias de Corpoelec a cuentas asociadas con Luis Alberto Chacín Haddad y Jesús Ramón Veroes.

— El 12 de julio de 2016, o alrededor de esa fecha, Corpoelec transfirió aproximadamente USD 3.211.286 a la cuenta del Citibank de la Compañía 1.

— El 4 de agosto de 2016 o alrededor de esa fecha, Corpoelec transfirió aproximadamente USD 4.894.226 a la cuenta del Citibank de la Compañía 1.

— El 8 de agosto de 2016, o alrededor de esa fecha, Corpoelec transfirió aproximadamente USD 446.210 a la cuenta del Citibank de la Compañía 1.

— El 11 de octubre de 2016, o alrededor de esa fecha, Corpoelec transfirió aproximadamente USD 3.428.409 a la cuenta de Citibank de la Compañía 1.

— El 16 de noviembre de 2016, o alrededor de esa fecha, Corpoelec transfirió aproximadamente USD 981.352,48 a la cuenta de Citibank de la Compañía 1.

— En o alrededor de diciembre de 2016, Corpoelec transfirió aproximadamente USD 445.906 a la cuenta de Citibank de la Compañía 1.

—En o alrededor del 4 de mayo de 2017, Corpoelec transfirió aproximadamente USD 3.539.985,81 a la cuenta del Citibank de la Compañía 1.

Todas estas transferencias se efectuaron a la cuenta bancaria finalizada en los dígitos 1390.

— Entre aproximadamente el 22 de agosto de 2016 y el 11 de mayo de 2017, Corpoelec transfirió aproximadamente USD 4.476.152 a la cuenta del Bank of America de la Compañía 2 terminada en 8828). Las notas de la transferencia hacen referencia al anticipo del contrato NCO-PR-2016-135 suscrito entre Corpoelec y la Compañía para el suministro de bombillas cuyo precio fue de USD 5.799.000.

— Entre el 4 de abril de 2017 y el 11 de mayo de 2017, la cuenta del Bank of America de la Compañía 2 (terminada en 8828) transfirió USD 2.566.984 a la cuenta del Bank of America de la Compañía 3 (terminada en 1683), pago que tenía que ver con un avance del mismo contrato de bombillos referido en el párrafo anterior.

Por último, Warren E. Rogers. Jr. refiere que con base a todo lo expuesto en la declaración jurada, se determinó la existencia de una causa probable para presumir que Jesús Ramón Veroes y Luis Alberto Chacín Haddad conspiraron para comprometerse o intentar realizar una transacción monetaria a sabiendas de que trataba de una operación criminal de un valor superior a USD 10.000 provenientes de actividades ilegales específicas.

A saber, Rogers hizo mención a infracciones por delitos graves contemplado en la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (Título 15, Código de los Estados Unidos, Secciones 78dd-2 y 78dd-3), y delitos contra una nación extranjera que involucran el soborno de un funcionario público y la apropiación indebida, robo y malversación de fondos públicos por o en beneficio de un funcionario público, en contra del Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 1957 (a), violación total del Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 1956 (h).

La declaración jurada de Warren E. Rogers. Jr. fue emitida ante el juez John Sullivan, el 14 de marzo de 2019.

Imagen: Maibort Petit

Designación de abogado defensor

El 21 de marzo de 2019, Theresa Van Viet, de la firma Genovese Joblove & Battista P.A., presentó ante la Corte del Distrito Sur de la Florida una moción de admisión Pro Hac Vice para que el abogado Carlos A. Perez-Irizarry compareciera en representación de Jesús Ramón Veroes de conformidad con la Regla 2B de los Procedimientos Administrativos de CM/ECF y para solicitar que este recibiera solicitudes electrónicas referidas al caso que en el citado tribunal se le sigue a Jesús Veroes y Luis Chacín Haddad.

La solicitud se formuló en virtud de que Pérez-Irizarry, aunque completó con éxito el proceso de admisión en el Colegio de Abogados del Distrito Sur de Florida, a la fecha del pedido no había sido admitido porque la orden no había sido firmada por el juez de turno.

Carlos A. Perez-Irizarry, por y a través del abogado designado y de conformidad con los Procedimientos Administrativos de la Sección 2B CM / ECF, solicitó al Tribunal que proporcionara una Notificación de Registro Electrónico de Datos de Autor a la dirección Carlos@capilawpa.com.

Theresa Van Vliet pidió a la corte la autorización para que Carlos A. Perez-Irizarry compareciera en nombre de Jesús Ramón Veroes, para todos los fines relacionados con los procedimientos del caso.

Imagen: Maibort Petit

En la misma fecha, Jesús Ramón Veroes informó a la Corte del Sur de la Florida la contratación del abogado Carlos Pérez-Izarray como asesor en el caso que se le sigue en dicho tribunal.

Theresa Van Viet, la abogada temporal del caso, solicitó al tribunal la reprogramación por una semana de la audiencia de detención preventiva pautada para el 22 de marzo de 2019 a las 10:00 a. m., proponiendo en tal sentido, el 29 de marzo de 2019 como la posible fecha.

Se advirtió que Pérez Izarray no estaba disponible para participar en la audiencia tal como estaba programada inicialmente en razón de un conflicto profesional que mantenía en Tampa para la misma fecha 22 de marzo de 2019.

Se indicó que el demandado, Jesús Veroes había sido totalmente informado en dos ocasiones y en su idioma nativo español, acerca de sus derechos en lo atinente a la audiencia de detención. Veroes igualmente se pronunciaba por el aplazamiento de manera de brindar a su abogado el tiempo suficiente para preparar su asistencia legal.

Imagen: Maibort Petit

Suspensión del examen preliminar del acusado

El 29 de marzo de 2019, la jueza de la Corte del Distrito Sur de la Florida, Lisette Marie Reid, dio a conocer que el tribunal informó debidamente al acusado, Jesús Ramón Veroes, con relación a su derecho a ser sometido a un examen preliminar, este se negó y renunció a dicho derecho.

En tal sentido, la jueza ordenó la suspensión del examen preliminar hasta el 29 de mayo de 2019.

Imagen: Maibort Petit

Sobre los imputados

El portal Dateas informa que Jesús Ramón Veroes nació el 12 de diciembre de 1950, es titular de la Cédula de Identidad número V- 3.559.026 y se le ubica en la parroquia Pampatar, municipio Maneiro, estado Nueva Esparta.

Ejerce su derecho al voto en la Unidad Educativa Cristo del Buen Viaje, parroquia Pampatar, municipio Maneiro, estado Nueva Esparta.

No se encuentra registrado en el sistema de seguridad social del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) pero percibe una pensión de Bs. 18.000 asignada por el programa Hogares de la Patria que cobra a través del Banco Bicentenario.

Imagen: Maibort Petit

Se presume que Veroes actúa como testaferro o prestanombres del exminstro de energía eléctrica y expresidente de Corpoelec, Luis Motta Domínguez.

El “Negro Veroes”, como también se le conoce, figura como propietario, directamente o por interpuestas personas (sus hijos Jesús A. Veroes, Valentina Veroes y Michelle Veroes Lazo), de más de veinte empresas que han recibido millones de dólares del estado venezolano. Entre estas empresas se encuentra Crash II, 7414 The Reserve LLC, Stereomobile Corporation, NV Oriental Trading Corp, Compumanía C.A., INC, Crash USA Corp. Es dueño de la Marca Crash asociada a joyería, bisutería y relojes, instrumentación, máquinas y equipos, cuyo registro se encuentra a nombre de Crash Holding y Jesús Ramón Veroes. En Panamá es dueño de la empresa Go Home S.A. Posee también terrenos y bienes inmuebles en Estados Unidos y del famoso Restaurant Cinecitta C.A, RIF J-31108202-6, ubicado en la Isla de Margarita con sucursales en otras ciudades de Venezuela, tal como lo informamos en anterior reseña.

Nueva información recibida de otras fuentes, revela que Jesús Veroes y sus hijos son dueños de los restaurantes La Tequila y 0295 Bistro, en Margarita, la discoteca Loft y la emisora Mix 106.1.

Por su parte, Luis Alberto Chacín Haddad, nació el 7 de mayo de 1965, es portador de la Cédula de Identidad número V-6.403.812 y se le ubica en la parroquia Porlamar, municipio Mariño, estado Nueva Esparta[4].

Sufraga en la Unidad Educativa Instituto Educativo Arcoiris, ubicado en la parroquia Porlamar, municipio Mariño, estado Nueva Esparta.

No figura registrado en el IVSS.

Este empresario de origen margariteño y residente en los Estados Unidos es también señalado de ser uno de los presuntos testaferros de Motta Domínguez. Tiene varias propiedades en Miami y junto a su hijo, Luis David Chacín, participaría en los negocios irregulares con el expresidente de Corpoelec. Su madre María Auxiliadora Haddad de Chacín tiene también varias propiedades y empresas, tal como lo indicamos en la citada publicación de Venezuela Política que reseñamos líneas arriba.

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Auditorías a empresas mixtas de PDVSA desmontan las mentiras del régimen

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Documentos emanados de la Auditoría Interna corporativa de Petróleos de Venezuela S.A. permitieron determinar que las empresas mixtas —específicamente PetroCedeño S.A. y Petrocuragua, S.A.— tienen altos costos operacionales y bajos volúmenes de producción que se traducen en pérdidas.

Maibort Petit / Venezuela al Día

En esta entrega damos a conocer a nuestros lectores el contenido de dos informes de auditoría confidenciales que dan cuenta de lo afirmado anteriormente.

Es necesario apuntar que los costos de operación permiten medir la efectividad de los desembolsos vinculados con la operación de la empresa, siendo fundamental la planificación de estos a objeto de poder dar cumplimiento de manera eficiente y eficaz a las metas volumétricas y objetivos planteados.

Auditoría en PetroCedeño

El 1° de abril de 2014, el Gerente Funcional (e) Auditoría Interna EyP Faja, Wilfredo Bastardo, remitió el informe confidencial número EPF-FPC-A-2014-006, a Manuel Medina, presidente de PetroCedeño S.A., en que le daba a conocer los resultados de la auditoría sobre los costos operacionales de la División de Mejoramiento de la citada empresa mixta.

Foto: Maibort Petit

Se indicaba que el objetivo de la auditoría era evaluar el sistema de control interno asociado al cumplimiento de las metas presupuestarias y volumétricas, su incidencia en el costo de operación, al igual que la efectividad y eficiencia de las medidas adoptadas para optimizar los costos de las operaciones.

La revisión estuvo a cargo de la auditora Carolina Chacín, bajo la coordinación de Carlos Figueredo, Gerente (e) de Auditoría Interna PetroCedeño, quienes desarrollaron la actividad con el apoyo del personal de la Gerencia de Finanzas de la empresa mixta.

Foto: Maibort Petit

Se revisó la información relacionada con el cumplimiento de metas y objetivos volumétricos, los Costos de Operación de Mejoramiento de Crudo para los años 2010, 2011 y 2012, en los que se verificaron los aspectos relacionados con el presupuesto y la volumetría, tales como la planificación presupuestaria; la ejecución, control y seguimiento presupuestario; el cumplimiento de metas presupuestarias y volumétricas; y la optimización y racionalización de los costos de mejoramiento.

Los resultados obtenidos mostraron que los costos operacionales de mejoramiento arrojaron pérdidas de oportunidad durante el año 2012, en la comercialización de crudo y coque por aproximadamente USD 533,4 millones e incremento de los Costos Operacionales en USD 82,6 millones, por lo que urgían acciones inmediatas dirigidas a fortalecer los procesos indicados y proporcionar una seguridad razonable respecto al logro de los objetivos del negocio, especialmente en lo atinente a eficacia y eficiencia en las operaciones, confiabilidad en la información financiera, y cumplimiento de leyes y normas aplicables.

La auditoría mostró que el procedimiento para homologar, clasificar, registrar e informar los costos operacionales de mejoramiento no está formalmente establecido, lo que incrementa el riesgo de aplicar diversidad de criterios no homologados para la presentación dichos costos operacionales. Advierten que esta situación incide en la confiabilidad de los registros en los renglones y elementos de costos que lo conforman, afectando el comportamiento reflejado y el análisis de las cifras reportadas a PDVSA por las empresas mixtas adscritas a la División de Mejoramiento de la Faja Petrolífera del Orinoco (FPO).

Igualmente se verificó que el sistema de control y gestión presupuestaria (SAP) se encuentra subutilizado, lo que incrementa el riesgo de no mantener un control adecuado de los costos operacionales de mejoramiento. Esto tampoco permite dejar trazabilidad de la información, emisión automatizada indicadores de gestión, para llevar a cabo análisis comparativos con periodos anteriores, ni con relación a lo planificado.

La revisión dio a conocer que los costos operacionales de mejoramiento reportados en 2012 por USD 87,3 millones no estaban clasificados y/o agrupados de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Corporación Venezolana de Petróleo (CVP), lo que incide en la confiabilidad de las cifras reportadas por PetroCedeño en el Formato Barra PDVSA, que reflejan un aumento en los costos directos y una disminución de los costos indirecto de aproximadamente USD 39,0 millones.

En los costos operacionales de mejoramiento en 2012 por USD 27,7 millones no se aplican las políticas de inversión y capitalización establecidas por PDVSA, lo que produce una sobrevaloración estimada de USD 0,6/Bl del costo por barril de crudo mejorado reportado por PetroCedeño para el año 2012 (10,1 USD/Bl).

Los costos operacionales de mejoramiento presentan saldos negativos por USD 45,8 millones al cierre de 2011, lo que impacta el costo por barril de crudo mejorado e incide en una subestimación del costo de barril de crudo mejorado, lo que representa un valor estimado de 0,9 USD/Bl. Esto afecta el comportamiento y el análisis comparativo del costo por barril del año 2012 versus el 2011.

También se determinó que la baja confiabilidad operativa del Sistema de Manejo de Sólidos incrementó los costos de operación del terminal en unos USD 54,9 millones y la pérdida de oportunidad en la comercialización de coque en aproximadamente USD 220,9 millones.

Se pudo conocer de las compras de Nafta no reportadas en los costos operacionales del mejorador durante 2012 por USD 7,4 millones y en los años anteriores por USD 226,9 millones, debido a consumo y/o pérdida en el proceso de extracción y dilución de crudo.

Hubo incumplimiento de las metas volumétricas en la producción de crudo Zuata Sweet en 73,6 MBD y otros productos, generando esto una pérdida de oportunidad de aproximadamente USD 312,5 millones.

Se constató mejoramiento de crudo de otras empresas mixtas de 11,6 MBD promedio del crudo procesado en PetroCedeño, sin establecer procedimiento para cuantificar y recobrar costos asociados por la prestación del servicio.

Igualmente se observó sobre ejecución presupuestaria de los costos operacionales de mejoramiento de 2012 en USD 77,0 millones, ocasionado por el incremento de las actividades y el mayor costo en el alquiler de equipos pesados para el manejo y acarreo de coque.

La auditoría determinó que no existía un programa permanente e intensivo de optimización y racionalización de recursos.

Los resultados de la auditoría se dieron a conocer a la Gerencia de Finanzas y la Comisión de Contrataciones Mayor y Mantenimiento, despacho que se comprometió a acometer una serie de acciones dirigidas a corregir las irregularidades, las cuales serían objeto de seguimiento por parte de Auditoría Interna Corporativa.

Las recomendaciones

Los auditores emitieron una serie de recomendaciones que el personal de la Gerencia de Finanzas y Mantenimiento validó y acordó cumplir, de modo de garantizar el fortalecimiento del sistema de control interno en los procesos de formulación, control, ejecución y seguimiento a los costos de operación de mejoramiento.

Así tenemos que respecto al ambiente de control se estableció la necesidad de fijar competencias de acuerdo a los conocimientos y habilidades que permitan cumplir las tareas que definen el trabajo individual.

Dejaron sentado que el cumplimiento de las acciones acordadas relacionadas con los elementos de control mencionados, marcaría la pauta del comportamiento de la organización y tendría influencia directa en el nivel de concientización del personal respecto al control.

En lo atinente a la estructura de control se indicó la necesidad de establecer planes, es decir, definir previamente acciones destinadas a alcanzar las metas y objetivos de la organización.

De igual forma, organización, estructura funcional conformada por personas con la responsabilidad de contribuir al logro de los objetivos preestablecidos y asegurar que las operaciones se realicen en forma transparente, conforme a una autorización general o específica de la dirección de la empresa.

Fijar procedimientos, es decir, el conjunto de acciones o instrucciones específicas mediante las cuales se implantan las políticas prescritas por la dirección.

Se dejó sentado que la puesta en práctica de las acciones acordadas relacionadas con los elementos de control mencionados, permitiría establecer premisas condicionantes de la actividad administrativa, las cuales deben ser adaptadas con el fin de alcanzar las metas establecidas.

Sobre las actividades de control, los auditores recomendaron realizar análisis de resultados/riesgos, a saber estudios comparativos de los resultados obtenidos y previstos, con el fin de evaluar en qué medida se alcanzan los objetivos.

Hacer validaciones, pruebas o testimonios de la exactitud, precisión, confiabilidad y pertinencia.

Realizar revisiones, un examen crítico de cualquier operación, procedimiento, estado, evento, suceso o serie de transacciones.

El cumplimiento de las acciones acordadas relacionadas con los elementos de control permitiría verificar y asegurar el progreso de la empresa mixta hacia los objetivos establecidos.

En materia de información y monitoreo, los auditores refirieron que la medición debe hacerse pues permite cuantificar de manera razonable y oportuna el grado y la frecuencia de la vigilancia del sistema de control y así poder establecer oportunamente planes de acción sobre cualquier evidencia de desviación de los objetivos y metas programadas en cada negocio.

Manifestaron la necesidad de hacer reportes financieros y operacionales como mecanismos a través de los cuales se dan a conocer los resultados o hechos relevantes, bien sea desde el punto de vista administrativo y/u operacional, a los niveles jerárquicos de la organización.

Informe de auditoría de Petrocuragua

El 5 de abril de 2014, Wilfredo Bastardo, Gerente Funcional (e) Auditoría Interna EyP Faja, remitió al presidente de Petrocuragua, S.A., Asdrúbal Iriza, un informe confidencial signado con el código de referencia EPF-FPC-A-2014-02, relativo a los resultados de la auditoría practicada sobre los costos de operación de la citada empresa mixta.

Foto: Maibort Petit

Bastardo explicó que el objetivo de la revisión fue evaluar el Sistema de Control Interno asociado al cumplimiento de las metas presupuestarias y volumétricas, su incidencia en el costo de operación de la empresa, así como medir la efectividad de las medidas aplicadas para reducir el costo de producción.

Precisó que se revisó la información relacionada con los procesos de planificación, ejecución, seguimiento y control de los costos de operación de Petrocuragua, S.A. durante el período comprendido entre el 1° de enero de 2011 y el 31 de marzo de 2012.

Foto: Maibort Petit

Actuó en la auditoría, Ana Noriega, bajo la coordinación de Wilfredo Bastado, en un proceso que formaba parte del Plan de Auditoría Corporativa aprobado para el año 2012.

Foto: Maibort Petit

Se identificaron áreas susceptibles a mejoras en el sistema de control interno, vinculadas con el cumplimiento de las metas presupuestarias y volumétricas, las cuales afectan directamente los costos de operación y en la efectividad de los remedios aplicados para la optimización de los mismos.

La auditoría mostró que para la formulación del presupuesto, la Gerencia de Planificación y Control de Gestión no recibe la información con soportes de las premisas y criterios utilizados, los detalles por concepto cuantificado en las subcategorías y soportes de los cálculos donde se visualicen los diferentes elementos, viéndose afectada la toma de decisiones asociada con los procesos de formulación, ejecución y control presupuestario.

Igualmente, de las 23 actividades planeadas para los años 2006 al 2012, se ejecutaron 20 de ellas, lo que incidió en que se haya dejado de producir 417,22 MBbls respecto al plan de producción 2006-2025, causado fundamentalmente por bajo nivel de cumplimiento de las actividades planeadas.

Foto: Maibort Petit

Asimismo, se determinó que desde su creación, Petrocuragua S.A. nunca alcanzó la producción planificada —así lo muestran registros históricos—, mientras que los costos de producción se han ido incrementando de manera importante con respecto a los estimados por la empresa mixta durante sus años de operación.

El siguiente gráfico muestra el comportamiento de los costos de operación y la producción:


Desde el 1° de septiembre de 2011 hasta el 31 de octubre de 2012, se pudo identificar 127,76 MBbls de producción diferida cuya pérdida estimada (costo de oportunidad) asciende a USD 13,28 millones.

Del mismo modo, al cierre del año 2011 la auditoría permitió identificar 31 (89 por ciento) de 35 obras en progreso valoradas en USD 44,16 millones, lo que representa el 96 por ciento del monto de las obras en progreso, a saber USD 45,95 millones, los cuales se encontraban registrados como obras en progreso pese a estar 100 por ciento operativos y en producción.

Wilfredo Bastardo informa que estos resultados fueron trasmitidos y validados con las gerencias de Operaciones, Técnica, Administración y Finanzas, Planificación y Control de Gestión, así como con la presidencia de Petrocuragua, instancias que comprometieron a corregir las situaciones observadas y a contribuir al fortalecimiento de los controles internos para mitigar los riesgos asociados. Igualmente, la Gerencia de Auditoría Interna de EyP Faja alertó que haría un seguimiento sobre cumplimiento oportuno de tales compromisos.

El informe se remitió con copia a Pedro León (director ejecutivo de producción de la FPO), José Primera (Gerente General de la División Ayacucho), Oscar González (gerente general), Alejandro Martínez (gerente técnico), Luís López (gerente de Operaciones), Luís Panfield (gerente (e) de Administración y Finanzas), Alejandra Duarte (gerente de Planificación y Gestión AIC), Silvia Pinto (Planificación y Gestión AIC), Marisela Salazar (Planificación y Gestión AIC EyP Faja), archivo de Auditoría.

Recomendaciones para Petrocuragua

Los auditores formulares un conjunto de recomendaciones con el objetivo de que Petrocuragua fortaleciera su sistema de control interno, asociado al proceso de costo de operación.

Se llamó a establecer mesas de trabajo entre todas las gerencias y superintendencias con la Gerencia de Planificación y Control de Gestión de manera de conceptualizar las actividades que cada debe llevar a cabo de acuerdo con sus responsabilidades. Esto en el contexto del plan de negocio y de desarrollo de la empresa mixta de manera que estén en concordancia con lo definido dentro de cada subcategoría y, por ende, con las categorías y normas de PDVSA.

Se advirtió de la necesidad de que las gerencias y/o superintendencias dispongan de mecanismos de control y monitoreo, basados en un sistema de gestión de la calidad, que permita documentar cada fase del proceso y facilite el flujo de información durante la formulación y control presupuestario. De esta manera se dispondrá de una data histórica que certifique el cumplimiento del ciclo presupuestario de manera objetiva, con base a todas las necesidades de la empresa mixta y así poder anticipar un plan de acciones para optimizar el uso de los recursos efectivamente asignados orientando esfuerzos a la minimización del impacto en la producción.

Los auditores recomendaron someter a las instancias correspondientes la aprobación del plan de soluciones enfocado en el incremento de la producción de la empresa mixta y optimizar los costos por barril, lo cual a su vez, serviría de base para considerar las acciones planteadas dentro de la demanda de recursos necesarios para su ejecución.

Llamaron a registrar la acumulación de servicios, materiales o equipos recibidos, total o parcialmente comprobado con su documento soporte.

Solicitaron aumentar la eficiencia en el proceso de producción de crudo aplicando los respectivos mantenimientos preventivos a los diferentes equipos de planta.

También sugirieron desarrollar propuestas de mejora orientadas a fortalecer la seguridad en las instalaciones para evitar la pérdida de activos.

Pidieron anticipar la planificación oportuna de los procesos de contratación para poder entregar las adjudicaciones en el tiempo previsto, minimizando la probabilidad de ocurrencia de contrataciones directas. En este sentido, dejaron sentado que se debe ejercer un control y monitoreo permanente durante la administración de los contratos, basado en información estadística de la duración de los procesos de contratación.

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